Suprema Corte emite nuevos lineamientos contra la violencia vicaria

Alfredo Maza · 1 de julio de 2026

Suprema Corte emite nuevos lineamientos contra la violencia vicaria

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad de votos un amparo mediante el cual se establecieron nuevos lineamientos sobre la violencia vicaria ejercida a través del uso desproporcionado de demandas y denuncias judiciales.

En particular, la resolución de la Suprema Corte fortalece la protección de niñas, niños y adolescentes, reconocidos como víctimas directas y titulares de derechos, lo que busca garantizar que sean escuchados y cuenten con una “representación especial que proteja exclusivamente sus derechos”. 

Además, establece lineamientos para que las autoridades actúen con la debida diligencia para evitar la violencia institucional ejercida tanto contra las madres como contra sus hijas e hijos, en los casos donde la violencia vicaria se ejerce mediante el uso desproporcionado y abusivo de litigios, evitando emitir fallos que reproduzcan, validen o formen parte de ese patrón de hostigamiento. 

El proyecto del amparo directo en revisión 2798/2025, presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, deriva de un caso del ámbito familiar en el que un padre retuvo a su hijo tras un accidente doméstico e inició diversos procesos penales y civiles sucesivos para impedir el contacto entre el menor y su madre.

¿Qué resolvió la Corte sobre la violencia vicaria? 

Durante la sesión, la Corte declaró la constitucionalidad del artículo 6, fracción VI, inciso g), de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Este artículo define como violencia vicaria el acto de “interponer acciones legales con base en hechos falsos o inexistentes, en contra de las mujeres para obtener la guarda y custodia, cuidados y atenciones o pérdida de la patria potestad”.

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Las ministras y ministros coincidieron en que el uso sistemático del aparato judicial para separar a las madres de sus hijos constituye un acto de agresión. 

Al respecto, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que, en este caso concreto, los mecanismos legales “se utilizaron no para buscar la protección del menor, sino para violentar a la mujer”.

Por su parte, la ministra Ortiz Ahlf destacó la importancia de identificar este fenómeno para impartir justicia, indicando que “nombrar correctamente las violencias que vive una persona nos permite, como personas juzgadoras, tener un panorama más claro para tomar las medidas adecuadas”.

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Foto: Archivo Cuartoscuro

Nuevos lineamientos para juzgados familiares

La resolución de la Suprema Corte establece de manera fundamental que la violencia vicaria no solo afecta a las mujeres, sino que las niñas, niños y adolescentes son víctimas directas de estas dinámicas y resienten el daño. 

Ante la falta de claridad en los tribunales locales sobre cómo actuar en estos escenarios, la SCJN fijó directrices estrictas para determinar la guarda y custodia, el régimen de convivencias y la pensión alimenticia en casos de violencia vicaria.

El objetivo central es evitar que estas instituciones legales sean utilizadas como instrumentos de castigo o control por parte de los agresores. 

Con esta resolución, a partir de ahora las autoridades jurisdiccionales deberán identificar de manera precisa el tipo de violencia que enfrentan los menores y evaluar cualquier riesgo, basando sus determinaciones en el interés superior de la niñez, lejos de prejuicios o conflictos parentales.

🚨 #ÚltimaHora | La #SCJN establece que, en los casos de violencia vicaria, las autoridades deben reconocer y proteger las afectaciones que también sufren niñas, niños y adolescentes.

👧🏻👦🏻 El caso surgió de un procedimiento familiar, en el que se determinó la existencia de… pic.twitter.com/7SrEglbDlr

— Suprema Corte (@SCJN) July 1, 2026

Protección y representación especial para el adolescente

Para salvaguardar los derechos del adolescente involucrado, la Suprema Corte ordenó que se le asigne una representación procesal en suplencia a cargo de la Procuraduría de Protección. 

Esta medida es necesaria para otorgarle una defensa especializada, independiente y ajena a la dinámica de violencia provocada por su padre. 

“El proyecto precisamente propone que se debe de nombrar una representación que salvaguarde los derechos del niño”, aclaró la ministra Ortiz Ahlf durante el debate plenario.

Adicionalmente, la Corte ordenó que se debe recabar la opinión actual del adolescente (ya sea directamente con el juez o a través de su nuevo representante) y valorar dicha opinión de forma cuidadosa frente al contexto de manipulación y violencia vicaria ya comprobada, evitando a toda costa su revictimización.

Efectos inmediatos de la sentencia

La SCJN instruyó a la Sala Familiar responsable a emitir una nueva resolución en la que se pronuncie definitivamente sobre la custodia, las visitas y los alimentos del adolescente, aplicando los nuevos parámetros y sin obligar a las partes a iniciar un nuevo juicio prolongado. 

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Mientras se dicta ese nuevo fallo, las autoridades deben garantizar y vigilar que se cumpla de inmediato el régimen de convivencia provisional entre la madre y el adolescente.

Como una muestra de acceso a la justicia con perspectiva de infancias, la sentencia de la SCJN incluyó un apartado especial redactado en formato de “lectura fácil” y dirigido personalmente al adolescente.

A través de lenguaje sencillo, las y los ministros le explicaron que comprenden que el proceso ha sido largo y difícil, pero le garantizan que sus derechos están protegidos y que podrá convivir con su mamá de manera provisional mientras un juez resuelve definitivamente con quién vivirá.

Es un fallo “histórico”: Frente Nacional contra la Violencia Vicaria

 El Frente Nacional contra la Violencia Vicaria celebró la decisión de la Suprema Corte, a la cual calificó como una “resolución histórica”. 

A través de un video en sus redes sociales, la organización destacó que, a partir de este fallo, las autoridades ya no podrán analizar los casos de violencia vicaria enfocándose únicamente en la agresión contra la madre. 

La agrupación subrayó la importancia de que las infancias sean reconocidas como víctimas directas y titulares de derechos, garantizando que sean escuchadas y cuenten con una “representación especial que proteja exclusivamente sus derechos” ante cualquier conflicto de intereses. 

Para el Frente, este criterio de la Corte significa “un paso importantísimo hacia una justicia con perspectiva de niñez”.