Arranca plan de SEP para ofrecer alimentos saludables; estas son las sanciones por vender chatarra

Redacción Animal Político · 31 de marzo de 2025

Arranca plan de SEP para ofrecer alimentos saludables; estas son las sanciones por vender chatarra

Este lunes comenzó la implementación de la estrategia “Vive saludable, vive feliz”, elaborada por la Secretaría de Educación Pública (SEP), en las escuelas de todo el país, para que los alumnos puedan acceder a alimentos saludables.

Los lineamientos que contemplan la preparación y distribución de alimentos en las escuelas y el fomento de la vida saludable, entraron en vigor este sábado 29 de marzo, sin embargo, su aplicación comenzó hoy con los alumnos en las aulas escolares. La secretaría federal también contempla sanciones para quien los incumpla. 

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¿Qué alimentos se venderán en los planteles?

La SEP determinó que las cooperativas y tiendas escolares deberán priorizar el consumo de alimentos y bebidas naturales, locales y de temporada, y evitar aquellos que sean industrializados o ultraprocesados y que contengan sellos o leyendas de advertencia.

Las frutas que se podrán vender en diferentes preparaciones en los planteles son:

  • Sandía, melón, naranja, mango, piña, papaya, tuna, plátano, uvas, manzana, arándanos, anona, apipisco, jinicuil, caimito, canisté, capulín, carambolo, cereza roja, chabacano, chicozapote, chinini, chirimoya, ciruela, coco, coyol, dátil, durazno, frambuesa y fresa.
  • Frutas secas, granada, guanábana, guaya, guayaba, higo, kiwi, berenjena, lima, mamey, mandarina, naranja china, maracuyá, nanche, níspero, pera, piñuela, pitahaya, pomarrosa, saramuyo, tamarindo, tejocote, toronja, xoconostle, zapote, zarzamora y xoconostle.
La estrategia del gobierno de Sheinbaum contra el consumo de drogas
Mario Delgado, titular de la SEP y la presidenta Claudia Sheinbaum. Foto: Presidencia.

Mientras que las verduras contempladas para platillos y preparaciones serán:

  • Jícama, pepino, zanahoria, acelga, apio, berro, betabel, brócoli, cabuche, calabacita, calabaza (amarilla o verde), cebolla, cebollín, champiñón, chaya, chayote, chipilin, chícharo, chilacayote y diferentes tipos de chiles.
  • Cilantro, clavitos, col, coliflor, ejote, espinaca, izote, gachupines, germinados, elote, haba, hoja santa, huazontle, huitlacoche, jitomate, lechuga, nabo, nopales, papaloquelite, pimiento, poro, quelites, quintolines, rábano, romeritos, verdolagas y tornachile.

Y para que los alumnos puedan tomar:

  • Agua simple potable, agua de fruta (sin azúcar), pozol, atole y champurrado.

¿Qué es lo que no se puede ofrecer en las escuelas?

El titular de la SEP, Mario Delgado, ha afirmado que los problemas obesidad que padecen 5.7 millones de estudiantes, entre 5 y 11 años, y 10.4 millones de alumnos, entre los 12 y 19 años, están relacionados con el consumo de refrescos y productos ultraprocesados.

Ante esta situación, en las  escuelas del país quedan prohibidos productos como:

  • Cacahuates, frituras de harina, donas, flanes, hamburguesas, hot dogs, jugos de caja, néctares, refrescos o bebidas gasificadas, además de papas fritas, pasteles, pizza, chicharrones, cueritos,  frutas en almíbar, crema entera o media crema, dulces o golosinas, paletas o helados de crema, aguas de sabor industrializadas, leches saborizadas, nachos con queso o botanas industrializadas.

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Las sanciones

El gobierno de México afirmó que serán sancionados los funcionarios o encargados de cooperativas que efectúen actividades que pongan en riesgo la salud o la seguridad de los alumnos o que menoscaben su dignidad, de acuerdo con lo contemplado en la Ley General de Salud y la Ley General de Educación.

Además, queda prohibida la publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional y alta densidad energética, dentro de los centros escolares, estableció el gobierno de México.

De acuerdo con el plan de la SEP y la Ley General de Educación, las multas para quienes presten servicios educativos y no cumplan con los lineamientos podrán ser equivalentes a un máximo de 15 mil UMAs, alrededor de un millón 697 mil 100 pesos.

Mientras que la Ley General de Salud contempla sanciones administrativas para quienes incumplan con los lineamientos establecidos, que van desde amonestaciones, multas, clausuras temporales y el arresto hasta por 36 horas.