Daniela Martínez Martínez · 30 de abril de 2026
El 29 de abril, el Departamento de Justicia de Estados Unidos anunció la presentación de una acusación formal contra 11 funcionarios de Sinaloa, México, por presuntos vínculos con el Cártel de Sinaloa, entre ellos, el gobernador en funciones, Rubén Rocha Moya.
La solicitud de Estados Unidos para detener con fines de extradición al gobernador Rocha Moya ha abierto una pregunta central: ¿es posible extraditar a un gobernador en funciones en México?
De acuerdo con Leslie Idalia Jiménez Urzua, especialista en Derecho Penal y coordinadora de proyectos en Impunidad Cero, sí se puede extraditar a un gobernador en funciones, pero el obstáculo es el fuero, por lo que primero se tendría que iniciar un proceso de desafuero.
El fuero constitucional protege a algunos servidores públicos de ser procesados penalmente mientras están en su cargo, esto con el fin de evitar que se utilice la justicia como herramienta de presión política.
Esto significa que primero la Cámara de Diputados tendría que iniciar un juicio de procedencia —conocido como desafuero— en el que se investigue si existen elementos suficientes para retirarle esa protección.
Sin embargo, la especialista menciona que la Ley de Extradición mexicana no contempla de manera explícita el caso de servidores públicos con fuero, por lo que no establece con claridad cómo es este proceso cuando se trata de funcionarios que cuentan con dicha protección.
La doctora Virginia Petrova, del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana (IBERO) Ciudad de México, asegura que la solicitud presentada por autoridades estadounidenses debe cumplir con requisitos específicos establecidos tanto en el Tratado de Extradición entre Estados Unidos y México como en la Ley de Extradición Internacional mexicana.
El artículo 3 del Tratado Bilateral de Extradición establece: “Sólo se concederá la extradición si se determina que las pruebas son suficientes, conforme a las leyes de la Parte requerida (…)”.

Sobre este punto, Leslie Jiménez hace hincapié en que más que solo pruebas, se debe de contar con indicios que permitan establecer que hay un hecho delictivo y que la persona probablemente participó en él.
En este caso tendrían que ser proporcionados por las autoridades estadounidenses, ya que ellos realizaron este requerimiento.
“No es tanto el que se tengan pruebas, sino que se acredite que hay un hecho delictivo, que la persona señalada es probable partícipe de esto y, además, que hay una investigación que ya está acreditando que en efecto ese delito se dio”, explica la especialista.
Virginia Petrova señala que el artículo 12 del tratado bilateral permite al gobierno mexicano solicitar pruebas adicionales si considera que la evidencia inicial no es suficiente, lo que significa que la falta de pruebas no implica automáticamente una negativa de extradición, sino que abre la posibilidad de ampliar la investigación y fortalecer el expediente.
“Se informa que en los tratados vigentes hay provisiones específicas que establecen la confidencialidad de la información, por esta razón se enviará un extrañamiento a la Embajada de los Estados Unidos por la forma en que se dio a conocer”, dijo la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
De acuerdo con el Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos, la solicitud de extradición deberá informar si existe una orden de aprehensión de la persona, lugar y circunstancia de la comisión del delito e información sobre la identidad de la persona.
Asimismo, la persona acusada podrá ser liberada si dentro de un periodo de 60 días de su detención, la parte requerida no ha recibido la solicitud formal de extradición y los documentos necesarios.
En la conferencia mañanera del 30 de abril, la presidenta Claudia Sheinbuam explicó que es obligación de la Fiscalía, a través de la Fiscalía Especial para Asuntos Internacionales, analizar la documentación presentada por Estados Unidos con el fin de establecer si existen los elementos probatorios necesarios para que sea viable la solicitud de extradición.
“De manera paralela, la Fiscalía General de la República señaló que iniciará una investigación para allegarse de toda la información necesaria para conocer si existen datos de prueba que establezcan la eventualidad de que la acusación hecha por las autoridades estadounidenses cuenten con el fundamento legal para solicitar órdenes de aprehensión”, declaró la mandataria.
Aseguró que, en el caso de que haya pruebas contundentes e irrefutables, la solicitud deberá proceder conforme lo establece la ley. La presidenta expresó que, en caso de que no existan pruebas claras, significaría que las imputaciones tienen un fin político.
Por su parte, el Comité de Asuntos Exteriores de la Cámara de Representantes de Estados Unidos publicó en X que “si estás implicado en el tráfico de drogas hacia Estados Unidos, te haremos rendir cuentas. Esto es solo el comienzo.”

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Hasta el momento, las autoridades mexicanas siguen analizando los elementos presentados por Estados Unidos y aún no se tiene registro de que la Cámara de Diputados haya iniciado un proceso de desafuero del gobernador Rubén Rocha.
