Quiénes sí y quiénes no tendrán home office el día de la inauguración del Mundial 2026 en CDMX

Redacción Animal Político · 9 de junio de 2026

Quiénes sí y quiénes no tendrán home office el día de la inauguración del Mundial 2026 en CDMX

El gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto para suspender labores presenciales y aplicar esquemas de home office en la Ciudad de México el próximo 11 de junio, día de la inauguración del Mundial 2026.

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Sin embargo, esta medida no aplica para todo el mundo. El decreto que otorga home office a los ciudadanos de la capital aplica únicamente a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, es decir, a quienes trabajan para el gobierno. 

En el caso de las empresas privadas, el decreto no obliga a establecer home office, únicamente las exhorta, por lo que será decisión de cada empleador si permite o no realizar el trabajo en modalidad virtual, a distancia o con alguna modalidad flexible. 

Persona trabajando en una laptop
Trabajo a distancia solo será obligatorio para algunas personas | Foto: Cuartoscuro

Quienes sí suspenden completamente labores serán maestros y estudiantes de la Ciudad de México. Todas las escuelas preescolar, primaria, secundaria, normales, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública, ya sean públicas o privadas, no tendrán clases ni actividades de ningún tipo. 

La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) también anunció la suspensión de todas sus actividades el próximo jueves 11 de junio. Mientras que la Universidad Autónoma de México (UAM) informó que únicamente su sede de Xochimilco no laborará. 

Alumnos toamndo clase de universidad
Escuelas públicas y privadas suspenderán clases por inauguración del Mundial | Foto: Cuartoscuro

¿Quiénes no podrán hacer home office el día de la inauguración del Mundial?

Aunque el decreto establece que las personas que laboren para el gobierno podrán hacer home office el día del mundial, no aplica para todo el mundo. 

La medida no aplicará para quienes trabajen en las siguientes actividades:

  • Las relacionadas con la prestación de servicios de salud, atención médica, emergencias sanitarias, protección civil y atención de desastres.
  • Las de seguridad nacional, seguridad pública, protección ciudadana, control migratorio, aduanero, así como aquellas indispensables para la preservación del orden público.
  • Las necesarias para la operación, supervisión, regulación y prestación de servicios estratégicos y de infraestructura crítica, incluyendo los servicios de transporte terrestre, ferroviario, marítimo y aéreo; movilidad y gestión vial; telecomunicaciones.
  • Las relacionadas con el suministro de energía eléctrica, hidrocarburos, combustibles, agua potable y saneamiento; así como los servicios logísticos y de conectividad requerida para el desarrollo de los eventos asociados a la Copa Mundial de la FIFA 2026.
  • Las que tengan que ver con la organización, coordinación, atención, seguridad, movilidad, protección civil, inspección, supervisión y demás acciones gubernamentales necesarias para la celebración de la Copa Mundial de la FIFA 2026.
  • Las funciones indispensables para la operación de programas sociales, trámites, servicios públicos prioritarios y atención directa a la población cuya prestación no pueda realizarse mediante medios electrónicos o remotos. 
  • Las demás actividades que, por su naturaleza, requieran la presencia física de las personas servidoras públicas para garantizar la continuidad de los servicios públicos, el cumplimiento de las atribuciones institucionales o la atención de situaciones urgentes o extraordinarias.

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