Caso María Elena Ríos: Corte analizará anulación del juicio que absolvió a Vera Carrizal

Animal Político · 19 de octubre de 2026

Caso María Elena Ríos: Corte analizará anulación del juicio que absolvió a Vera Carrizal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó este lunes atraer los amparos relacionados con el caso de María Elena Ríos, saxofonista que sobrevivió a un ataque con ácido en 2019, para analizar si fue válido que una jueza sustituta anulara el juicio oral en el que se había absuelto a Juan Antonio Vera Carrizal, expareja de la víctima y señalado como autor intelectual de la agresión, y a otros implicados.

Durante la sesión del Pleno, las ministras y los ministros aprobaron ejercer la facultad de atracción 566/2026, promovida por la ministra Loretta Ortiz Ahlf y el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, respecto de cinco amparos en revisión relacionados con el proceso penal.

Debate sobre la invalidez del fallo absolutorio

El asunto que analizará la Corte consiste en determinar si la jueza que sustituyó al juzgador que llevó la audiencia de juicio oral podía dejar sin efectos el fallo absolutorio y ordenar la anulación de todo el juicio cuando únicamente estaba pendiente la audiencia de lectura y explicación de la sentencia, así como la elaboración por escrito de la resolución.

Los ministros aclararon que la limitación operará exclusivamente al interior de los planteles educativos.
Foto: Cuartoscuro

La discusión se centrará en los alcances del principio de inmediación, que rige el desarrollo del juicio oral, y en las facultades de una persona juzadora sustituta cuando no estuvo presente durante el desahogo de las pruebas ni en la deliberación que llevó a la absolución de los acusados.

Trascendencia en violencia de género y debido proceso

Al presentar el asunto, la ministra Loretta Ortiz sostuvo que existen razones de interés y trascendencia para que el máximo tribunal intervenga, tanto por las implicaciones procesales del caso como por los derechos de la víctima.

“Estimo que la intervención de esta Suprema Corte permitiría precisar los alcances del principio de inmediación y determinar las atribuciones de un juez sustituto para dejar sin efectos un fallo absolutorio y ordenar la reposición de un juicio oral”, señaló durante la sesión.

Ortiz consideró que el caso también tiene relevancia por sus implicaciones para el debido proceso, la seguridad jurídica y el acceso a la justicia de las víctimas de violencia de género.

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Revisiones procesales sin tocar el fondo

El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz precisó que el análisis de la Corte no abordará todavía el fondo de las acusaciones por el ataque contra María Elena Ríos, sino las circunstancias procesales que llevaron a anular el juicio.

Explicó que, después de que se celebró la audiencia de juicio oral y se dictó una sentencia absolutoria, el juez que había presenciado las pruebas fue suspendido de sus funciones y sustituido por otra juzadora. Esta última argumentó que, al no haber estado presente en la audiencia, no podía poner por escrito la sentencia y determinó anular el juicio completo.

El presidente de la Corte indicó que el punto por resolver es precisamente la validez de esa actuación, sin dejar de lado la gravedad de los hechos que dieron origen al proceso penal.

Ministra de la SCJN Loretta Ortíz Ahlf en sesión
Ministra de la SCJN Loretta Ortiz Ahlf en sesión | Foto: Cuartoscuro

Impedimento de ministra por conocimiento previo

Antes de discutir la solicitud de atracción, el Pleno también resolvió por unanimidad que la ministra Sara Irene Herrerías Díaz estaba legalmente impedida para participar en el asunto, debido a que tuvo conocimiento de los hechos cuando se desempeñaba como titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República (FGR).

La ministra explicó que, durante su gestión, colaboró con la titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas para iniciar y dar seguimiento a las carpetas de investigación relacionadas con el caso. Por esa razón, solicitó apartarse de la discusión y resolución de los amparos.

Una vez resuelto el impedimento, el Pleno sometió a votación la solicitud de atracción. El secretario informó que existía mayoría de votos a favor y el ministro presidente declaró ejercida la facultad de atracción.

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El ataque con ácido en 2019

El ataque contra María Elena Ríos ocurrió el 9 de septiembre de 2019 en su domicilio, en Huajuapan de León, Oaxaca, donde fue agredida con ácido. Por estos hechos, Juan Antonio Vera Carrizal, su expareja y señalado como autor intelectual de la agresión, permanece en prisión preventiva desde 2020.

El 14 de agosto de 2024, el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió a Vera Carrizal y a otros dos implicados, al considerar que las pruebas presentadas no habían destruido la presunción de inocencia de los acusados. El juzgador ordenó su liberación.

Sin embargo, horas después, la jueza sustituta María Antonia Esteva, del Tribunal de Enjuiciamiento del Circuito Judicial de la Mixteca, dejó sin efectos la liberación y ordenó mantener la medida cautelar impuesta originalmente en la causa penal, por lo que Vera Carrizal debía continuar en prisión preventiva oficiosa.

La decisión de la SCJN de atraer los amparos permitirá revisar la actuación judicial que derivó en la anulación del juicio y establecer los alcances de las atribuciones de la jueza sustituta, así como la aplicación del principio de inmediación en esas circunstancias.

Foto: Cuartoscuro

Exigencia de justicia de la víctima

En mayo de 2026, María Elena Ríos había señalado que buscaba que la Suprema Corte revisara los amparos promovidos por Vera Carrizal para obtener su libertad. En ese momento, sostuvo que era necesario que los ministros analizaran esos recursos ante la falta de confianza de las víctimas en las autoridades de Oaxaca.

“Es necesario que estos amparos los vote la Suprema Corte para que los atraiga y se los niegue a Juan Antonio Vera”, declaró durante una manifestación en el Monumento a la Revolución, de acuerdo con la información publicada el 22 de mayo de ese año.

En esa misma ocasión, Ríos manifestó que estaba dispuesta a que el proceso se repusiera desde el principio si ello contribuía a que se resolviera su caso.

“Si la Suprema Corte de Justicia y la Fiscalía General de la República están de acuerdo en atraer el caso, estoy dispuesta a que se reponga desde el principio, como si hoy me hubieran atacado, como si fuera ese 9 de septiembre de 2019”, dijo.

Actualmente, Juan Antonio Vera Hernández, hijo de Vera Carrizal, permanece prófugo, mientras que dos probables autores materiales del ataque se encuentran detenidos.