Jennifer Flores · 21 de julio de 2026
Usuarios en redes sociales aseguran que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cobra multas de 35 mil pesos a las personas que realizan transferencias a familiares a través de bancas móviles. Pero esto es falso.
Recibir dinero de un familiar o un amigo mediante una transferencia bancaria no genera automáticamente una sanción del SAT.
La multa de hasta 35 mil pesos se aplica únicamente si recibes más de 600 mil pesos durante todo un año en donativos o préstamos y estos se omiten en la Declaración Anual del titular de la cuenta de la persona.
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La exención de impuestos para las transferencias familiares y la obligación de declararlas se fundamentan en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y el Código Fiscal de la Federación (CFF), documentos oficiales que regulan estas operaciones bancarias.
El artículo 93, fracción XXIII de la LISR, estipula que los donativos entre cónyuges, o entre padres, hijos, abuelos y nietos, están completamente exentos del pago de impuestos sin importar el monto transferido.
Mientras que, para familiares indirectos como hermanos, tíos o primos, el inciso c) de este mismo artículo señala que el dinero está libre de impuestos solo si no supera el equivalente a tres veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual vigente, la cual equivale a 128 mil 383.92 pesos.
El artículo 90 de la LISR obliga a las personas físicas a informar al SAT en su declaración anual si recibieron préstamos, donativos o premios que sumen más de 600 mil pesos en el año. Si se omite este aviso, el dinero pierde su beneficio de exención y el SAT aplicará el Artículo 91 de la misma ley por “discrepancia fiscal”, cobrando el impuesto correspondiente más recargos por considerar que se ocultaron ingresos.
El origen de esta multa económica se encuentra en los Artículos 81 y 82, fracción I del Código Fiscal de la Federación. Estos artículos sancionan la omisión de declaraciones informativas u obligaciones fiscales con multas que ascienden hasta los 35 mil pesos por cada requerimiento no presentado.
Cabe destacar que el SAT no sabe de forma automática si una persona es familiar de otra. La autoridad fiscal se entera únicamente si se inicia un proceso de revisión o auditoría sobre las cuentas de las personas involucradas.
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