Marcela Nochebuena · 6 de mayo de 2026
Especialistas litigantes ante cortes internacionales, y mujeres sobrevivientes de la represión y violencia policial de mayo de 2006 en Texcoco y Atenco, coinciden en que el trabajo de supervisión de la Corte Interamericana, a ocho años de la sentencia que condena al Estado mexicano, deja mucho que desear.
Esto luego de que el 16 de abril pasado se llevara a cabo la primera audiencia de supervisión de cumplimiento después de años de incumplimiento. Además, pese a que las organizaciones acompañantes —el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)— solicitaron que fuera pública, la Corte negó esa posibilidad.

Ante la falta de mayor presión hacia el Estado mexicano, y su omisión para investigar la cadena de mando, abogados con experiencia en litigios internacionales presentaron, bajo la figura de un amicus curiae —amigos de la corte— una propuesta en torno de la responsabilidad penal de superiores jerárquicos del más alto nivel, y qué figuras de la normativa nacional usar para fincarla. Esta fue desarrollada por Claudia Martín, del American University Washington College of Law, y Luis Tapia, abogado especialista en Derechos Humanos.
En el documento recuerdan que la Corte Interamericana constató que los superiores jerárquicos tenían capacidad de prevenir y castigar las acciones de los agentes policiales, sabían o debían saber qué estaba ocurriendo, sobre lo cual no era necesario que tuvieran detalles específicos, y omitieron tomar medidas para prevenir o castigar los actos delictivos.
“A 20 años, la deuda no es de marco normativo, sino de voluntad”, señaló Tapia luego de explicar las figuras en el Código Penal mexicano que permitirían llevar a la justicia a los responsables, diversas a aquella por la que ha optado la Fiscalía General de la República —complicidad correspectiva—, que tiende a diluir la responsabilidad. Esto sería ejemplar no solo para México, sino para la región, donde diversos casos de represión de la protesta han sido llevados a la Corte Interamericana.
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Como lo ha hecho en los eventos de memoria de los últimos días, Edith, sobreviviente de los hechos, volvió a narrar lo ocurrido el 3 y 4 de mayo de 2006: el operativo del primer día dirigido a los floristas de Texcoco, cómo el Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y adherentes a la Sexta Declaración de la Selva Lacandona se enteraron y acudieron en solidaridad a Atenco, cómo fueron llevados en camiones, en trayectos que duraron horas, donde ocurrieron vejaciones, violencia y tortura sexual, cómo muchos terminaron en la cárcel y tuvieron que luchar durante años por su libertad.
Luego, remarcó con firmeza: “nos dimos cuenta de que esto fue planificado… Tenemos la firme convicción de que era para atacar a todo el movimiento (La Otra Campaña del Ejército Zapatista de Liberación Nacional)”.
Desde aquellos días, se inició la denuncia por tortura sexual promovida por 11 mujeres —de las más de 40 que la experimentaron— en instancias nacionales que nunca respondieron. Así, el caso llegó a la Corte Interamericana, que en noviembre de 2018 finalmente condenó al Estado mexicano. Además de medidas de reparación y no repetición, la Corte definió que el primer paso necesario era dar cauce a la investigación, incluyendo la responsabilidad de toda la cadena de mando que ordenó o permitió que ocurrieran los hechos.

Los especialistas explican que eso implica no solo a quienes pudieron haber sido partícipes o cómplices en las órdenes que resultaron en el operativo, sino a todo aquel que no hizo nada para prevenir o detener los hechos cuando estaban ocurriendo.
Tapia recuerda que incluso lo descrito en una investigación previa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo demuestra: había operativos supervisados por tierra y por aire en tiempo real, y cuando la violencia se desató, nadie hizo nada para detenerla. Otra forma de responsabilidad es la de emitir órdenes, o decirle a un subordinado que realice una acción que se sabe resultará en un delito.
En ese sentido, esa investigación también documenta declaraciones que apuntan a tales responsabilidades. Por ejemplo, un policía declaró que había recibido la orden de golpear a personas, mientras que hubo un segundo que aseguró que sus superiores les dijeron que “no se tentaran el corazón”.
“La propia Suprema Corte de México reconoció que esta última frase constituía al menos una autorización para actuar sin límites. La tercera forma de responsabilidad es la grupal o coautoría. Aquí no se requiere que haya un plan común, por ejemplo, para cometer el delito de tortura, pero basta con que la ejecución conduzca a ese resultado”, explicó Tapia.
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La cuarta es la complicidad entendida como ayuda o aliento sustancial, es decir, quien presta vigilancia, infraestructura, supervisión o cobertura para que otros cometan delitos responde como cómplice, y esa acción puede ser previa o posterior a los delitos. Para esos casos, el artículo 7 del Código Penal Federal en México contempla la comisión por omisión.
Eso quiere decir que en los delitos de resultado material, este puede ser atribuible a quien omita impedirlo si tenía el deber jurídico de evitarlo. Esto refiere a una situación típica, una ausencia de acción de vida, una capacidad de actuar, una posición de garante, una producción de resultado y una posibilidad de evitación. Por eso en Atenco quedan las preguntas:
“¿Quiénes estaban en la posición de garante en los hechos del caso Atenco? ¿Quiénes eran los superiores jerárquicos que planearon el operativo, dieron la orden de emplear la fuerza y supervisaron su ejecución? ¿Quiénes ostentaban cargos y cometieron actos previos que los hicieron garantes de los derechos de las personas detenidas? Estas son algunas preguntas que la investigación tiene que responder”, añadió.
Apenas en su reciente encuentro de memoria y no repetición en la Universidad de Chapingo, las y los sobrevivientes de Texcoco y Atenco señalaron como responsables máximos a, por lo menos, el expresidente Vicente Fox Quesada; el entonces gobernador del Estado de México y expresidente Enrique Peña Nieto; quien fuera el secretario de seguridad, Eduardo Medina Mora, y el titular de la otrora Agencia Federal de Investigación, Genaro García Luna; el comisionado de la entonces Agencia de Seguridad Estatal, Wilfrido Robledo Madrid —fallecido— y el jefe del estado mayor de la que fue la Policía Federal Preventiva, Ardelio Vargas Fosado, además del actual presidente municipal de Texcoco, Nazario Gutiérrez, que ocupaba el mismo puesto.

Gisela de León, del CEJIL, recordó que la insistencia en la necesidad de una respuesta sigue señalándose gracias a la resiliencia y la lucha por la justicia de Mariana, Edith, María Patricia, Norma, Claudia, ltalia, Ana María, Yolanda, María Cristina, Angélica Patricia y Suhelen Gabriela, las denunciantes que vivieron uno de los crímenes más graves del que pueden ser víctimas las mujeres: la tortura sexual.
Recordó que la sentencia por el caso Atenco es histórica porque es la primera que desarrolla estándares sobre el tema, sin embargo, señaló que la Corte se ha quedado corta en la supervisión de su cumplimiento. Pese a que hay un mecanismo que la instancia ha establecido con ese fin, su efectividad depende de que la Corte preste la atención que los casos necesitan.
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“En el caso de Atenco eso no ha ocurrido, la audiencia de supervisión de cumplimiento que tuvimos hace unas semanas fue la primera en ocho años, y fue una audiencia de supervisión privada”, indicó. Eso generalmente ocurre cuando se asume que hay un diálogo con el Estado, que no existe en este caso, porque no hay avances; las públicas, en cambio, son más de denuncia para ejercer presión sobre el Estado.
“Creo que los jueces se dieron cuenta del grado de incumplimiento que hay en la sentencia durante la audiencia. Si uno escucha, las preguntas que hicieron los jueces fueron muy incisivas, y de hecho, la audiencia termina con la vicepresidenta de la Corte diciendo que va a convocar a una audiencia pública”, detalló.
El rol que puede cumplir la Corte Interamericana es una parte, aclaró, y otra parte es la voluntad del Estado. Cuando esta no existe, es muy difícil que se avance en el cumplimiento, por lo que es indispensable seguir teniendo espacios de discusión y aportaciones como el amicus de los litigantes.

“Es súper importante es que las organizaciones y personas que defienden derechos humanos en los países se apropien de las sentencias, y que no sean solamente de quienes representamos y de las víctimas, porque si hay un movimiento social detrás de las sentencias, eso también ayuda a apalancar un poco más”, añadió.
Karinna Fernández, defensora de Derechos Humanos, explicó la importancia regional de la sentencia de Atenco y cómo en litigios que han sido impulsados desde Chile se ha pugnado porque la responsabilidad de los superiores no necesite ser acreditada a partir de hechos específicos, sino dados sus deberes cotidianos de supervisión, es decir, que el flujo continuo de la jerarquía resulte suficiente sin requerir otra figura.
Más tarde, agregó que hoy el gobierno mexicano difícilmente debería exponer otros temas —como la devolución de la tierra— que no sean generar vías para que los mandos superiores respondan por su actuación. “La primera misión es que todos los responsables, y los máximos responsables, tienen que estar declarando ante el tribunal; ese primer obstáculo todavía no se ha superado; no podemos estar hablando de formas de participación”, indicó.
Edith reclamó que el Estado simula para todo, y cuando la protesta o el movimiento social se le sale de las manos, sigue tomando la vía de la fabricación de delitos. “Si no nos organizamos, entonces sí nos van a aplastar, pero no lo vamos a permitir y tenemos que seguir adelante”, afirmó.
Sobre el acto del 3 de mayo, encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum, recordó que las víctimas estuvieron en Chapingo: “un grupo reducido, pero bastante combatiente”. “Lo de Claudia el 3 de mayo es una simulación también y es una burla, además, porque cómo van a ir a entregar tierras y cómo promete que no va a haber un atencazo otra vez, si no cumple con una sentencia mínima. No puede asegurar nada de eso”, concluyó.