Redacción Animal Político · 30 de octubre de 2025
Dos días después de que se anunció que una jueza determinó que es ilegal que la Guardia Nacional detenga a conductores de servicios de transporte por aplicación en los aeropuertos, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) aclaró que dichas plataformas —como Uber— no cuentan con autorización para ofrecer este tipo de servicios en zonas federales.
A través de un comunicado difundido este jueves, la dependencia, a través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), informó que “los servicios que se brindan a través de las empresas de aplicación no cuentan con autorización expedida por la secretaría para prestar estos servicios de transportación”.

La SICT explicó que la empresa Uber promovió un amparo “derivado de los operativos que realiza la Guardia Nacional en los aeropuertos del país por carecer la autorización respectiva”.
En ese contexto, el Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México otorgó una suspensión que obliga a las autoridades a realizar los operativos “conforme a la normatividad establecida en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y el Reglamento correspondiente aplicable, evitando que estos sean arbitrarios y discriminatorios”.
No obstante, la dependencia subrayó que dicha resolución “no implica una autorización para la prestación de estos servicios”.
El pasado martes, Uber anunció que, con base en la suspensión definitiva otorgada por la jueza federal, sus conductores ya no podrían ser detenidos mientras transportan usuarios hacia o desde los aeropuertos del país.
La empresa indicó en un comunicado que la resolución “confirma que es ilegal detener a los conductores que realizan viajes a través de su plataforma cuando se encuentren dejando o recogiendo usuarios en los aeropuertos de México”, aunque precisó que el juicio de amparo aún no se resuelve de manera definitiva.
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“Con esta medida, los conductores que estén realizando viajes usando la app de Uber, en los más de 70 aeropuertos del país, no podrán ser detenidos por autoridades en la zona federal de los aeropuertos, en lo que se resuelve el juicio de amparo”, señaló la compañía.
Uber también pidió al Congreso de la Unión legislar sobre el tema para permitir el acceso de las plataformas a los aeropuertos federales, argumentando que ello “mejoraría el ecosistema turístico nacional e internacional”.
Antes de la suspensión judicial, las autoridades aeroportuarias habían restringido el acceso de las aplicaciones de transporte. Desde septiembre de 2024, el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) determinó que los usuarios solo podían abordar unidades de Uber, Didi u otras plataformas fuera de las terminales 1 y 2.
En la Terminal 1, el punto autorizado se ubicó en el Circuito Interior Boulevard Puerto Aéreo, a unos metros de la estación Terminal Aérea del Metro; mientras que en la Terminal 2, se estableció en la Avenida Fuerza Aérea Mexicana.
Con la nueva resolución judicial —aunque provisional—, los conductores de aplicaciones no podrían ser detenidos por la Guardia Nacional ni por otras autoridades federales mientras suben o bajan pasajeros en las zonas aeroportuarias.