SCJN reasume competencia para resolver uso de símbolos mayas por Grupo Xcaret

Haidé Serrano · 6 de octubre de 2026

SCJN reasume competencia para resolver uso de símbolos mayas por Grupo Xcaret

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó reasumir su competencia sobre el amparo en revisión 245/2026 para resolver de fondo el litigio contra la empresa Experiencias Xcaret Parques S.A.P.I. por el aprovechamiento comercial de la iconografía y patrimonio cultural maya.

A petición de los ministros Lenia Batres Guadarrama e Irving Espinosa Betanzos, el Pleno aprobó la reasunción de competencia 159/2026 para resolver la controversia.

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La SCJN retomó el tema a petición de dos ministros. Foto: Cuartoscuro Archivo

El máximo tribunal del país analizará si el “contrato de transición” firmado entre la corporación turística y el Gran Consejo Maya de Quintana Roo otorga validez legal suficiente para explotar comercialmente dicha simbología, o si existía la obligación constitucional de realizar una consulta previa, libre e informada a la totalidad de las comunidades originarias de la península.

¿Qué implicaciones tiene la decisión de la Corte?

—Representación privada contra consentimiento colectivo: Se decidirá si un acuerdo económico suscrito con un consejo regional autoriza el uso de la identidad indígena o si se vulnera el derecho colectivo de más de mil comunidades asentadas en Campeche, Quintana Roo y Yucatán.

—Titularidad de la propiedad intelectual colectiva: El fallo definirá el alcance de la reforma al Artículo 2º Constitucional y la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, determinando a quién corresponde la legitimación real para autorizar el uso comercial de la cosmogonía tradicional.

Implicaciones de la reasunción de la SCJN

—Sentencia definitiva e inapelable: Grupo Xcaret recibirá un fallo vinculante que le otorgará el aval legal para utilizar la iconografía a perpetuidad o decretará una prohibición permanente para promocionar sus instalaciones con expresiones culturales mayas.

—Precedente histórico para el sector turístico: La resolución fijará un marco normativo obligatorio para toda la industria turística y comercial en México respecto al cumplimiento de consultas previas antes de explotar elementos identitarios indígenas.

La Suprema Corte analizará la consulta impulsada por organizaciones civiles.
El Pleno de la Suprema Corte. Foto: Cuartoscuro

—Vigencia de las restricciones cautelares: Tras la revocación de la suspensión provisional por parte de la Corte, la empresa se mantiene obligada a cumplir las órdenes del INDAUTOR, que exigen el retiro de la simbología en publicidad y plataformas digitales mientras concluye el análisis de fondo.

Antecedentes del caso Xcaret

—Junio de 2022: Algunos integrantes del Gran Consejo Maya, entre ellos, Simón Caamal Coh, presidente del mismo y juez tradicional del Centro Ceremonial de Chumpón y el General Gabino Cruz Yeh, secretario del mismo Consejo y General del Centro Ceremonial de Chancá, Veracruz, presentaron una denuncia ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) acusando a Grupo Xcaret de apropiación indebida de su cosmogonía y tradiciones (como la Travesía Sagrada, el juego de pelota y celebraciones del Día de Muertos) en hoteles, parques y espectáculos.

—Diciembre de 2022: El INDAUTOR dictó medidas precautorias ordenando la suspensión de la comercialización de productos basados en la cosmogonía maya y el retiro inmediato de materiales publicitarios que incluyeran dicha iconografía.

—Agosto de 2023 – Marzo de 2024: Grupo Xcaret firmó un “contrato de transición” por 5 años y 15 millones de pesos con el Gran Consejo Maya de Quintana Roo para autorizar el uso de los símbolos, lo que derivó en el desistimiento de un sector de los denunciantes; sin embargo, otros dignatarios y colectivos tradicionales mantuvieron la demanda por considerar que una sola organización no representa a la totalidad del pueblo maya.

Foto: Archivo Cuartoscuro

—Septiembre – Octubre de 2024: El INDAUTOR ratificó las medidas cautelares e impuso multas de hasta 15 mil UMAS a la empresa por incumplimiento. En paralelo, se promulgó la reforma constitucional que fortaleció la protección de la propiedad intelectual colectiva indígena.

—Febrero de 2025: Un juzgado de distrito concedió una suspensión definitiva a favor de Grupo Xcaret para frenar las restricciones del INDAUTOR, decisión que fue de inmediato impugnada por las autoridades federales y representantes comunitarios.

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—26 de marzo de 2026: Con 7 votos a favor y 2 en contra, el Pleno de la SCJN revocó la suspensión definitiva concedida a Xcaret al determinar que la protección del patrimonio cultural e identidad indígena está por encima de los intereses comerciales privados.

—7 de septiembre de 2026: Se notificó oficialmente el fallo del Pleno que dejó sin efecto la protección cautelar de la empresa y reactivó las órdenes de retiro publicitario.

—1 de octubre de 2026: La SCJN acordó reasumir la competencia de fondo sobre el amparo en revisión 245/2026 para dictar una sentencia firme sobre el conflicto.