Reforma a Ley de Amparo restringe derechos con ambigüedades y límites a suspensiones: Centro Prodh

Redacción Animal Político · 2 de octubre de 2025

Reforma a Ley de Amparo restringe derechos con ambigüedades y límites a suspensiones: Centro Prodh

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) advirtió que la reforma a la Ley de Amparo aprobada este miércoles en el Senado representa un retroceso en el acceso a la justicia y en la defensa de los derechos humanos en México, al imponer restricciones al interés legítimo y limitar la figura de la suspensión con criterios ambiguos como “lesión jurídica” e “interés social”.

En un hilo publicado este jueves en la red social X, la organización señaló que, aunque la iniciativa fue modificada tras el parlamento abierto en la que fue discutida, persisten disposiciones que debilitan el juicio de amparo, considerado el principal recurso ciudadano para enfrentar actos de autoridad que violen derechos fundamentales.

“El dictamen aprobado incluye restricciones al interés legítimo, con conceptos ambiguos como ‘lesión jurídica’; así como la limitación de la suspensión de actos con el indeterminado ‘interés social’, que podrían dejar a la ciudadanía y organizaciones desprotegidas frente a abusos de autoridad”, expuso el Centro Prodh.

Lee: Senado modifica iniciativa sobre amparo enviada por Sheinbaum; precisan interés legítimo colectivo

Según el Centro Prodh, la reforma introduce requisitos que en la práctica podrían impedir que comunidades, grupos ambientalistas o defensores de derechos humanos accedan a esta vía judicial.

La inclusión de términos como “lesión jurídica” —señaló la organización— genera incertidumbre al no estar claramente definido, lo que amplía el margen de discrecionalidad de jueces y tribunales para rechazar recursos.

Suspensión de actos, condicionada al “interés social”

Otra preocupación es la limitación a la suspensión de actos de autoridad, que ahora dependerá de un criterio genérico de “interés social”. De acuerdo con el análisis del Centro Prodh, esta redacción es vaga y puede ser utilizada para negar suspensiones en casos donde estén en juego derechos colectivos, como los relacionados con el medio ambiente, proyectos de infraestructura o protestas sociales.

“La reforma no es un avance sustantivo para el acceso a la justicia y, por el contrario, restringe los medios para la protección y garantía de los derechos”, advirtió el organismo.

También lee: Reforma de Sheinbaum a Ley de Amparo, “pensada en las autoridades”; en riesgo acceso a la justicia, advierten

Retroactividad, un punto en disputa

El dictamen también incluyó un artículo transitorio que establece que las nuevas reglas se aplicarán incluso en juicios de amparo ya iniciados. Esta disposición, promovida de última hora por la mayoría oficialista en el Senado, fue calificada de anticonstitucional por legisladores de oposición al contravenir el artículo 14 de la Constitución, que prohíbe la retroactividad en perjuicio de persona alguna.

Foto: Cuartoscuro

La presidenta Claudia Sheinbaum se desmarcó de esa medida durante su conferencia matutina de este jueves y pidió a la Cámara de Diputados revisar el transitorio. “Nosotros enviamos una iniciativa que no tenía este agregado que le hicieron en el Senado. Primero, hay que respetar la Constitución. La Constitución establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes”, subrayó.

Sheinbaum puntualizó que su propuesta original no contemplaba esa disposición y sostuvo que los juicios en curso deben resolverse bajo la legislación vigente al momento de su inicio: “Tienen que seguir con las leyes anteriores, porque ya es un procedimiento previo. No hay retroactividad en las leyes”.

Tras la votación en el Senado, donde la reforma se aprobó con 76 votos a favor y 39 en contra, el dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados. Ahí se definirá si se mantiene el polémico transitorio de retroactividad y si se introducen ajustes a las disposiciones cuestionadas.