Haidé Serrano · 4 de septiembre de 2026
El médico ginecólogo David Roa Quintanar fue sentenciado en Cancún, Quintana Roo, a cinco años de prisión tras acumular un adeudo de 1,013,950 pesos por incumplir con el pago de la manutención de sus tres hijos menores de edad
La Fiscalía General del Estado de Quintana Roo (FGE), a través de la Fiscalía Especializada en Combate a Delitos Cometidos contra la Mujer y por Razones de Género, obtuvo la sentencia condenatoria contra el médico especialista David Roa Quintanar. El ginecólogo, quien se desempeñaba como Coordinador del Servicio de Ginecología de Hospiten Cancún, fue hallado culpable de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar.
Pese a su desempeño laboral continuo en la medicina privada e instituciones hospitalarias de prestigio, el especialista incurrió en un desacato reiterado del mandato de manutención de sus dependientes directos.
Ante esto, la Representación Social presentó pruebas contundentes ante el Juez, demostrando que el sentenciado contaba con la solvencia económica suficiente para cumplir con sus responsabilidades familiares pero optaba por evadirlas.
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Los hechos se remontan a octubre de 2019, momento en el que, tras la separación de la madre de sus tres hijos, David Roa Quintanar asumió la obligación de cubrir una pensión alimenticia mensual de 32 mil pesos mediante depósitos bancarios destinados a los menores.
No obstante, el ahora sentenciado incumplió con el pago íntegro de la pensión y únicamente realizó depósitos parciales. Este patrón de incumplimiento continuo generó un adeudo acumulado de un millón 13 mil 950 pesos correspondiente al periodo de octubre de 2019 hasta febrero de 2024, lo que motivó la denuncia penal por la falta de pensión alimenticia Cancún.
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La conducta omisiva del médico ginecólogo encuadra en el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar. Con base en las pruebas aportadas por el Ministerio Público, la autoridad judicial impuso una sentencia por pensión alimenticia que consta de: Pena privativa de la libertad: Cinco años de prisión en Benito Juárez.
Reparación del daño material: El pago inmediato de 1,013,950 pesos correspondientes a las cantidades no suministradas oportunamente. Medidas accesorias: Suspensión o privación de los derechos de familia en relación con las víctimas.
De acuerdo con el Artículo 167 del Código Penal de Quintana Roo, el delito se tiene por consumado aun cuando los acreedores alimentarios queden al cuidado de un tercero. Asimismo, las penas se pueden incrementar si el deudor se coloca dolosamente en estado de insolvencia o renuncia a su trabajo para evadir el mandato.
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Para proceder penalmente contra quienes incumplan con el suministro de alimentos, las víctimas o sus representantes legales deben acudir ante la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo y presentar la denuncia correspondiente. Tienen que llevar una copia certificada de las actas de nacimiento de los menores de edad, copia de la resolución judicial o acuerdo donde se decretó la pensión e informe del fondo de mejoramiento al juzgado con los pendientes de pago.
Además, en el estado se encuentra activo el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos, que actualmente tiene a más de 200 personas inscritas por orden de jueces familiares tras acumular 60 días de incumplimiento. Este padrón impide a los deudores alimentarios obtener la constancia de no deudor, la cual cuesta cerca de 400 pesos y es obligatoria para aspirar a cargos de elección popular en Quintana Roo.