Derechos de las audiencias: la CRT acota facultades ante reclamos de censura

Israel Fuguemann · 27 de agosto de 2026

Derechos de las audiencias: la CRT acota facultades ante reclamos de censura

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias. El documento final incorporó modificaciones respecto del proyecto original y acotó las facultades del organismo tras semanas de cuestionamientos por su posible impacto en la libertad de expresión.

Durante la conferencia de prensa “Derecho de Réplica”, celebrada en Palacio Nacional, la consejera jurídica del Ejecutivo federal, Luisa María Alcalde Luján, aclaró que la regulación definitiva prohíbe a la CRT revisar contenidos, retirar programas de la barra programática o determinar discrecionalmente la veracidad de las noticias.

Alcalde defendió el alcance de la normativa al señalar que busca dotar a los ciudadanos de herramientas para defenderse ante abusos informativos y garantizar que identifiquen claramente la naturaleza de los contenidos, sin vulnerar la línea editorial de las empresas de comunicación.

Derechos de las audiencias: la CRT acota facultades ante reclamos de censura
Norma Solano Rodríguez, comisionada presidenta de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT). Foto: Cuartoscuro

En el mismo encuentro con los medios, la comisionada presidenta de la CRT, Norma Solano Rodríguez, puntualizó que la intervención del órgano regulador quedará limitada a los casos en los que un usuario presente una queja y el concesionario incumpla el procedimiento establecido para atenderla.

El peso de la consulta pública y el mecanismo de reclamación

La aprobación ocurrió tras un proceso de consulta que concluyó el 21 de agosto, acumulando 8 mil 889 participaciones. Aunque la CRT reportó que solo 5.3 % de los comentarios incluyó propuestas técnicas concretas, un análisis de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) reveló que en el 82.2 % se expresó un rechazo abierto al proyecto original. De acuerdo con MCCI, la principal alarma radica en el riesgo de censura, ya que el 66 % de las observaciones advertía que el borrador inicial permitía una intervención directa sobre contenidos ya transmitidos.

Esta presión social derivó en la eliminación del concepto de información “falsa y descontextualizada” que aparecía en el borrador original y permitía la discrecionalidad. En su lugar, los lineamientos finales delegan la responsabilidad a los medios, quienes deberán estipular en sus códigos de ética los criterios editoriales mínimos para garantizar información veraz, sin fiscalización previa del Estado.

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El nuevo modelo operativo establece una ruta obligatoria para las inconformidades de los usuarios, donde la primera instancia será la defensoría de audiencias del propio medio de comunicación. La persona afectada contará con un plazo máximo de siete días, tras la transmisión del contenido, para presentar su inconformidad, la cual deberá ser evaluada internamente.

Los defensores de audiencias serán designados de forma autónoma por los propios concesionarios. En el caso de estaciones comunitarias, indígenas o afromexicanas, el representante deberá pertenecer de manera obligatoria a la misma comunidad para asegurar la representatividad. Por su parte, la CRT solo abrirá un expediente administrativo si el medio se niega a recibir la queja, incumple los plazos de respuesta o viola el debido proceso de su propio reglamento interno.

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Adicionalmente, las nuevas reglas exigen a las estaciones de radio y canales de televisión etiquetar de manera explícita toda la publicidad que transmitan. También será obligatorio separar los bloques informativos de los segmentos de opinión, incluso dentro de un mismo programa, e incorporar herramientas efectivas de accesibilidad para personas con discapacidad.

Derechos de las audiencias: la CRT acota facultades ante reclamos de censura
Organizaciones como Human Rights Watch y Article  19 alertaron sobre el “efecto inhibidor” del proyecto original. Foto: Cuartoscuro

Respaldos y fases de aplicación

Durante el proceso de consulta, organizaciones como Human Rights Watch y Article  19 alertaron sobre el “efecto inhibidor” que el proyecto original sembraba contra el periodismo independiente debido a sus cláusulas punitivas. El texto final modificado buscó atender estas preocupaciones mediante la supresión de las sanciones directas sobre los contenidos informativos.

Tanto en la conferencia de prensa como en el comunicado oficial, el gobierno hizo énfasis en que la aplicación de estas medidas no es una estrategia para censurar a los medios de comunicación. Las autoridades señalaron que se busca sumar certezas a las audiencias mexicanas bajo un marco normativo robusto. 

Asimismo, se destacó que la figura del defensor y la regulación de derechos informativos ya se aplica de forma habitual en países como España, Italia, Francia y Reino Unido, sirviendo como esquemas internacionales que equilibran la libertad de prensa con la responsabilidad social corporativa.

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Por su parte, la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) respaldó formalmente el documento definitivo. Presente también en la conferencia de prensa, el presidente del consejo directivo de la CIRT, José Antonio García, afirmó que el texto respeta el principio de autorregulación y mantiene la gestión operativa y de códigos de ética en manos de los concesionarios.

Tras la presentación oficial, la consejera jurídica anunció que los lineamientos serán publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en los próximos días, lo que marca el inicio de un modelo regulatorio cuya eficacia se medirá con la resolución de las primeras quejas ciudadanas.