Aborto seguro: nuevo lineamiento establece que todos los servicios de salud lo deben proveer

Marcela Nochebuena · 2 de octubre de 2026

Aborto seguro: nuevo lineamiento establece que todos los servicios de salud lo deben proveer

“El aborto es un tema de derechos humanos y de salud pública. Esto genera obligaciones para el Estado, orientadas a garantizar el bienestar integral y la dignidad humana”, señala la versión 2026 del Lineamiento técnico para la atención del aborto seguro en México, dada a conocer el pasado 28 de septiembre, Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro.  

Para dar mayor certeza jurídica, clínica y operativa al personal de salud, así como proporcionar una herramienta para que la población conozca los estándares de atención que puede exigir en todas las instituciones públicas para acceder a la interrupción del embarazo, el Sistema Nacional de Salud publicó la actualización del documento.

Entre los principales contenidos actualizados están los relativos al embarazo ectópico, el manejo del dolor y la atención del aborto en etapas gestacionales avanzadas, así como los criterios para telemedicina y la referencia a los niveles de atención necesarios, con base en recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y en evidencia científica.

Aborto seguro: nuevo lineamiento establece que todos los servicios de salud lo deben proveer
En la Ciudad de México el aborto se despenalizó en 2007. Foto: Especial

En tanto, la Ciudad de México —donde el aborto se despenalizó en 2007, aunque aún se siguen abriendo carpetas de investigación— llevó a cabo una presentación pública de esos lineamientos, en la que se subrayó que el servicio de salud debe garantizarse en el IMSS, el ISSSTE, el IMSS Bienestar, y en Petróleos Mexicanos (Pemex). 

“Sin estigmas, brindan la posibilidad de ejercer este derecho de manera confidencial y segura, con personal capacitado, tecnología y consentimiento informado a la paciente”, destaca la Ciudad de México, que aún ocupa el primer lugar en denuncias, con más de mil 700 en la última década, sobre todo resultado de formas de criminalización que ocurren por las notificaciones que durante la prestación del servicio hace el personal médico al Ministerio Público. 

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La nueva versión de los lineamientos subraya que el acceso al aborto en condiciones seguras es un derecho humano fundamental que forma parte de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, niñas, adolescentes y personas con capacidad de gestar, reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de Derechos Humanos suscritos por el Estado mexicano.

“Lo anterior implica la obligatoriedad de respetar, garantizar, proteger y promover su pleno ejercicio”, señala el documento. Además, el aborto seguro forma parte de los compromisos nacionales e internacionales del Estado con el fin de garantizar el acceso progresivo, igualitario y no discriminatorio a los servicios de salud sexual y reproductiva. Actualmente, garantizar la atención del aborto seguro es una obligación en materia de derechos humanos y salud pública para todas las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Salud en México.

Seguridad en el uso de fármacos

El documento también consigna estadísticas que muestran una disminución sostenida del uso del legrado uterino instrumental entre 2020 y 2025, acompañada de un incremento progresivo en el registro adecuado y específico, y la utilización de tecnologías recomendadas. En ese periodo, el uso del legrado cayó del 57 al 26 %, mientras que el de medicamentos creció del 28 al 68.35 %.

Al mismo tiempo, durante el periodo 2020-2023, de acuerdo con la publicación, en México se registró una reducción acumulada del 34.6 % en la tasa de mortalidad asociada al aborto en mujeres y personas gestantes de 15 a 54 años. “Si bien la tendencia es favorable, aún existen brechas en la implementación homogénea y oportuna de los servicios en todo el territorio nacional y las instituciones del Sistema de Salud”, reconoce el lineamiento.

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La seguridad y eficacia del manejo con fármacos, añade, ha contribuido a la delegación y reparto de tareas entre distintos perfiles de profesionales de la salud y a un uso más eficiente de los recursos humanos. Además, la evidencia científica ha demostrado que los medicamentos para el aborto se pueden autoadministrar de manera segura y eficaz fuera de una unidad de salud hasta antes de las 12 semanas completas de gestación.

Para ello, las personas deben disponer de información veraz, medicamentos de calidad garantizada y acceso a servicios de salud. La prestación vía medicamentos puede mejorar significativamente el acceso, particularmente en entornos restringidos y situaciones de crisis, “así como mejorar la privacidad, conveniencia y aceptabilidad del proceso de aborto sin comprometer la seguridad y la eficacia”.

Aborto seguro: nuevo lineamiento establece que todos los servicios de salud lo deben proveer
El nuevo lineamiento llama al personal de salud a actuar bajo el principio de buena fe y de no revictimización. Foto: Cuartoscuro

El nuevo lineamiento también llama al personal de salud que atiende un aborto seguro a actuar bajo el principio de buena fe y de no revictimización, lo que implica profesionalismo, ética, integridad y honradez, así como no solicitar requisitos que no están previstos en la legislación, o que han sido declarados inconstitucionales y que obstaculizan el acceso a la atención.

“La SCJN ha reiterado esta obligación al declarar inconstitucionales las normas penales tanto locales como federales que criminalizan el aborto. Con ello insta a todas las instituciones de salud –incluso aquellas sujetas al marco jurídico federal— a eliminar obstáculos y brindar servicios de aborto seguro a quienes lo requieran”, remarca el documento.

En entrevista, Angie Contreras, de la organización Mujeres Vivas, Mujeres Libres de Aguascalientes, celebra la actualización de los lineamientos y recuerda que en congruencia con lo que establecen, un mensaje simbólico fundamental sería reformar el Código Penal Federal, iniciativa congelada durante años en el Congreso de la Unión. Si bien el aborto se persigue en el fuero local y es indispensable la despenalización en cada estado, representaría un mensaje importante a nivel nacional.

Lo remarca en contraposición a lo asegurado por la presidenta Claudia Sheinbaum en la conferencia mañanera de este martes, donde depositó la responsabilidad completa en las entidades. “Tengo mi opinión respecto de ello, pero en este caso, la Corte determinó hace años constitucional la despenalización del aborto; en esta perspectiva, depende de los estados de la República su legislación en este sentido, y ya la mayoría han legislado”, apuntó la mandataria.

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La activista responde: “no podemos pensar que solamente es un tema que se tiene que atender, como dijo la Presidenta, desde los estados. O le toca a la Federación. A ver, le toca a todas las personas, porque el derecho a la salud es para todas las personas, indistintamente de donde vivas, y yo como alguien que vive y habita un estado como Aguascalientes, no es posible que mi derecho a la salud se vea coartado porque el estado no está de acuerdo, y al contrario, ha buscado el retroceso y la reducción de semanas”.

El aborto y la violencia sexual

Además de subrayar que todas las instituciones de salud deben proveer el servicio de aborto, el lineamiento recuerda que su acceso efectivo contribuye a prevenir y atender un problema grave y estructural en México: la violencia sexual. “La oferta de servicios de aborto seguro en estos casos es fundamental, especialmente para niñas y adolescentes, a quienes la ausencia de este servicio las obliga a enfrentar maternidades forzadas en edades tempranas”, recuerda el documento. 

Particularmente, en los casos de niñas y adolescentes, debe observarse —agrega— lo dispuesto en el numeral 6.4.2.7 de la NOM 046 que prevé que de 12 años en adelante pueden solicitar la interrupción por sí mismas. Cuando se trate de niñas de 11 años o menos, la solicitud debe ser presentada por la madre, padre o una persona tutora, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

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Además, aquellas disposiciones jurídicas o porciones normativas de códigos penales que establezcan algún límite gestacional para acceder a un aborto por violación resultan inválidas e inconstitucionales, por lo que la interrupción voluntaria del embarazo deberá otorgarse sin límite gestacional en los servicios de salud mexicanos.

El documento incluso hace una comparación entre el lenguaje verbal y no verbal sugerido, y aquel que se debe evitar, como estigmatizar, desvalorizar o prejuiciar preguntando por qué quien solicita el servicio esperó tanto o alertando, sin fundamento médico, sobre inconveniencias del procedimiento, así como cualquier expresión de desaprobación, rechazo, culpa o miedo de la persona usuaria, entre otros.

Aborto seguro: nuevo lineamiento establece que todos los servicios de salud lo deben proveer
Foto: Especial

Al respecto, Contreras refiere el reciente estudio de GIRE “¿Cómo se vive la criminalización?” que con base en un análisis de los casos que la organización ha acompañado, plantea que sin importar el estatus legal del aborto, la criminalización comienza mucho antes de la apertura de una carpeta de investigación, muchas veces desde el primer contacto con las instituciones de salud.

Esto ocurre mediante prácticas como la imposición de los hechos, la negligencia médica, el mantener el estado de incertidumbre, la distorsión de la información clínica, la activación de procesos penales y las vulneraciones al debido proceso, así como la creación de culpa y de defensa, que dan forma a un “protocolo de criminalización” sistemático.

En 2007, la Ciudad de México fue pionera en despenalizar parcialmente el aborto voluntario, es decir, hasta las 12 semanas de gestación. Gradualmente, se sumaron Oaxaca en 2019, y después Hidalgo, Veracruz, Coahuila, Baja California y Colima (2021); Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur y Quintana Roo (2022); Puebla, Jalisco, Michoacán, San Luis Potosí, Zacatecas, Estado de México y Chiapas (2024), y en 2025 Nayarit, Chihuahua, Campeche, Tabasco, Yucatán y Tlaxcala. 

En Aguascalientes el aborto se despenalizó parcialmente hasta la semana 12 en diciembre de 2023 mediante reformas legislativas ordenadas por la Suprema Corte. Sin embargo, en agosto de 2024, el Congreso local redujo el plazo a las primeras seis semanas gestacionales. La SCJN ya ha pospuesto dos veces durante este año la discusión sobre la Acción de Inconstitucionalidad 172/2024, que impugna la reducción de semanas.

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El aborto voluntario sigue penalizado en su totalidad —cada estado contempla excepciones por causales específicas— en Morelos, Querétaro, Guanajuato, Tamaulipas, Nuevo León, Sonora y Durango.

Contreras destaca que la publicación de los lineamientos es relevante porque da al aborto el carácter de que debe ser un tema de salud pública y no un tema penal. Al hablarlo como lo primero, puede exigirse su regulación en los servicios de salud para garantizarlo a todas las personas sin importar el lugar en donde viven.

Sin embargo, persiste el reto de realmente poder acercarse a los hospitales sin enfrentar estigmas y prejuicios por parte del personal de salud, lo que también responde a la necesidad de seguir trabajando en la educación en general, así como en la descriminalización social que aún pesa sobre el procedimiento de salud. 

“Si bien ya la Corte nos dijo desde el 2021 que no se puede criminalizar a quien acompaña o decide abortar, persiste esa criminalización desde otros espacios, socialmente, cuando alguien habla de aborto; se sigue pensando en el tema como un pecado… Desde la parte médica, como lo hemos visto, acercarse siquiera a pedir información representa un estigma, una negación. La educación sexual integral con un enfoque preventivo tiene que darse en todos los niveles y a todas las personas”, subraya.