Redacción Animal Político · 6 de julio de 2026
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó las modificaciones a los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles, con las que el gobierno estableció un calendario escalonado para registrar las líneas que aún no cumplen con dicho requisito y evitar la suspensión.
Las fechas dependerán del último dígito del número telefónico.
De acuerdo con el acuerdo emitido por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), las líneas que permanezcan sin vincular podrán ser deshabilitadas dentro de las 72 horas posteriores al vencimiento del plazo que les corresponda.

El DOF contempla el siguiente calendario:
Los usuarios podrán realizar el trámite de manera presencial o, si así lo prefieren, a través de internet en la Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles habilitada por su proveedor de telefonía.
En el caso de las personas morales y los entes públicos, también se permitirá efectuar el procedimiento de forma remota.
Asimismo, para las personas extranjeras se aceptarán como documento de identificación las tarjetas de visitante o residente que contengan CURP y hayan sido expedidas por el Instituto Nacional de Migración.
Las modificaciones también buscan facilitar la desvinculación de líneas telefónicas. Las plataformas solo podrán mostrar los últimos cuatro dígitos de los números asociados al usuario y no podrán exigir la captura del número completo, códigos de verificación de un solo uso u otros requisitos que dificulten el trámite.
Como parte de las nuevas obligaciones, las compañías de telefonía deberán enviar mensajes SMS a los usuarios con líneas aún no vinculadas.

Los avisos deberán enviarse dos veces por semana mientras el trámite permanezca pendiente y diariamente durante los siete días previos a la fecha límite correspondiente.
Los proveedores del servicio de telefonía móvil deberán informar mediante notificación por SMS a todas sus Líneas Telefónicas Móviles que se encuentren habilitadas y no vinculadas a un titular, dos veces por semana mientras no se realice su vinculación, y diariamente en los siete días previos al vencimiento del plazo previsto en el calendario.
“La notificación a que hace referencia el párrafo que antecede contendrá la siguiente leyenda: ‘Por disposicion oficial, la fecha límite para vincular tu línea es hasta el DD-MM-AAAA. Vincula tu línea en [enlace]’, señaló.
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Vencido el plazo previsto en el calendario, los proveedores del servicio de telefonía móvil deberán informar vía SMS que los servicios de la línea telefónica móvil serán deshabilitados dentro de las siguientes 72 horas en caso de que no cumplan el registro.
La CRT explicó que las modificaciones se aprobaron sin consulta pública debido a que mantener la fecha original de deshabilitación podría provocar que un gran número de líneas fueran suspendidas al mismo tiempo, lo que tendría un impacto en la operación de las redes de telecomunicaciones. Por ello, optó por establecer un calendario escalonado para la aplicación de la medida.