Animal Político · 11 de julio de 2026
La activista tras de Colima Fenty Law se convirtió en la primera persona en recibir una credencial del Instituto Nacional Electoral (INE) que reconoce la autoadscripción como afromexicana.
La información fue dada a conocer por la consejera electoral Carla Humphrey, quien además reconoció a la activista por su trabajo a favor de los derechos de las personas de la diversidad sexual y de las comunidades afromexicanas.
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“Con esta medida se busca contribuir en la visibilizacion de los grupos históricamente discriminados como han sido los indígenas y afromexicanos”, señaló a través de redes sociales.

Fenty Law señaló que este reconocimiento constituye un paso importante hacia una sociedad más incluyente y respetuosa de la diversidad, al considerar que las personas pueden ser reconocidas en todas las dimensiones de su identidad.
Desde junio, en la Credencial para Votar se pueden incluir dos elementos más: identidad de género autopercibida y autoidentificación indígena y/o afromexicana, determinó el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), al aprobar esta viabilidad y fortalecer así el reconocimiento de la identificación de la ciudadanía y garantizar el respeto a los derechos y la no discriminación.
Humphrey Jordan señaló que la incorporación de los nuevos elementos de identidad permitirá al INE contar con información que fortalezca la planeación institucional y una comprensión más precisa de la composición del electorado, en congruencia con el reconocimiento constitucional de los pueblos y comunidades indígenas y el derecho a la libre autoidentificación.
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Añadió que estos avances representan un paso hacia una credencial más incluyente, alineada con los principios del artículo primero constitucional, bajo criterios de voluntariedad y pleno respeto a la protección de datos personales, reafirmando el compromiso institucional de avanzar de manera responsable para que este documento siga siendo un símbolo de confianza, igualdad e inclusión.
En materia de identidad de género autopercibida, cada persona podrá decidir si desea que en el documento se visualice el campo de Sexo o el de Género. Cuando así lo solicite, deberá proporcionar la información de su identidad de género autopercibida y elegir entre las siguientes siglas: “M” para Mujer, “H” para Hombre o “NB” para persona “No binaria”.
Sobre la autoidentificación indígena y/o afromexicana, se estableció que es jurídicamente viable incorporar este dato en la CPV, siempre que se conciba como un elemento subjetivo de identidad, basado exclusivamente en la manifestación consciente de la persona.
Además, este dato tendrá efectos únicamente declarativos, no generará derechos político-electorales diferenciados ni podrá utilizarse como elemento para acreditar el cumplimiento de acciones afirmativas indígenas en el registro de candidaturas.