PUB UNAM · 7 de octubre de 2026
Por Yolanda Alaniz Pasini*
Recientemente se ha planteado en redes sociales la eutanasia para un grupo de defines cautivos en Cancún, en condiciones de semiabandono en piscinas con mala calidad del agua; algunas personas proponen que se aplique la eutanasia para eliminar su sufrimiento. Así, la eutanasia ha sido invocada de distintas maneras para justificar la muerte de animales en cautiverio, fundamentalmente en zoológicos, pero también acuarios. En una columna de opinión anterior, mencioné el ejemplo del zoológico de Nuremberg, en Alemania, que decidió “eutanizar” a 12 babuinos saludables por cuestiones de sobrepoblación. A su vez, el zoológico de Aalborg, en Dinamarca, solicitó al público donar a sus mascotas para alimentar a los carnívoros, y a cambio ofreció “eutanizar amablemente” a las mismas a su ingreso.
En 2019, Canadá prohibió la reproducción y el cautiverio de mamíferos marinos a través del Acta para terminar con el cautiverio de ballenas y delfines. El acuario de Marineland, en Ontario, que albergaba 30 belugas en 2025 intentó exportarlas a Hong Kong, pero el gobierno de Canadá negó el permiso debido a las malas condiciones de los estanques. Ante esto los representantes de Marineland se declararon en bancarrota y amenazaron con “eutanizar” a todas las belugas. Se encendieron las luces rojas en todo el mundo y se lograron reubicar en delfinarios de Estados Unidos y España.
En los casos citados se generó una fuerte reacción adversa de la opinión pública. Algo en la conciencia colectiva decía que este tipo de decisiones son equivocadas, ya que implican dar muerte a animales por motivos distintos a la salud. La cuestión de fondo es conceptual y ética. Es necesario definir qué significa eutanasia, cuál es su objetivo y qué condiciones médicas y bioéticas deben cumplirse para que la muerte intencional de un animal pueda recibir legítimamente ese nombre.
El dar muerte a animales por motivos de manejo, ser sobrantes, no aptos genéticamente, necesidad de espacio, se fundamenta en el interés humano de eliminar a un animal por asuntos administrativos, de gestión o manejo. De esta forma, se ha abusado del término para matizar la muerte producida como un acto benéfico para el animal, pero sobre todo para suavizar ante el escrutinio público el acto de matar a un animal, legitimando la matanza.
El etólogo Marc Bekoff cuestionó fuertemente las muertes realizadas de esta forma en zoológicos. Advirtió que no deberían ser llamadas eutanasia. Bekoff acuñó el término “zootanasia” como una respuesta crítica frente y contra la práctica común de lo que él denominó “matanza planeada”. A diferencia de la eutanasia que tiene como objetivo eliminar el sufrimiento de un ser sintiente, la zootanasia tiene como objetivo eliminar al animal de la colección.
Veamos estos casos recientes en delfinarios en Estados Unidos, que tiene lineamientos rigurosos de eutanasia: un delfín macho nariz de botella de nombre ”Makai” fue eutanasiado en 2017 en los corrales de la Marina en San Diego debido a problemas severos en columna vertebral que le impedían mantenerse a flote y otras serias enfermedades relacionadas con su edad. Tras varios días de medicina crítica y de mantenerlo a flote en una camilla acuática, y sin posibilidades de curarlo se decidió eutanizarlo. El caso más reciente es la eutanasia de una delfín llamado Chelsea (47 años) en julio del 2026 en Six Flags Discovery en Vallejo, California. El diagnóstico oficial fue de “múltiples enfermedades crónicas recurrentes” y un “deterioro severo en su calidad de vida”.
Estos dos casos nos muestran un panorama muy diferente que nos permite la discusión bioética: eutanasia significa buena muerte. El objetivo no es dar muerte, sino evitar el sufrimiento del animal, cuando no hay ninguna otra medida para hacerlo, y no existe posibilidad de recuperación. Nace de la compasión y se basa en los principios de Beneficencia y No maleficencia que todo médico debiera cumplir. No se pretende alargar la vida a cualquier costo, sino proteger la dignidad y el bienestar del paciente. Cuando la medicina ya no puede ofrecer una recuperación razonable y solo prolonga el sufrimiento, la decisión más ética puede ser permitir una muerte humanitaria. La eutanasia es entonces el acto médico de ayudar a morir de la mejor manera posible a quien está en grave sufrimiento.
La eutanasia en delfines no se debe entender como una medida administrativa, económica o de conveniencia. Es un acto médico y bioético cuyo único propósito es poner fin, de manera humanitaria, a un sufrimiento irreversible cuando ya no existe una posibilidad razonable de recuperación ni de mantener una calidad de vida compatible con el bienestar animal. La calidad de vida no se determina por un solo parámetro, sino a partir de criterios clínicos objetivos integrales, evaluando diagnóstico, pronóstico, respuesta al tratamiento, progresión de la enfermedad, deterioro progresivo, alternativas y compromiso severo del bienestar.
Si existe enfermedad grave e irreversible, el pronóstico es desfavorable, las alternativas terapéuticas razonables se han agotado y continuar interviniendo únicamente prolongará el sufrimiento, las mejores prácticas veterinarias internacionales considerarían que la eutanasia puede constituir la alternativa más humanitaria. Pensar en eutanasia es un tema de estudio, caso por caso, con la participación de expertos en medicina veterinaria y en bioética.
En la legislación, que aplica específicamente a mamíferos marinos, que es la “Norma Oficial Mexicana 135 para la captura y manutención de mamíferos en cautiverio”, no se refiere a la eutanasia, lo que dejaría al arbitrio de los particulares la aplicación de la eutanasia o su contrario el encarnecimiento terapéutico o distanasia que es mantener vivo a un animal medicándolo aun en condiciones que ya no lo justifican; sin embargo, sí encontramos en México cierta legislación que ayuda a la toma de decisiones. Por una parte, la Norma Oficial Mexicana que regula los métodos para dar muerte a animales domésticos y silvestres define claramente la eutanasia como el procedimiento empleado para terminar con la vida de los animales, con el fin de que estos dejen de sufrir, por medio de la administración de agentes químicos o métodos mecánicos, que induzcan primero pérdida de la conciencia, seguida de paro cardiorrespiratorio, sin producirles dolor; cundo existan lesiones o enfermedades graves e incurables, así como por dolor o sufrimiento que no puedan ser aliviados.
Por otra parte, el Protocolo de Atención de Varamientos de Mamíferos Marinos, publicado en 2014, establece que la eutanasia se considerará como una opción únicamente cuando previo diagnóstico de un veterinario o experto en mamíferos marinos se determine que no existen alternativas para evitar el sufrimiento del animal y cuando sea necesario finalizar con el sufrimiento de un animal en condiciones irreversibles.
De esta forma, la eutanasia debe estar regulada en la Norma Oficial Mexicana NOM 135 SEMARNAT, 2004, ordenamiento que rige sobre mamíferos marinos en cautiverio. El marco conceptual bioético y legal está definido en los ordenamientos mencionados. Así, es necesario que se regule de manera cuidadosa para garantizar que se otorgue a los animales en cautiverio un trato digno en el final de una vida dominada por la explotación.♦
*Yolanda Alaniz Pasini es médica cirujana. Cursó las maestrías en Salud Pública y en Antropología Social, así como los posgrados en Bioética y en Desarrollo Sustentable. Se desempeñó como secretaria técnica de las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, tanto en el Senado de la República como en la Cámara de Diputados, y ha sido observadora o parte de la delegación mexicana ante la Comisión Ballenera Internacional y en CITES. Actualmente es consultora para Conservación de Mamíferos Marinos de México.
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