Redacción Animal Político · 7 de julio de 2026
La decisión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de atraer el caso para analizar la creación de la Comisión de la Verdad para el caso Ayotzinapa prolonga la incertidumbre jurídica y contraviene el principio de seguridad jurídica, alertaron organizaciones de la sociedad civil.
Este martes, el máximo tribunal aprobó por unanimidad ejercer su facultad de atracción para analizar un “recurso de revisión extraordinario” promovido contra la sentencia definitiva emitida en mayo de 2018 por el entonces Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, la cual ordenaba conformar dicha Comisión de Investigación.
El debate central de la Suprema Corte consistirá en definir si un juez tiene la facultad de ordenar la creación de este mecanismo extraordinario de investigación al momento de emitir una sentencia de amparo, o si emitir este tipo de órdenes vulnera el principio de división de poderes o el principio de relatividad de las sentencias.
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La revisión fue solicitada formalmente en 2026 por la Presidencia de la República a través de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
Organizaciones como el Centro Prodh, Tlachinollan, Fundar y Serapaz señalaron que la actual administración solicitó atraer las revisiones “al considerar que existía una imposibilidad para crear la Comisión para la Investigación y la Verdad, sosteniendo esencialmente los mismos argumentos presentados por la administración del Presidente Peña Nieto y que mantuvo el Presidente López Obrador en su momento”.
Para los colectivos, atraer estos asuntos plantea cuestionamientos en materia de “cosa juzgada”, pues permite revisar una resolución definitiva dictada hace ocho años.
Las organizaciones advirtieron que esta revisión extraordinaria no está prevista expresamente en la Constitución ni en la Ley de Amparo, lo que genera incertidumbre sobre la firmeza de las resoluciones judiciales y debilita la certeza que deben brindar las sentencias definitivas.
Además, recordaron que la sentencia de 2018 concluyó que la llamada “verdad histórica” —la versión oficial de que los jóvenes habrían sido calcinados en el basurero de Cocula—, estuvo afectada por violaciones a los derechos humanos y tortura, y destacó que se ignoraron líneas sobre la posible participación del Ejército.
También destacaron que los amparos originales de los que deriva esta resolución fueron iniciados por los acusados, pero debido a los efectos de este fallo, las familias de los normalistas lograron ser reconocidas formalmente como víctimas indirectas, “razón por la cual son parte ante los recursos atraídos el día de hoy”.
A poco más de dos meses de que se cumplan 12 años de la desaparición de los 43 estudiantes, la sociedad civil señaló que la decisión de la Corte difícilmente contribuirá a acelerar el acceso a la verdad y la justicia. Por el contrario, indicaron, prolonga la incertidumbre jurídica sobre el caso, mientras persisten obstáculos reales en la investigación, como la opacidad de las Fuerzas Armadas al negarse a entregar información de inteligencia y el rezago en extradiciones prioritarias, como la del entonces titular de la Agencia de Investigación Criminal.
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La atracción del caso se aprobó con los votos a favor del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, y de las y los ministros Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, María Estela Ríos González, Giovanni Figueroa Mejía, Irving Espinosa Betanzo y Arístides Guerrero García.
Previo a la votación, la ministra Sara Irene Herrerías Guerra solicitó excusarse del asunto por conflicto de interés. La ministra recordó que la investigación penal recae actualmente en la Unidad de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa, perteneciente a la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos de la FGR, área de la que ella fue titular en el pasado.
Tras escuchar sus motivos, el Pleno de la SCJN votó por unanimidad para declarar legal el impedimento, por lo que Herrerías Guerra no participará en la resolución definitiva de este caso.