SCJN resolverá si Quintana Roo puede denunciar al socio de Aguakán

Diana García · 24 de agosto de 2026

SCJN resolverá si Quintana Roo puede denunciar al socio de Aguakán

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá si la Consejería Jurídica del Gobierno de Quintana Roo tiene facultades para presentar denuncias por lavado de dinero contra el empresario Jorge Eduardo Ballesteros Franco, socio mayoritario de Desarrollos Hidráulicos de Cancún, S. A. de C. V. (Aguakan), concesionaria del suministro de agua potable en los municipios Playa del Carmen, Puerto Morelos y Benito Juárez (Cancún).

Desde el 24 de febrero de 2025, el empresario enfrenta una orden de aprehensión emitida por un juez federal, a solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR). 

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Aunque promovió un amparo ante el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con sede en Quintana Roo, le fue negada la protección constitucional contra la orden de aprehensión, por lo que el caso escaló a la SCJN.

Los sistemas de agua en Cancún, Puerto Morelos y Playa del Carmen son modernizados por personal especializado. Foto cortesía de Aguakan.
Los sistemas de agua en Cancún, Puerto Morelos y Playa del Carmen son modernizados por personal especializado. Foto cortesía de Aguakan.

Atrae la Corte amparo contra orden de aprehensión

El 19 de agosto, a propuesta del ministro Irving Espinosa Betanzos, el máximo tribunal avaló por unanimidad la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 520/2026, derivada del amparo en revisión 194/2026 del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito de Quintana Roo.

Mediante este recurso, Ballesteros Franco busca que se deseche la denuncia por lavado de dinero presentada por la Consejería Jurídica del Gobierno de Quintana Roo, bajo el argumento de que debió ser interpuesta por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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“El documento busca el libramiento de la orden de aprehensión por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en la modalidad de adquirir y administrar derechos de cualquier naturaleza. Es necesario cumplir con el requisito de procedibilidad previsto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, consistente en la denuncia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, expuso el secretario de Acuerdos del Pleno.

A menudo el personal del agua potable revisa que las tomas sean legales. Foto cortesía de Aguakan.
A menudo el personal del agua potable revisa que las tomas sean legales. Foto cortesía de Aguakan.

Mantiene Aguakan litigios por la concesión

De manera paralela, Aguakan enfrenta diversos litigios promovidos por el Gobierno de Quintana Roo. En diciembre de 2023, la XVII Legislatura del Congreso del Estado abrogó el decreto que extendía hasta el 31 de diciembre de 2053 la concesión del servicio de agua potable otorgada a la empresa. 

La medida provocó que la concesionaria recurriera a los tribunales para mantener sus operaciones en la entidad.

Entre estos procesos se encuentra el juicio de amparo 1323/2023, promovido por Desarrollos Hidráulicos de Cancún ante el Juzgado Octavo de Distrito contra el Decreto 195 del Congreso de Quintana Roo, mediante el cual se canceló la prórroga de la concesión.

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En primera instancia, el juzgado federal negó la protección constitucional a la empresa y validó la decisión del Congreso estatal.

Sin embargo, Aguakan impugnó la sentencia mediante un recurso de revisión ante una instancia superior. 

Un simulacro por fuga de cloro fue realizado por el personal del sistema de agua potable. Foto cortesía de Aguakan.
Un simulacro por fuga de cloro fue realizado por el personal del sistema de agua potable. Foto cortesía de Aguakan.

Mientras se resuelve el litigio, la empresa continúa operando debido a la suspensión definitiva que obtuvo al inicio del proceso, la cual mantiene sin efectos la cancelación de la concesión hasta que el Tribunal Colegiado correspondiente o la SCJN emitan una resolución definitiva.