Erica Mora · 2 de febrero de 2024
Después de 18 años de casados y de haber procreado dos hijos, una pareja se divorció. En su demanda, él solicitó que ella desalojara el inmueble donde vivieron durante el matrimonio y se negó a pagarle una compensación económica y una pensión alimenticia, a pesar de que ella se dedicó principalmente al trabajo del hogar y al cuidado de los hijos.
Al resolver el asunto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó que se le otorgue a ella la pensión alimenticia y la compensación económica, sin imponerle la obligación de demostrar con pruebas que efectivamente se dedicó principalmente a las labores del hogar y de cuidado de las hijas y los hijos, y que tiene la necesidad de recibir alimentos, pues existe la presunción de que dice la verdad.
Por primera vez la Corte, en el Amparo Directo en Revisión 6433/2022, destaca que en los procedimientos familiares en los que se demande el otorgamiento de una pensión alimenticia o una compensación económica como consecuencia del divorcio, existe una presunción en favor del cónyuge que asegura haberse dedicado a las labores del hogar y de tener la necesidad de recibir alimentos y, en consecuencia, corresponde al cónyuge demandado ofrecer las pruebas que estime necesarias para demostrar lo contrario.
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La sentencia señala que la compensación económica busca reparar el desequilibrio económico y patrimonial ocasionado al cónyuge (normalmente la mujer) que, al dedicarse en mayor medida que la otra parte a las labores domésticas y familiares, tuvo menos oportunidades para desenvolverse profesionalmente, pues dispuso de menor tiempo y energía para dedicar a su preparación profesional; a un trabajo remunerado; e incluso a actividades lúdicas o recreativas que impulsaran su desarrollo personal.
Y es que las mujeres dedican 67 por ciento de su tiempo total a la semana para realizar trabajos no remunerados en los hogares, mientras que los hombres dedican sólo el 28 por ciento, de acuerdo con la más reciente Encuesta Nacional del Uso del Tiempo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Además, las mujeres trabajan en promedio 94 horas a las semana, distribuidas entre trabajos remunerados y de cuidados, según el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), un centro de investigación en política pública.
En términos monetarios, el INEGI estimó en 2021 que el valor económico de las labores domésticas y de cuidados alcanzó el monto de 6.8 billones de pesos, lo que equivale al 26.3 por ciento del Producto Interno Bruto nacional.
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También el INEGI encontró que las mujeres aportaron 2.6 veces más al valor económico que los hombres por sus actividades de labores domésticas y de cuidados en el hogar.
Así, cada mujer realizó trabajo no remunerado en labores domésticas y de cuidados equivalente a 71 mil 524 pesos anuales, mientras cada hombre hizo actividades similares equivalentes a tan solo 28 mil 831 pesos.