Redacción Animal Político · 2 de junio de 2026
La Guardia Nacional ahora tendrá participación directa en temas relacionados con tránsito y operación vial dentro de carreteras y puentes de jurisdicción federal.
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este martes el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.
Los elementos de la Guardia Nacional tendrán la facultad de inspeccionar vehículos, dirigir el tránsito, verificar sistemas de frenado, emitir dictámenes técnicos y elaborar actas-convenio en hechos de tránsito.
También pueden sancionar a los usuarios de vías federales que infrinjan el reglamento sobre el tránsito en las carreteras federales del país.

De acuerdo con el decreto, los elementos de la Guardia Nacional apoyarán al personal de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para llevar a cabo la verificación de los conductores de vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y transporte privado.
Entre las facultades actualizadas de la Guardia Nacional está que puedan realizar amonestaciones verbales en las que advierta al conductor, pasajeros o peatones sobre el incumplimiento cometido a las disposiciones contenidas en el reglamento.
Además, señala que coadyuvará con las autoridades investigadoras de los delitos, mediante la persecución y detención de personas en el caso de flagrancia y prestará, en general, el apoyo que le sea solicitado por autoridades.

El decreto expone que cuando los conductores se opongan a las órdenes de la GN emitan en los términos del presente Reglamento y demás disposiciones aplicables, o bien, cuando se resistan al cumplimiento de sus indicaciones, los uniformados procederán a su inmediata detención y presentación ante el Ministerio Público.
Podrán solicitar al conductor la entrega de la licencia para conducir y la tarjeta de circulación, así como, en su caso, la demás documentación inherente al servicio que preste, para su verificación y devolución al conductor, y en caso de que proceda la multa, la persona integrante de la Guardia Nacional llenará la boleta de infracción, asentando con letra completamente legible la información que el formato requiera y fijará al infractor la sanción que corresponda.