Alfredo Maza · 18 de marzo de 2026
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el último recurso legal promovido por Édgar Martínez, dueño y entrenador de los perros rescatistas Athos y Tango, que fueron asesinados en Querétaro.
Con esta decisión, el máximo tribunal del país dejó firme la sentencia que favoreció a Vicente Patiño, la cual modificó su pena de prisión y ordenó recalcular a la baja la reparación del daño impuesta en su contra por ser responsable de envenenar a los caninos en 2021.

Por unanimidad de votos, las ministras y ministros de la Corte establecieron desechar este recurso al considerar que se trata de un tema de mera legalidad —reglas establecidas en leyes— y no constitucional, por lo que no podían entrar al fondo del asunto.
De acuerdo con el expediente del caso, el 13 de junio de 2021, Vicente Patiño colocó trozos de salchicha con una sustancia tóxica (alcaloide) en las jardineras de un área común en Querétaro.
Como consecuencia de esta acción, Athos —un border collie certificado internacionalmente que participó en los rescates del sismo de 2017— y Tango —un yorkshire terrier de asistencia emocional— consumieron el alimento y perdieron la vida tras un severo deterioro físico.
Un tercer perro, Balam, sobrevivió al envenenamiento, pero presentó graves secuelas y lesiones.

En agosto de 2022, un tribunal de enjuiciamiento dictó lo que se consideró una sentencia histórica: condenó a Vicente a 10 años y 6 meses de prisión, además de imponerle el pago de 2.4 millones de pesos como reparación del daño.
Esta sanción contempló agravantes por crueldad animal y el monto económico se sustentó en el daño moral, los costos de crianza y el entrenamiento especializado de los perros.
Sin embargo, la defensa de Vicente Patiño promovió un juicio de amparo buscando revertir esta sentencia, por lo que en febrero de 2024, un Tribunal Colegiado falló a su favor bajo el argumento de que aplicar la agravante de “utilizar métodos crueles” al delito que ya contemplaba la “crueldad animal” equivalía a castigar dos veces la misma conducta.
El tribunal ordenó que la pena máxima de prisión no excediera los cinco años y determinó que el monto de reparación de daños carecía de bases justificadas.
El caso fue llevado a la Primera Sala de la SCJN, la cual resolvió en octubre de 2024 que no existía un doble castigo. La Corte aclaró que la “crueldad” exige la voluntad de causar dolor, mientras que los “métodos crueles” sancionan el medio utilizado para cometer el delito, por lo que ordenó al Tribunal Colegiado emitir una nueva resolución tomando en cuenta este criterio.
Para saber más: Caso Athos y Tango: Suprema Corte revoca amparo que redujo sentencia del hombre que mató a perros rescatistas
En octubre de 2025, el Tribunal Colegiado emitió su nueva sentencia. Según el expediente, el tribunal acató el criterio sobre la agravante, pero volvió a conceder el amparo a Vicente para que la reparación del daño se calcule en la etapa de ejecución, limitando el pago al valor comercial de los perros y a los gastos de atención veterinaria, alimentación y entrenamiento, por un periodo restringido de dos años y medio.
En entrevista con Animal Político, Mónica Huerta, abogada del caso, acusó que el tribunal colegiado no acató debidamente la instrucción de la Suprema Corte y mantuvo el argumento del doble enjuiciamiento, reduciendo la pena a 4 años.
De acuerdo con la defensa y activistas, esto permitiría que el responsable conmute su tiempo en prisión por el pago de una multa de aproximadamente 10 mil pesos.
Ante esta última resolución del Tribunal Colegiado, Édgar Martínez presentó un nuevo recurso de revisión ante la SCJN, al asegurar que existieron beneficios legales que favorecieron al responsable de asesinar a sus perros.
Sin embargo, el máximo tribunal determinó desechar este último recurso al argumentar que la queja de Édgar Martínez, dueño y entrenador de los perros rescatistas Athos y Tango, se centraba en cómo se valoraron las pruebas para fijar los montos económicos y en la aplicación de las normas del procedimiento penal, lo cual es un tema de estricta “legalidad” en el que el Tribunal Colegiado tiene la última palabra, y no un problema de “constitucionalidad” que la Corte deba resolver.
Con esta resolución dictada por la Corte, la sentencia que favorece al responsable queda definitivamente firme.
Activistas como Sofía Morín y Mónica Huerta han advertido que este desenlace judicial envía un mensaje negativo sobre el estado de los derechos de los animales en México, demostrando que en la práctica los actos de crueldad extrema pueden terminar reducidos a multas económicas menores.
Con información de Ángel Adrián Huerta García.