Redacción Animal Político · 13 de diciembre de 2024
Tener activado el Buzón Tributario del Servicio de Administración Tributaria (SAT) es una obligación para algunos contribuyentes desde el 2020; sin embargo se estableció una ampliación del plazo para registrar tus medios de contacto que está a punto de vencer.
A partir del 1 de enero de 2025 el SAT podrá multar a algunos contribuyentes por no tener habilitado su Buzón Tributario y por no tener registrados o actualizados sus medios de contacto.
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De acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la multa en alguno de los casos anteriores va de 3 mil 850 a 11 mil 540 pesos.
El sitio web del SAT señala que todas las personas físicas y morales inscritas al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben tener habilitado su Buzón Tributario.
Las únicas excepciones son:

En tanto, el SAT tiene la opción de tener o no activado el Buzón Tributario a aquellas personas cuyo ingreso de sueldos y salarios, así como asimilados a salarios en el ejercicio fiscal anterior sea de menos de 400 mil pesos. En caso de que hayas tenido ingresos mayores a este monto sí es obligatorio que des de alta tus datos.
Tampoco están obligados, aunque tienen la opción de registrarse, las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos.
Ahora que sabemos que para una gran mayoría de la población contribuyente es obligatorio contar con el Buzón Tributario surge la pregunta, ¿qué es y para qué sirve?
“El Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, y tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura”, señala el SAT.
Entre las ventajas de tener el Buzón Tributario activado, además de evitar una multa, están:
Para habilitar tu Buzón Tributario solo debes ingresar al sitio web del SAT y dar click en donde dice “Buzón Tributario”, también puedes ir dando click aquí.
Una vez en la página deberes acceder con tu RFC y contraseña o con tu e.firma vigente.

Ya que hayas iniciado sesión elige la opción que dice “Configuración” y llena el formulario que te aparecerá a continuación con los medios por los que te pueden contactar. Deberás colocar un correo electrónico al que tengas acceso y tu teléfono celular.
Una vez concluido el proceso deberás confirmar los medios de contacto que colocaste. Deberás hacer este paso en menos de 72 horas después de iniciar el proceso, de lo contrario no se realizará correctamente.
Recibirás un correo electrónico con una liga, solo debes darle click y te llevará a una página de confirmación.
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En el caso del teléfono celular recibirás un código vía mensaje de texto, el cual deberás ingresar en el apartado de Configuración de tu Buzón Tributario.
Una vez terminado el proceso ya tendrás activado el buzón y estarás libre de multas de esta índole. En caso de que se te presente alguna duda puedes llamar al 55 627 22 728 de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.