Guardia Nacional podrá arrestarte e imponer multas de tránsito: estas son sus nuevas facultades

Redacción Animal Político · 2 de junio de 2026

Guardia Nacional podrá arrestarte e imponer multas de tránsito: estas son sus nuevas facultades

La Guardia Nacional ahora tendrá participación directa en temas relacionados con tránsito y operación vial dentro de carreteras y puentes de jurisdicción federal.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este martes el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

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Los elementos de la Guardia Nacional tendrán la facultad de inspeccionar vehículos, dirigir el tránsito, verificar sistemas de frenado, emitir dictámenes técnicos y elaborar actas-convenio en hechos de tránsito.

También pueden sancionar a los usuarios de vías federales que infrinjan el reglamento sobre el tránsito en las carreteras federales del país.

Guardia Nacional ya puede arrestarte y multarte en carreteras
La Guardia Nacional podrá sancionar a las personas usuarias de las vías federales que infrinjan las disposiciones de este Reglamento. Foto: Cuartoscuro.

De acuerdo con el decreto, los elementos de la Guardia Nacional apoyarán al personal de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para llevar a cabo la verificación de los conductores de vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y transporte privado.

Entre las facultades actualizadas de la Guardia Nacional está que puedan realizar amonestaciones verbales en las que advierta al conductor, pasajeros o peatones sobre el incumplimiento cometido a las disposiciones contenidas en el reglamento.

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Además, señala que coadyuvará con las autoridades investigadoras de los delitos, mediante la persecución y detención de personas en el caso de flagrancia y prestará, en general, el apoyo que le sea solicitado por autoridades.

Guardia Nacional ya puede arrestarte y multarte en carreteras
La Guardia Nacional ya puede hacer funciones de transito en carreteras y puentes federales. Foto: Cuartoscuro.

El decreto expone que cuando los conductores se opongan a las órdenes de la GN emitan en los términos del presente Reglamento y demás disposiciones aplicables, o bien, cuando se resistan al cumplimiento de sus indicaciones, los uniformados procederán a su inmediata detención y presentación ante el Ministerio Público.

Podrán solicitar al conductor la entrega de la licencia para conducir y la tarjeta de circulación, así como, en su caso, la demás documentación inherente al servicio que preste, para su verificación y devolución al conductor, y en caso de que proceda la multa, la persona integrante de la Guardia Nacional llenará la boleta de infracción, asentando con letra completamente legible la información que el formato requiera y fijará al infractor la sanción que corresponda.