Reparto de utilidades 2024: Te contamos qué son y cuándo es el pago de este año

Redacción Animal Político · 17 de abril de 2024

Reparto de utilidades 2024: Te contamos qué son y cuándo es el pago de este año

Prepara la cartera porque te vamos a explicar qué son y cuándo toca el reparto de utilidades de 2024 para las y los trabajadores.

Para empezar, el reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

Para ello, la o el trabajador deberá tener por lo menos 60 días laborando en la empresa, además, está deberá contar con un año más de antigüedad y una utilidad neta de más de 300 mil pesos.

De acuerdo con la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada.

reparto de utilidades 2024
Foto: Pixabay

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¿Cuándo es el pago este año y cómo se calcula?

Según lo establecido por la Secretaría del Trabajo, los empleados deben recibir el pago de sus utilidades entre el 1 de abril y el 30 de mayo en caso de que laboren para una persona moral (empresa).

Mientras que las personas que trabajan para una persona física deben recibir el pago de este derecho a más tardar el 29 de junio.

Para poder llegar a la cantidad que corresponde a cada trabajador, se debe considerar tanto el sueldo percibido como los días trabajados durante ese período.

El monto a repartir se divide en dos: la primera mitad será distribuida entre los trabajadores de acuerdo a los días trabajados en el año y la segunda parte se aplicará proporcional al nivel de ingresos.

Una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón formulará un proyecto que determine la participación de cada trabajador y lo fijará en un lugar visible en el establecimiento.

Si los representantes de los trabajadores y del patrón no se ponen de acuerdo, el Inspector de Trabajo tomará la decisión.

Los trabajadores tendrán un plazo de 15 días para hacer las observaciones que juzguen convenientes; las objeciones serán resueltas por la comisión dentro de un plazo de quince días.

Sin embargo, una medida que fue recientemente aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fue el topado de utilidades a tres meses de salario o el promedio del pago recibido en los últimos tres años, siendo esta la cantidad más alta que podría recibir.

reparto de utilidades 2024
Foto: Pixabay

¿Quiénes NO están obligados a realizar el reparto de utilidades?

  • Las empresas de nueva creación
  • Las instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios;
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia;
  • Las empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

¿Quiénes NO tienen derecho a recibir esta prestación?

  • Los trabajadores domésticos;
  • Los trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de sesenta días en el ejercicio;
    Directores, Administradores y Gerentes Generales, así como socios o accionistas de la empresa
  • Profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado

Los empleadores deben entregar a los representantes de los trabajadores una copia de la declaración fiscal anual, en la cual se señala el monto que corresponda a la participación de utilidades del ejercicio.

¿A quién acudir de no recibir el pago de utilidades?

En caso de que corresponda pago de utilidades y no haya sido recibido en las fechas estipuladas, podrás levantar una queja en persona, teléfono o correo electrónico, en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

En una segunda instancia, se podrá reclamar el reparto de utilidades a través de la Junta de Conciliación y Arbitraje.