Jennifer Flores · 28 de septiembre de 2026
Cada 28 de septiembre se conmemora el Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, una fecha que destaca las condiciones legales y sociales que enfrentan las mujeres y las personas con posibilidad de gestar para decidir sobre la interrupción de un embarazo.
En México, el mapa legal del aborto ha tenido avances en los últimos años. De acuerdo con el semáforo normativo del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), 24 entidades han despenalizado el aborto durante el primer trimestre de gestación —con variaciones por estado—, mientras que Aguascalientes mantiene un límite de seis semanas, el cual, de acuerdo con GIRE, es prácticamente nulo porque muchas personas no notan un embarazo en ese periodo.
Pero la legislación, avances y restricciones son distintas en otras siete entidades, en algunas existen resoluciones judiciales que han declarado inconstitucionales las disposiciones que penalizan el aborto y que todavía están pendientes de cumplimiento; en otros, los códigos penales locales aún estableces sanciones y las reformas para modificarlos siguen sin concretarse.
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La despenalización del aborto comenzó en Ciudad de México en 2007, cuando la entidad permitió la interrupción voluntaria del embarazo durante las primeras 12 semanas de gestación. Después siguieron Oaxaca en 2019 y siete entidades más en 2021: Hidalgo, Veracruz, Coahuila, Baja California y Colima. En 2022 se sumaron Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur y Quintana Roo; mientras que en 2024, Puebla, Jalisco, Michoacán, Chiapas, San Luis Potosí, Zacatecas y el Estado de México reformaron sus legislaciones. En 2025 se incorporaron Nayarit, Chihuahua, Campeche, Yucatán, Tabasco y Tlaxcala.
Sin embargo, despenalizar no significa lo mismo en las 24 entidades.
En la mayoría se estableció un plazo para acceder al aborto. Por ejemplo, Baja California Sur, Colima y la Ciudad de México lo permiten hasta las 12 semanas de gestación, mientras Sinaloa estableció un límite de 13 semanas.
En cambio, Guerrero, Coahuila, Michoacán, Chihuahua y Tlaxcala despenalizaron el aborto sin establecer un límite de semanas para las personas usuarias. En los casos de Coahuila y Tlaxcala, la despenalización derivó de acciones de inconstitucionalidad resueltas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mientras que en Chihuahua ocurrió mediante una declaratoria general de inconstitucionalidad; es decir, no fueron reformas aprobadas directamente por sus congresos. Además, en algunos de estos estados existen restricciones o sanciones para quienes provean o asistan este servicio después de determinado periodo.
En 2023, la Corte declaró inconstitucional la penalización absoluta del aborto en Aguascalientes y ordenó al Congreso modificar la legislación, en respuesta, este despenalizó el aborto hasta las 12 semanas de gestación. Pero meses después volvió a reformar y redujo el plazo a seis semanas. Organizaciones como GIRE consideran que al aborto no está despenalizado en esta entidad, ya que el periodo límite de seis semanas de gestación nulifica el acceso por ser un plazo insuficiente.
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En Durango, el aborto continúa tipificado como un delito. El Código Penal estatal establece penas de uno a cinco años de prisión cuando la interrupción se realiza con consentimiento de la persona con posibilidad de gestar y contempla sanciones adicionales para el personal médico que participe. Este mismo documento mantiene algunas excluyentes de responsabilidad, entre ellas cuando el embarazo es producto de una violación o cuando existe peligro de muerte.
Desde 2018 se han presentado al menos tres iniciativas para despenalizar el aborto en la entidad, incluso, en 2021 una propuesta ciudadana reunió más de siete mil firmas y fue aprobada en comisiones, pero no consiguió los votos necesarios para consolidarse en 2022.
Sin embargo, la situación jurídica del estado cambió con una resolución judicial emitida en julio de 2025, el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito declaró inconstitucionales las disposiciones que prohibían el aborto de manera absoluta y ordenó al Congreso local derogarlas.
Actualmente, este amparo se encuentra en vía de cumplimiento, pero Luisa Fernanda Tello, coordinadora de Documentación y Litigio de Casos en GIRE, señala que la respuesta por parte del Congreso de Durango ha sido “muy débil”.
“No ha sido claro qué acciones han tomado, ni cómo han avanzado. No existe un consenso entre las personas que integran el Congreso y ese ha sido el mayor obstáculo, discuten entre ellos y la iniciativa no ha sido analizada ni ha llegado al Pleno”, explica Luisa Fernanda Tello.
Morelos es un caso similar a Durango porque existe una resolución judicial que ordena eliminar la penalización, pero el Congreso local todavía no ha modificado el Código Penal. En octubre de 2024, un Juzgado de Distrito declaró inconstitucionales las disposiciones que prohibían de manera absoluta el aborto y ordenó al Congreso derogarlas.
“En este caso sí hubo un intento por hacer la modificación, se subió una iniciativa al Pleno e incluso se votó, pero se perdió. Posterior a esto se han emitido distintos dictámenes, pero no han logrado reunir la mayoría calificada para que se vuelvan a discutir en el Pleno”, puntualiza la coordinadora de Documentación y Litigio de Casos en GIRE.
Lee más sobre el caso de Morelos en: Aborto en Morelos: una de las siete deudas locales que este 28S persisten en México
En Guanajuato, el Código Penal contempla sanciones tanto para quien se procure un aborto como para quien lo practique con consentimiento. El tema se ha discutido en varias ocasiones, pues desde 2018 se han presentado al menos seis iniciativas para despenalizarlo y, en junio de 2025, una votación terminó con 19 legisladores a favor de mantener la criminalización y 17 por despenalizar.
En 2024 un Tribunal Colegiado consideró que las normas que penalizan el aborto autoprocurado y consentido presentan problemas frente a los criterios de la Suprema Corte, pero no resolvió el fondo y señaló que correspondía a la SCJN pronunciarse. Tiempo después, la Primera Sala de la Suprema Corte determinó que el sistema jurídico de Guanajuato que penaliza el aborto es inconstitucional, aunque el amparo concedido solo tuvo efectos para las personas acompañadas por la organización que promovió el juicio, por lo que el Código Penal local no quedó automáticamente reformado.
Verónica Esparza, coordinadora de Investigación en GIRE, resalta que Guanajuato es un estado en el que el movimiento feminista ha estado presente al documentar estos procesos en los congresos, lo que ha evidenciado cuáles son los factores que impiden el avance de la despenalización.
“En el Congreso estatal existe una mayoría por parte del grupo del Partido Acción Nacional (PAN), quienes, en su mayoría, votan en sentido negativo, además de que los dictámenes no llegan al Pleno porque las votaciones suelen ser muy cerradas. También es importante decir que aunque la SCJN ha hecho un llamado a despenalizar el aborto en esta entidad, diversas personas legislaladoras se han pronunciado abiertamente en contra de reformar, regular y despenalizar el aborto en los términos que la Corte estableció”, evidencia Verónica Esparza.
En esta entidad el aborto voluntario continúa penalizado y solo está permitido bajo las causales que contempla la legislación local como violación y si la salud física o la vida de la persona con posibilidad de gestar corre peligro a causa del embarazo.
La discusión legislativa lleva varios años sin concretarse en este estado, desde 2018 se han presentado al menos cuatro iniciativas para despenalizar el aborto, algunas de ellas acompañadas de respaldo ciudadano, pero ninguna ha sido dictaminada favorablemente. Y aunque la Corte estableció criterios que consideran inconstitucional la penalización absoluta del aborto; GIRE señala que Nuevo León no ha adecuado su legislación a esos criterios y que las personas que abortan y quienes las ayudan continúan expuestas a la criminalización bajo el marco local vigente en el estado.
“Lo ideal sería que el Congreso armonizara sus legislaciones en función de los criterios establecidos por la Corte. Pero esto no es así. Actualmente sabemos que están vigentes siete iniciativas y no avanzan por falta de voluntad legislativa”, asegura la coordinadora de Investigación en GIRE, Verónica Esparza.
Desde 2018, en Querétaro se han presentado al menos tres iniciativas para modificar el marco legal, pero fueron rechazadas en comisiones o quedaron sin discusión.
En febrero de 2025, un Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Estado de Querétaro resolvió un amparo presentado por GIRE y concluyó que las disposiciones que penalizan el aborto voluntario son inconstitucionales, porque penalizan de manera absoluta el ejercicio del derecho a decidir y refuerzan una noción de criminalidad sobre el aborto.
Pero ello esta sentencia tiene una particularidad: no ordenó al Congreso local reformar el Código Penal. Por eso, aunque existe ya un pronunciamiento judicial sobre la inconstitucionalidad de esas disposiciones, la penalización continúa formalmente vigente en la legislación. El amparo sólo tiene efectos para las personas acompañadas por GIRE.
Si deseas conocer más sobre la situación del aborto en este estado puedes leer: Por el derecho a decidir en Querétaro: colectivas interponen amparos y acompañan abortos mientras autoridades los criminalizan
GIRE ubica a Sonora entre las entidades que no han adoptado los criterios establecidos por la Suprema Corte sobre la inconstitucionalidad de la penalización absoluta del aborto. El rezago de la entidad también se refleja en el Congreso local, ya que desde 2018 se han presentado al menos dos iniciativas para despenalizar el aborto, pero ninguna llegó a ser discutida en comisiones para su dictaminación.
Sonora es un circuito lento, afirma Luisa Fernanda Tello, coordinadora de Documentación y Litigio de Casos en GIRE. Según el Semáforo Normativo elaborado por GIRE en Aborto en Papiroflexia, esta es una de las entidades peor rankeadas porque tiene menos causales y sanciones más altas.
En la entidad, el aborto voluntario está tipificado en el Código Penal estatal con uno a 6 años de prisión y multas de 20 a 200 UMA (Unidades de Medida y Actualización), es decir, de dos mil 346 a 23 mil 462 pesos.
Desde 2018, en Tamaulipas solo se ha presentado una iniciativa formal para despenalizar el aborto, pero esta no llegó a discutirse en comisiones. No obstante, la entidad tuvo un cambio jurídico importante en este año.
En abril pasado, la Suprema Corte declaró inconstitucional una disposición de la Constitución estatal que protegía la vida desde la fecundación y también consideró inconstitucionales las normas que criminalizaban al aborto en cualquier etapa del embarazo, pero no ordenó modificar de manera general el Código Penal, por lo que la legislación estatal aún penaliza el aborto de manera absoluta en Tamaulipas.
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