Panel del T-MEC determina "grave" violación de derechos laborales en mina Camino Rojo

Animal Político · 26 de marzo de 2026

Panel del T-MEC determina "grave" violación de derechos laborales en mina Camino Rojo

Un panel del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del  T-MEC, tratado comercial entre México-Estados Unidos-Canadá, determinó este jueves que existió una denegación “grave” de los derechos laborales en la mina de oro y plata Camino Rojo, ubicada en el municipio de Mazapil, Zacatecas, y operada por la firma canadiense Orla Mining, Ltd.

De acuerdo con la investigación, la administración de la mina “interfirió en las actividades sindicales de sus trabajadores mediante su intervención y actitud discriminatoria que favorecía a su sindicato preferido —el Sindicato Minas— sobre el sindicato titular en ese momento: Los Mineros”.

“El Panel observó además que la interferencia de Camino Rojo se vio agravada por actos de coacción e intimidación destinados a obligar a los trabajadores de Camino Rojo a desafiliarse de Los Mineros y afiliarse al Sindicato de Minas”.

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Ante ello, el fallo calificó a la empresa como la principal promotora de estas violaciones, al orquestar esfuerzos y utilizar actitudes discriminatorias para que los empleados se desafiliaran de su sindicato original.

Subrayó también que la intromisión patronal se vio agravada por actos de coacción y amenazas. Además, el panel enfatizó un factor: el conocimiento que tenían Orla Mining y Camino Rojo sobre la presencia del crimen organizado en la región aumentaba su responsabilidad de proteger a los trabajadores.

Lejos de resguardarlos, las acciones de la compañía resultaron insuficientes para frenar los actos de violencia, los despidos arbitrarios y las amenazas, lo que derivó en la creación de un profundo “clima de miedo” entre los mineros, quienes temían sufrir represalias si no apoyaban al sindicato impuesto por su empleador.

El embajador Jamieson Greer, representante Comercial de los Estados Unidos, señaló que el mecanismo del T-MEC es vital para garantizar que las empresas en México no obtengan ventajas injustas mediante la violación de derechos laborales de libre asociación y negociación colectiva.

Greer reiteró su intención de usar el mecanismo en su totalidad para hacer cumplir las obligaciones laborales de México en virtud del T-MEC.

Para remediar la situación, el panel propuso una serie de medidas, entre las que destacan:

  • Una disculpa pública.
  • Acciones para garantizar la plena libertad de asociación y negociación colectiva.
  • Acciones para garantizar la neutralidad en la mina en el trato a los sindicatos
  • Compromisos para promover los derechos de los trabajadores en la instalación, tales como medidas disciplinarias y fortalecimiento de las políticas de tolerancia cero.
  • Reincorporaciones, indemnizaciones, compensaciones.
  • Medidas de seguridad adicionales, capacitación y compromiso para prevenir violaciones recurrentes.

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México emite postura por determinación del panel del T-MEC

El gobierno federal expresó su desacuerdo con diversos elementos de la resolución. Las autoridades mexicanas argumentaron que el panel realizó una interpretación que excede los alcances del tratado comercial, particularmente al analizar hechos de posible naturaleza penal, utilizar estándares no previstos en el tratado y atribuir responsabilidades a sujetos distintos al patrón.

A través de un comunicado, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social hizo un llamado a que este mecanismo laboral se aplique con “absoluta sensatez y equilibrio”, advirtiendo que su implementación no debe “menoscabar las decisiones soberanas” ni las facultades exclusivas de las instituciones nacionales.

Recordó que entre 2024 y 2025 realizó diversas investigaciones, inspecciones y capacitaciones en la mina Camino Rojo. Asimismo, subrayó que la votación sindical de noviembre de 2024 fue legitimada con la participación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y posteriormente confirmada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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Foto: Pexels

Ante la resolución contra la minera, la dependencia destacó que el panel resolvió el caso parcialmente a su favor al rechazar la petición de Estados Unidos de anular la votación por la titularidad del contrato colectivo, en la cual prevaleció el “Sindicato Minas”.

El panel, señaló la Secretaría del Trabajo, “reconoció que carece de facultades para proponer la modificación de una resolución judicial mexicana, por lo que consideró que cualquier revisión del procedimiento de titularidad solamente podrá realizarse a través de los tribunales mexicanos”.

Por último, defendió la actuación “exhaustiva y verificable” de sus autoridades.