Daniel Medrano · 28 de noviembre de 2025
Un usuario de TikTok difundió un video en el que supuestamente Antonio Martínez Dagnino, titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa que el gobierno de México impondrá la prisión preventiva oficiosa a los comerciantes informales.
Sin embargo, la información contenida en dicha publicación es falsa, pues en realidad lo que dijo el jefe del SAT es que la medida cautelar busca aplicarse a personas que crean empresas fachada para emitir comprobantes fiscales —facturas— falsos, una resolución que ya fue aprobada por el Congreso.
En el video desinformante que se viralizó en TikTok aparece Antonio Martínez diciendo que “se está proponiendo prisión preventiva oficiosa para todas esas personas que no son contribuyentes”, y el usuario que hizo la publicación añade que se refiere a los comerciantes informales.
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La secuencia en donde aparece Antonio Martinez es un fragmento de la conferencia mañanera que se llevó a cabo el 9 de octubre, pero en ningún momento se anuncia que se impondrá prisión preventiva oficiosa a comerciantes informales. Lo que realmente se menciona es que la medida busca imponerse a los denominados factureros o personas que emiten comprobantes fiscales falsos.
El clip desinformante que circula en TikTok ya acumula más de 13,000 “me gusta”, cuenta con más de 1,900 comentarios y se ha reproducido arriba de 327,000 veces.
De acuerdo con los últimos datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en octubre de 2025 la población ocupada en la informalidad laboral fue de 33.9 millones de personas y la tasa de informalidad laboral se estableció en 55.7 % de la población ocupada.
El Sabueso realizó una búsqueda inversa con Google Lens con los primeros fotogramas del video en donde aparece Antonio Martinez, y uno de los resultados nos llevó a la conferencia mañanera que se realizó el 9 de octubre de 2025.
Al revisar la participación del titular del SAT durante la mañanera nos dimos cuenta de que el video desinformante que circula en TikTok está cortado y no aparece todo lo que menciona Antonio Martínez. Y no solo eso, pues el usuario añadió información falsa como que se busca imponer prisión preventiva oficiosa a comerciantes informales.
La presentación de Antonio Martínez Dagnino en la conferencia de prensa fue para dar a conocer una serie de medidas orientadas a fortalecer el control fiscal y combatir la evasión de impuestos mediante el uso de facturas falsas.
Dentro de las disposiciones se encuentra un procedimiento administrativo abreviado, con una duración máxima de 24 días, en el que se podrá suspender el sello digital de facturación desde el inicio del proceso, así como la aplicación de prisión preventiva oficiosa para quienes emitan comprobantes fiscales falsos.
En la conferencia, Martínez Dagnino detalló que las disposiciones serían presentadas ante el Congreso para modificar el Código Fiscal de la Federación, por lo que el 15 de octubre fueron aprobadas las reformas a dicho código en la Cámara de Diputados. Días después, el 28 de octubre, se avalaron en el Senado, con lo que se concretó la prisión preventiva oficiosa o de dos a nueve años de prisión por el delito de emitir o recibir comprobantes fiscales falsos.
Visitamos el sitio web de la Cámara de Diputados y en las últimas actualizaciones que presentaron no hay información de que se hubiera aprobado o esté en espera de votación ninguna reforma o decreto que permita aplicar prisión preventiva oficiosa en contra de comerciantes informales.
Realizamos una búsqueda en Google con las palabras clave “prisión preventiva oficiosa” y “comerciantes informales”, pero no encontramos ningún comunicado ni nota de prensa que avalara que se haya autorizado la medida o que esté en proceso de aprobación.
El 31 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma constitucional que amplió el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
De acuerdo con lo que establece la reforma constitucional, un juez puede ordenar la medida cautelar en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorsión, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales y robo de transporte en cualquier modalidad.
También aplica para corrupción, tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas de fuego y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley.
En conclusión, es falso que se vaya a imponer prisión preventiva oficiosa a los comerciantes informales; la medida fue propuesta y posteriormente aprobada para personas que crean empresas fachada para emitir comprobantes fiscales apócrifos.
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