Organizaciones reconocen decreto para regular plataformas, pero advierten vacíos

Marcela Nochebuena · 2 de noviembre de 2026

Organizaciones reconocen decreto para regular plataformas, pero advierten vacíos

Organizaciones especializadas en infancias coinciden en que es un avance el decreto presidencial del pasado 14 de octubre que obliga a las plataformas digitales a implementar medidas para identificar, restringir y retirar contenidos sobre violencia, abuso sexual, acoso y autolesiones, así como a incorporar sistemas de verificación de edad y controles parentales. 

ChildFund México y Save the Children destacan la importancia de que el Estado atribuya a las corporaciones tecnológicas la responsabilidad directa de ofrecer entornos virtuales más seguros, mediante estándares de protección y privacidad desde el diseño mismo de sus servicios.

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Sin embargo, ChildFund México advierte que la medida no garantiza por sí sola una protección efectiva. La organización apunta brechas críticas en la normativa, entre las que destaca que el plazo de 30 días fijado para las empresas carece de sanciones inmediatas, mientras que la supervisión recae en los informes de las plataformas, que quedarán como “juez y parte” ante la falta de auditorías independientes.

Organizaciones enfocadas en infancias reconocen decreto para regular plataformas, pero advierten vacíos
Para ChildFund México, que la responsabilidad del reporte y la autoevaluación quede en manos de las empresas tecnológicas compromete la objetividad de los resultados. Foto: Cuartoscuro Archivo.

Por otro lado, alerta sobre los riesgos para la privacidad que implica verificar la edad sin un marco de protección de datos; la posible censura involuntaria de contenidos educativos sobre prevención debido a definiciones legales ambiguas, y la falta de una consulta previa con adolescencias.

Ante la urgencia de definir reglamentos claros de implementación que eviten riesgos adicionales, Save the Children, en voz de Nancy Ramírez, considera el decreto como un primer paso orientador que debe evolucionar hacia leyes vinculantes y políticas públicas integrales. 

Por ejemplo, en cuanto a la verificación de edad, sugiere adoptar modelos de comprobación que no recopilen información personal ni alimenten el perfilamiento comercial; en el retiro de contenidos, insta a ponderar el contexto para no restringir información preventiva o de salud, mientras que en la colaboración con autoridades, llama a establecer respuestas proporcionales que eviten la criminalización o exposición innecesaria de las personas menores de edad.

Uno de los puntos principales identificados por ambas organizaciones radica en la supervisión y cumplimiento. Mientras el Ejecutivo federal otorga 30 días para que las corporaciones tecnológicas documenten sus protocolos de seguridad, el marco regulatorio no contempla mecanismos inmediatos de sanción en caso de incumplimiento, lo que posterga la exigibilidad de un futuro desarrollo legislativo.

Para ChildFund México, que la responsabilidad del reporte y la autoevaluación quede en manos de las empresas tecnológicas compromete la objetividad de los resultados. La falta de un órgano regulador independiente provisto de capacidad técnica para auditar algoritmos y modelos de riesgo computacional deja al Estado en una posición de dependencia.

“Evaluar las prácticas de plataformas como Meta, TikTok, Google, X, Apple, Microsoft y Huawei exige capacidades técnicas especializadas en auditoría digital, algoritmos y análisis de riesgos. Sin ellas, el Estado dependerá de los informes de quienes serían ‘juez y parte’, debido a que necesitarán de la información proporcionada por las propias empresas sujetas a revisión”, señala el posicionamiento que ChildFund dio a conocer esta semana.

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A esa opacidad técnica se sumaría la ausencia de obligaciones periódicas de rendición de cuentas sobre el volumen de contenidos eliminados, la efectividad de las denuncias ciudadanas y los tiempos promedio de respuesta ante emergencias que involucren a niñas, niños y adolescentes. Sin métricas públicas y auditables, resultará difícil verificar si las plataformas digitales reducen los entornos de riesgo o si solo se limitan a un cumplimiento formal en papel. 

Verificación de edad y moderación: entre la protección y el riesgo de vulneración

La implementación de mecanismos automatizados para restringir el acceso y remover contenidos representa otro de los grandes desafíos conceptuales y técnicos del decreto, según las organizaciones.

Aunque la verificación de edad busca impedir que personas menores de edad accedan a material inapropiado, su ejecución sin estándares estrictos de protección de datos personales podría desencadenar vulneraciones masivas a la privacidad infantil.

Nancy Ramírez, de Save the children, detalla en entrevista que la simple declaración de edad por parte del usuario es obsoleta, pero advierte sobre los peligros del perfilamiento digital comercial si la verificación implica la recolección de identificaciones oficiales o datos biométricos. Como alternativa, sugiere examinar experiencias internacionales como la de la Unión Europea, donde se utilizan credenciales anonimizadas que prueban si una persona usuaria supera determinado umbral de edad sin revelar su nombre o identidad real. 

Por otro lado, el retiro inmediato de contenidos basados en palabras clave genera dudas sobre su capacidad para discernir el contexto del mensaje. Términos vinculados al suicidio, la violencia o la salud sexual son frecuentemente bloqueados de forma automática por las plataformas, lo que podría derivar en la eliminación involuntaria de campañas educativas y de prevención dirigidas a las juventudes.

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ChildFund México insiste en que el principio del interés superior de la niñez exige pasar de un enfoque puramente reactivo —centrado solo en borrar publicaciones nocivas— a una estrategia basada en la prevención. Foto: Cuartoscuro Archivo.

Ramírez señala la necesidad de incorporar análisis contextuales: “no es lo mismo un contenido que induce al suicidio, o a autolesiones, o a otro tipo de conductas violentas, que un contenido que busca prevenir ciertas situaciones. Entonces, no puede ser una identificación tan simple como ‘bajo el contenido porque tiene una palabra que está prohibida’”, destaca.

Del mismo modo, urge a considerar las lecciones de países como Australia, que implementó una prohibición total del uso de redes sociales: al evaluar sus efectos tres meses después, se encontró una reducción en el uso de las plataformas, pero también un deterioro en la comunicación entre hijos, hijas, madres y padres. Esta medida llevó a los primeros a navegar en la clandestinidad digital, sin el acompañamiento ni la supervisión de una persona adulta de confianza que pueda apoyarlos ante posibles agresiones.

Colaboración con autoridades y el riesgo de criminalización

El decreto gubernamental mandata a las plataformas digitales a preservar la evidencia de incidentes graves durante un plazo de 90 días y establecer líneas de alerta inmediata con las autoridades.

Ambas organizaciones valoran positivamente la creación de canales directos entre las corporaciones tecnológicas y los órganos del Estado, pero alertan sobre los riesgos de operar este vínculo sin protocolos de diferenciación y proporcionalidad.

Es decir, en la práctica cotidiana del entorno digital convergen situaciones de naturaleza radicalmente distinta: crisis de salud mental que se manifiestan en adolescentes, conflictos de acoso entre pares escolares y delitos graves perpetrados por personas adultas. Una respuesta policial o punitiva desmedida ante un mensaje emitido por una persona menor de edad en un momento de vulnerabilidad podría generar dinámicas de criminalización injustificada.

“La realidad es que hay muchos contextos y muchas situaciones que se pueden observar en las redes sociales. Y ahí es importante que la colaboración entre plataformas y autoridades sí haga distinciones entre riesgos y delitos, y que haya una respuesta proporcional a cada una de esas situaciones”, sostiene Ramírez. 

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Además, apunta que elevar la carga regulatoria a través de decretos resulta insuficiente. “El decreto por sí mismo va a carecer de los mecanismos de justiciabilidad, de exigibilidad necesarios, entonces habrá que dar continuidad  a cómo se van generando estas reglas para la implementación y supervisión. También, sin duda, esto tiene que ir acompañado de una política pública integral que incorpore todo el tema de ciudadanía digital, el fortalecimiento a la atención a la salud mental y a los mecanismos de protección a las niñas y niños”, considera Ramírez.

“Más allá de entornos digitales, la protección contra las violencias a la niñez en todos los ámbitos sigue siendo una debilidad del Estado mexicano. Todavía hay mucho por fortalecer para garantizar que las procuradurías de protección, que las fiscalías, que los ministerios tengan una respuesta adecuada”, añade.

Participación de infancias y otras rutas

Frente a los vacíos regulatorios, las organizaciones internacionales plantean rutas específicas para transformar el decreto en un instrumento efectivo, vinculante y con perspectiva de derechos humanos.

ChildFund México insiste en que el principio del interés superior de la niñez exige pasar de un enfoque puramente reactivo —centrado solo en borrar publicaciones nocivas— a una estrategia basada en la prevención, la alfabetización digital socioemocional y la consulta directa con la población involucrada. La organización critica que la normativa se haya redactado sin escuchar la voz de las adolescencias, lo que contraviene los artículos 12 al 15 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Para subsanar estas omisiones, plantea como ejes prioritarios una consulta nacional participativa que escuche activamente las propuestas de adolescencias y juventudes para integrarlas en el diseño de políticas públicas digitales; un marco legal integral que exija transparencia en el funcionamiento de los algoritmos y defina reglas claras para verificación de edad con protección a datos personales, así como una mesa técnica permanente de academia, sociedad civil, dependencias públicas, sector privado e infancias.

Organizaciones enfocadas en infancias reconocen decreto para regular plataformas, pero advierten vacíos
Se recomienda registrar la edad real al abrir cuentas, para activar automáticamente los filtros de privacidad de origen. Foto: Cuartoscuro Archivo.

Claves para personas cuidadoras

Aunado a ello, como herramienta complementaria para la acción comunitaria y familiar, ChildFund México propone una Guía de acompañamiento para personas cuidadoras en casos de violencia digital contra niñas, niños y adolescentes, que busca dotar a madres, padres y tutores de herramientas teóricas y prácticas para identificar riesgos, actuar ante agresiones y construir entornos virtuales seguros.  

La guía define el entorno digital como el conjunto de plataformas, aplicaciones, redes sociales, consolas de videojuegos e inteligencia artificial que permiten la interacción virtual. De acuerdo con datos del Instituto Federal de Telecomunicaciones recuperados en el texto, el 80 % de la niñez se conecta a internet mediante teléfonos celulares y 96 % lo hace desde su hogar. Las aplicaciones más utilizadas son WhatsApp (66 %), YouTube (55 %) y TikTok (49 %). 

Por otro lado, el reporte OPINNA (2022) sobre “Navegación Segura”, elaborado por el Sistema Integral de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), muestra que el 53 % de las personas menores de edad encuestadas son seguidas en sus redes por personas que no les conocen, y al 12 % le han solicitado fotografías privadas.

El manual clasifica los riesgos digitales en cuatro categorías principales:

  • De contacto, derivados de la interacción con desconocidos o adultos que suplantan identidades con fines de extorsión, filtraciones o grooming.
  • De contenido, es decir, exposición a material pornográfico, racista, incitaciones al odio, violencia explícita o retos virales nocivos
  • De conducta, facilitados por el anonimato en la red, donde las propias personas menores de edad incurren en acoso, difusión de contenido íntimo o ciberbullying.
  • De privacidad, que refieren a la exposición de datos personales sensibles o compartición de contraseñas mediante perfiles configurados como públicos.

ChildFund distingue, además, las agresiones entre pares y los delitos cometidos por adultos: violencia entre iguales, que abarca casos de ciberbullying, edición de imágenes mediante IA (morphing) o difusión de material íntimo (sexting), que no deben ser abordados bajo un enfoque penal, y por otro lado, delitos cometidos por personas adultas, como grooming, ciberacoso y explotación sexual comercial digital, que exigen denuncia inmediata.

En todos los escenarios, la guía recomienda no borrar ni eliminar mensajes, fotografías o registros en los dispositivos, pues constituyen la prueba material fundamental para las investigaciones de las autoridades. Además, exhorta a registrar la edad real al abrir cuentas, para activar automáticamente los filtros de privacidad de origen.

También recomienda diversas herramientas de control parental, que ofrecen filtrados, monitoreo, límite de tiempo en pantalla, geolocalización en tiempo real, gestión de tiempo y comunicación en situaciones de emergencia, bloqueo de videojuegos, restricción de llamadas, seguimiento de redes sociales, o filtros básicos para descargas de apps y límites de uso diario.

Del mismo modo, recomienda el cifrado de archivos multimedia en teléfonos móviles y la prohibición estricta de publicar ubicaciones en tiempo real o datos sensibles de la niñez en plataformas abiertas, entre otras.

“El entorno digital permite a niñas, niños y adolescentes en todo el mundo ejercer todos sus derechos, por lo que se ha convertido en una gran herramienta para ellas y ellos. Sin embargo, acceder a este entorno sin las condiciones de seguridad necesarias puede exponerles a diversos riesgos y violencias”, recuerda el documento.

“Que (las regulaciones) no se queden solamente en un decreto, porque eso puede tener implicaciones para una implementación real, y que efectivamente se haga un trabajo mucho más integral para garantizar que las niñas y los niños puedan seguir utilizando el entorno digital, también es un derecho que tienen, como lo tenemos todas y todos”, subraya Ramírez.