Registro de línea telefónica: cómo evitar el uso de tus datos biométricos y medidas de protección

Luz Rangel · 10 de junio de 2026

Registro de línea telefónica: cómo evitar el uso de tus datos biométricos y medidas de protección

El próximo 30 de junio de 2026 vence el plazo para el registro de tu línea telefónica y el verdadero reto no es que usuarios de telefonía móvil como tú cumplan con esta obligación, sino que las compañías y autoridades protejan sus datos personales. 

Por eso, El Sabueso investigó que puedes evitar el uso de tus datos biométricos si acudes presencialmente a realizar el trámite en lugar de hacer el registro en línea ya que, de lo contrario, las compañías podrían solicitarte una prueba de vida. Esta consiste en reconocimiento facial, un dato sensible por tratarse de los rasgos de tu rostro. 

Al corte del 5 de junio, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) tenía registro de 56 millones 797 mil 762 líneas vinculadas. Sin embargo, estima que hay 144.5 millones de líneas celulares activas en México, por lo que harían falta 87.7 millones de líneas por vincular.

Además, gracias a la abogada especialista en derechos digitales Ariana De Santiago Romero, te compartimos otras medidas de protección de datos personales, pues aquellos que sí o sí debes dar para vincular tu línea telefónica son: identificación oficial vigente y Clave Única de Registro de Población (CURP). Pero hay compañías que están haciendo el registro sin tu consentimiento.

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Registro de línea telefónica presencial

Los datos biométricos son todos aquellos obtenidos a través de un tratamiento tecnológico y que revelan las características fisiológicas, físicas y de comportamiento relacionadas a una persona. Se caracterizan por ser universales, únicos y permanentes.

Para evitar dar tus datos biométricos a las compañías, puedes optar por la vinculación de tu línea telefónica en modalidad presencial. Las compañías deben habilitar todos sus centros de atención para realizar esta obligación, tal y como establecen los Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas.

Para esto, debes acudir al centro de atención de la compañía que te provee el servicio de telefonía móvil y presentar tu identificación oficial. El proveedor del servicio de telefonía móvil será responsable de realizar el proceso de validación de identidad con tu identificación y tu Clave Única de Registro de Población (CURP). 

CURP Certificada 2025 trámites
Foto: Gobierno de México

Registro de línea telefónica en modalidad remota

También puedes vincular tu línea telefónica en modalidad remota mediante la Plataforma de las compañías telefónicas de la CRT, seleccionar a la que perteneces y registrarte. 

Sin embargo, es necesaria la captura de tu identificación oficial vigente, donde aparece la CURP, para la validación de identidad y una prueba de vida tuya como titular, según establece el Artículo 23 de los Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas.

De acuerdo con los lineamientos, la prueba de vida es un proceso que se realiza con la finalidad de validar remotamente que quien solicita la vinculación de una línea telefónica móvil corresponde a la persona titular de la identificación oficial. Este paso  puede conllevar la recabación de un biométrico.

Por ejemplo, Telcel solicita una selfie. La compañía pide que coloques el rostro frente a la pantalla y que muevas la cabeza hacia arriba, abajo, a la derecha y a la izquierda si quieres registrar tu línea telefónica en modalidad remota o verificar cuántos números han sido vinculados a tu CURP.

“Las compañías telefónicas te van a poner su aviso de privacidad donde, si tú le das aceptar, otorgas el consentimiento para que procesen muchos de tus datos pero jurídicamente ese consentimiento está viciado porque te están coaccionando de alguna forma. Si no aceptas esa prueba de vida te niego el registro o no te puedes desvincular de los números que no reconoces como tuyos”, señala Ariana de Santiago Romero en entrevista con El Sabueso, la unidad de verificación de Animal Político.

La abogada llama a esto una falacia de la “no biometría”, al ser el reconocimiento facial un dato sensible.

“El discurso oficial celebra que este registro no es el Panaut porque sólo exige CURP e identificación oficial, es decir, datos documentales. Sin embargo, en la práctica digital, los operadores exigen pruebas de vida mediante reconocimiento facial para registrar o desvincular líneas ¿Es o no es biometría en manos de particulares?”, cuestiona la especialista.

En 2022 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el sistema normativo que creaba el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) porque obligaba a los usuarios a otorgar datos biométricos. Incluso antes, en 2008, se lanzó el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), pero se canceló debido a su ineficacia y a la filtración de su base de datos. 

La Corte declaró inconstitucional el Panaut  justo porque obligaba a que los ciudadanos entregaran datos biométricos. Y el Estado Mexicano sí tiene un historial sistémico de vulnerabilidad: un hackeo, una filtración, no sólo va a violar la privacidad, va a poner en charola de plata la identidad de millones de mexicanos expuesta a la delincuencia”, lamenta la experta.

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Otras medidas de protección si vas a registrar tu línea 

Que el registro de tu línea telefónica sea obligatorio vulnera derechos humanos reconocidos en la Constitución. No hay excepciones salvo para los números telefónicos asociados a una SIM que no cuenten con la capacidad de generar llamadas de voz, envío de SMS o llamadas a través de internet.

Por ejemplo, el artículo 6º constitucional establece que el Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Vulnera, de forma directa, los derechos fundamentales y, por supuesto, también está tocando y trastocando los principios más básicos de la protección de datos personales de todos los ciudadanos en este país”, advierte Ariana de Santiago Romero.

El Artículo 6 de los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece que el tratamiento y protección de los datos personales de los titulares estará a cargo de los proveedores del servicio de telefonía móvil. Es decir, de particulares.

Sin embargo, son los propios particulares quienes ya están incumpliendo con tus derechos ARCO, siglas de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición que se refieren al tratamiento de datos personales. 

Usuarios en redes reportaron que recibieron mensajes SMS donde la compañía telefónica AT&T confirmó que su línea ya estaba vinculada a su CURP, a pesar de que nunca realizaron el trámite. De hecho, en su portal de vinculación, AT&T explica que las líneas contratadas mediante plan desde el 9 de enero de 2026 “ya fueron vinculadas durante el proceso de venta” automáticamente.

Mientras que Expansión reveló que la CRT autorizó a operadores utilizar información previamente entregada por usuarios para completar la vinculación automática de líneas de pospago, sin necesidad de solicitar nuevamente documentación o realizar el proceso de registro. Se trata de  Movistar e Izzi.

Es un abuso en este caso en el tema de escudarse en el aviso de privacidad con la cláusula de transferencias a autoridades competentes, porque siguen saltándose nuestro consentimiento. El consentimiento debe ser expreso y específico para la finalidad del tratamiento, aquí ellos están usando una finalidad comercial previa para cumplir con una obligación administrativa nueva sin preguntarle al titular si cambió de domicilio, si su INE ya venció o si ya ni usa esa línea. Por cumplir con el trámite, entregarán datos sin verificar su vigencia real”, comenta.

Otro caso del que advierte De Santiago es que la falta de registro de la línea no te libera de tu contrato de plan telefónico. “La empresa puede seguir cobrando la renta mensual alegando que el número sigue reservado para ti en su sistema, aún cuando no lo registraste, aún cuando te quiten el servicio”, menciona. Por lo tanto, si una línea ya no se usará hay que terminar el contrato.

Finalmente, está el mito o falacia de la indefensión: en Aguascalientes un ciudadano ganó el primer amparo contra el registro obligatorio de líneas de la CRT y ese recurso legal podría replicarse. Además la abogada sugiere reportar las malas prácticas ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) o la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la cual absorbió las funciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. 

“El precedente de Aguascalientes es muy importante porque había una postura pesimista de que el amparo no servía para poder suspender el reloj en el caso del registro telefónico y el juez federal otorgó esa primera suspensión basándose en el derecho a la conectividad y en la privacidad”, dice la experta.