Alfredo Maza · 6 de octubre de 2026
La propuesta de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF) plantea importantes ajustes al proceso de elección judicial en México, especificando las reglas para la selección de jueces, magistrados y ministros.
Entre los cambios clave destacan nuevas normas de postulación de candidatos, como la aprobación de dos candidaturas por cargo mediante seis votos en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y la creación de un Comité de Evaluación de cinco integrantes que contemple la paridad de género e inclusión prioritaria.
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Esta iniciativa de reforma judicial busca armonizar las leyes secundarias con la reforma constitucional aprobada en junio de 2026, garantizando certeza en la evaluación e insaculación pública de los aspirantes a cargos en el Poder Judicial Federal.
Conforme a las modificaciones propuestas del artículo 17 de la LOPJF, el Pleno de la SCJN conformará el Comité de Evaluación con cinco especialistas de reconocida trayectoria jurídica, priorizando el ámbito jurisdiccional.

El proyecto entregado a la Consejería Jurídica de la Presidencia establece que la integración del Comité de Evaluación deberá cumplir estrictamente con la paridad de género y asegurar la inclusión de personas pertenecientes a sectores históricamente discriminados.
Asimismo, sus cinco miembros designarán a quien presidirá la Comisión Coordinadora, órgano responsable de dictar los acuerdos generales de funcionamiento del Comité de Evaluación.
En relación con el proceso de selección de la elección judicial, tras la evaluación técnica y la insaculación pública, el Pleno de la SCJN deberá validar el listado final con una mayoría calificada de al menos seis votos.
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Con esta medida, la Suprema Corte postulará a dos candidatos por cada cargo disponible para la elección de ministras y ministros, magistrados electorales y del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de jueces de Distrito y magistrados de Circuito.
La propuesta de reforma al artículo 9 (fracción I) de la Ley Orgánica precisa que las y los aspirantes a la elección judicial deberán ostentar título profesional de licenciatura en derecho con validez oficial al momento de publicarse la convocatoria.
De igual forma, se exige un promedio general mínimo de ocho en la licenciatura y de nueve en las materias vinculadas al cargo, además de comprobar por lo menos cinco años de experiencia profesional en el ejercicio del derecho.
Durante el anuncio formal del paquete de reformas secundarias, el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, subrayó la trascendencia de garantizar la representatividad social en el proceso de postulación de candidatos.

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“Estamos regulando el Comité para la selección de candidatos para el siguiente proceso electoral… con la indicación de procurar la inclusión de sectores que tradicionalmente no han tenido la posibilidad de participar en estos procesos. Este es un mandato legal que estamos proponiendo”, enfatizó Aguilar Ortiz.
Por su parte, la consejera jurídica, Luisa María Alcalde Luján, confirmó que el Ejecutivo Federal respaldará estas propuestas consensuadas por los órganos del Poder Judicial para remitirlas al Congreso de la Unión como parte de las leyes secundarias de la reforma judicial.