Buscan muerte digna: amparos en Oaxaca desafían prohibición legal de eutanasia

Marcela Nochebuena · 28 de agosto de 2026

Buscan muerte digna: amparos en Oaxaca desafían prohibición legal de eutanasia

En Oaxaca, una mujer indígena y un médico buscan acceso a una muerte digna por la vía legal. Acompañados por organizaciones de la sociedad civil, quieren que se declaren inconstitucionales las barreras legislativas y penales que prohíben la eutanasia y la ayuda médica para morir.

El objetivo de la estrategia, coordinada por el colectivo Proyecto Luciérnaga, es remover los obstáculos normativos para asegurar que los procesos de fin de vida respeten la autonomía individual de los pacientes y protejan al personal de salud que los acompaña.

La primera de las demandas admitidas en Oaxaca fue promovida por una mujer indígena zapoteca que reside en esa entidad. Es sobreviviente de cáncer de mama, enfermedad con la que ha mantenido una relación dolorosa debido a su historial familiar. 

Buscan muerte digna: amparos en Oaxaca desafían prohibición legal de eutanasia
El antecedente directo de los recursos presentados en Oaxaca es el juicio de amparo promovido en la CDMX por una tanatóloga que sobrevivió a dos diagnósticos de cáncer. Foto: Cuartoscuro

A lo largo de su vida, enfrentó el fallecimiento por cáncer de su hijo, su madre y su hermana. Esas experiencias le permitieron atestiguar directamente el sufrimiento físico, el desgaste emocional y los dolorosos procesos terminales asociados con esa enfermedad.

Aunque hoy su cáncer se encuentra en remisión, la motivación de su demanda de amparo radica en la previsión de un escenario a futuro: al conocer de primera mano la evolución y el final agónico que suele implicar en etapas avanzadas, argumenta que es necesario contar con el derecho a elegir el momento y la forma de fallecer en caso de experimentar una recaída. 

“Al conocer su historia de vida, ella nos decía justo que aunque el cáncer esté en remisión: ‘Si vuelve, quiero poder decidir cómo y cuándo morir, no quiero estos destinos dolorosos que uno sabe que el cáncer significa’”, relata el abogado Alex Alí Méndez Díaz, coordinador del Proyecto Luciérnaga. El juicio de amparo promovido por la mujer zapoteca fue admitido formalmente por el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Oaxaca.

Un médico se suma al acompañamiento clínico sin criminalización

El segundo juicio de amparo admitido en Oaxaca fue presentado por el doctor Kabir Osorio Mendoza, médico general y maestro en salud pública con ocho años de experiencia en salud comunitaria, dirección y administración de servicios de salud. 

Su demanda aborda la eutanasia desde una doble condición: su experiencia profesional y su realidad personal como paciente diagnosticado con epilepsia desde los 18 años. Además, vive con VIH desde hace 14 años.

Su desarrollo profesional en Oaxaca le ha permitido observar las limitaciones severas en el acceso a atención médica, medicamentos oncológicos y tratamientos de alto costo. La carencia de insumos médicos, sostiene, fragmenta a las familias y somete a los pacientes a situaciones de extrema vulnerabilidad económica, social y moral.

Buscan muerte digna: amparos en Oaxaca desafían prohibición legal de eutanasia
Kabir Osorio Mendoza, de blanco, acompañado por el abogado Alex Alí Méndez, coordinador del Proyecto Luciérnaga. Foto: Facebook de Kabir Fitzgerald

Para Osorio Mendoza, el proceso de fin de vida forma parte de la salud integral que los médicos deben atender y que frecuentemente queda excluido debido a prejuicios religiosos o morales.

Su amparo busca obtener protección judicial con el fin de brindar un acompañamiento médico y multidisciplinario —que contemple también soporte científico, psicológico, tanatológico y legal— a pacientes que voluntariamente decidan terminar con su vida ante padecimientos intolerables, sin temor a enfrentar sanciones administrativas, la pérdida de su cédula o la prisión. 

“Como médico, quiero brindarles esas herramientas a cada uno de los pacientes que se acerquen a mí en todas las áreas disponibles”, explica en entrevista. Desde su perspectiva, el personal de salud debe limitarse a proporcionar información científica y objetiva, desprovista de juicios moralistas individuales.

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“Brindar, acercar información científica, objetiva, nada moralista, nada desde la forma de pensar individual… Mi perspectiva es muy amplia, muy diversa y también con el enfoque de derechos humanos, en el cual se nos enseña esa libertad que tenemos de elegir y de favorecer el bienestar propio individual”, añade. Este segundo amparo también fue admitido formalmente en el estado.

El detonante nacional: el amparo de Silvia García en CDMX

Los dos amparos de Oaxaca representan también una continuidad a la estrategia que comenzó en la Ciudad de México y ya alcanzó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El antecedente directo de los recursos legales presentados en la entidad es el juicio de amparo promovido en la capital por Silvia García Castañeda, una tanatóloga que sobrevivió a dos diagnósticos de cáncer de mama. El segundo, en 2018, presentó alta agresividad y requirió cirugías y múltiples tratamientos.

Buscan muerte digna: amparos en Oaxaca desafían prohibición legal de eutanasia
A nivel federal, la Ley General de Salud prohíbe la práctica de la eutanasia. Foto: Cuartoscuro

Al igual que la mujer indígena oaxaqueña, su decisión se basó en su historia familiar: su padre y su hermana murieron de cáncer, por lo que ella atravesó la agonía de ambos sin alternativas legales. Con la asesoría del abogado Alex Alí interpuso un amparo hace cerca de tres años para asegurar que, ante una recaída irreversible, pudiera acceder a una muerte digna.

Aunque la demanda fue rechazada en primera instancia, la apelación llegó a la Suprema Corte. El 17 de junio de 2026, el pleno ejerció su facultad de atracción para analizar el caso. Ese hecho representa un hito histórico, pues es el primer juicio de amparo en el que el máximo tribunal evaluará la constitucionalidad de la prohibición de la eutanasia en México. 

El proyecto de sentencia quedó a cargo de la ponencia de la ministra Lenia Batres, y se estima una resolución en un plazo aproximado de seis a ocho meses. García Castañeda precisó que hoy su cáncer está en remisión y no en etapa terminal, pero para ella el amparo significa una garantía de tranquilidad preventiva.

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“Más bien sería que el derecho esté ahí, en caso de que llegara a ser necesario. Para mí es una tranquilidad saber que tengo esta garantía, aunque no la ocupe, a tener que ocuparla y no contar con ella”, señala.

Las prohibiciones que siguen vigentes

El marco normativo que reclaman los amparos en Oaxaca y la Ciudad de México representa un “muro legal” compuesto por restricciones administrativas, de salud y penales.

A nivel federal, la Ley General de Salud prohíbe en su artículo 166 la práctica de la eutanasia, al asimilarla al homicidio por piedad y al suicidio asistido, así como el suministro de fármacos para acortar la vida.

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Las demandas de amparo del Proyecto Luciérnaga apelan al derecho al libre desarrollo de la personalidad y la libertad de creencias. Foto: Cuartoscuro

Por otro lado, el reglamento en materia de prestación de servicios de atención médica niega en su artículo 138 validez a directivas médicas contrarias al orden jurídico y declara nulas las directrices anticipadas para asistir o provocar intencionalmente la muerte. 

En Oaxaca, la Ley de Cuidados Paliativos prohíbe la eutanasia en su artículo 2, a la que define como la acción u omisión orientada a propiciar la muerte de manera indolora bajo una intencionalidad compasiva. Además, el artículo 22 establece la responsabilidad del médico tratante que suministre medicamentos que provoquen intencionalmente el deceso, lo que el artículo 24 sanciona con multas de 500 a 1,000 días de salario mínimo.

En tanto, el Código Penal para el Estado de Oaxaca sanciona en su artículo 292 con penas de cuatro a doce años de prisión a quien prive de la vida a otro por petición expresa y razones humanitarias ante una enfermedad incurable o terminal. Además, el artículo 294 castiga con entre uno y cinco años de prisión el auxilio al suicidio; la pena se eleva de cuatro a doce años si el agente mismo ejecuta la muerte.

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La Ley de Voluntad Anticipada de Oaxaca, subraya Ali, solo regula la limitación del esfuerzo terapéutico para una “muerte natural”, pero prohíbe cualquier intervención activa.

Defienden autonomía y libertad de creencias

Las demandas de amparo del Proyecto Luciérnaga se estructuran sobre dos pilares constitucionales, de acuerdo con el abogado: el derecho al libre desarrollo de la personalidad y la libertad de creencias.

El argumento es que la prohibición de la eutanasia vulnera la autonomía para decidir sobre el propio “proyecto de vida”, el cual debe abarcar la elección de las condiciones bajo las cuales se experimenta el “proceso de fin de vida”. 

Buscan muerte digna: amparos en Oaxaca desafían prohibición legal de eutanasia
Foto: Cuartoscuro

Alex Alí Méndez recuerda que la Suprema Corte ya ha establecido precedentes protectores de la autonomía, como las resoluciones sobre matrimonio igualitario, divorcio incausado, uso lúdico de marihuana, aborto e identidad trans. Elegir las circunstancias de la propia muerte representa la extensión lógica de este marco de libertades individuales.

El otro argumento gira en torno a la violación a la libertad de creencias consagrada constitucionalmente. Imponer legalmente la “muerte natural” como único camino deriva en un postulado moral que no todas las personas comparten en su forma de entender la existencia.

“La legislación que establece la muerte natural como la única forma de morir vulnera la libertad de creencias porque no todas las personas asumen ese postulado como parte de su forma de entender su estar en el mundo”, detalla Alex Alí. Por ello, el Estado no debe imponer una visión singular de la muerte, sino garantizar opciones diversas compatibles con las convicciones de cada ciudadano.

La suma de esfuerzos hacia una reforma nacional

El Proyecto Luciérnaga trabaja en alianza con las organizaciones de la sociedad civil México Igualitario Derribando las Barreras y el colectivo NITAO, nos volveremos a ver. En conjunto con la estrategia legal, las personas activistas buscan que los procesos de fallecimiento de quienes viven una enfermedad terminal dejen de ser tratados de manera clandestina o exclusiva del ámbito clínico, convirtiéndose en espacios acompañados, de dignidad e informados.

Si bien las resoluciones de los amparos de Oaxaca únicamente beneficiarán de forma directa a los promoventes, las organizaciones buscan sentar las bases para que otros ciudadanos promuevan litigios similares, forzando eventualmente al Congreso de la Unión y a las legislaturas locales a reformar sus marcos normativos. 

Alex Alí adelanta que el colectivo ya se encuentra en fase de documentación para activar juicios de amparo análogos en Chihuahua, Nuevo León, Jalisco y Tabasco. El fin último de esa estrategia es desmontar el andamiaje prohibitivo en el país para que la muerte digna deje de ser una excepción judicial y se consolide como un derecho humano plenamente regulado y garantizado en nuestro sistema de salud pública.