Dulce Ramos · 27 de agosto de 2013

El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) impuso una multa de dos millones 493 mil 200 pesos a Operadora Oceánica Internacional, S.A. de C.V., por violar la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP).
[contextly_sidebar id=”36f490f5426f827e10edd9c46fd953af”]La sanción fue acordada por unanimidad del órgano colegiado, después de que el instituto tuvo conocimiento de que en una nota periodística del 18 de mayo de 2011 se hicieron públicos los datos de una persona que “presuntamente” había sido paciente del “Centro de Rehabilitación Oceánica”.
En dos ocasiones, el 23 de mayo de 2011 y el 12 de julio de 2011, el Ifai solicitó a la empresa un informe relacionado con dicha publicación, pero no atendió ninguno de ellos.
Ante la negativa, el Ifai ordenó una visita de verificación a Operadora Oceánica Internacional, S.A. de C.V., en sus instalaciones de Mazatlán, Sinaloa; sin embargo, cuando el personal comisionado se presentó al domicilio, no se le dieron las facilidades correspondientes y se le negó el acceso al inmueble, obstruyendo con ello los actos de verificación de la autoridad.
En razón de lo anterior, el pleno del instituto determinó el inicio de un procedimiento de imposición de sanciones el 21 de marzo de 2012.
Inconforme con esta resolución, la empresa presentó un juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, autoridad que el 8 de abril de 2013 dictó sentencia definitiva en contra de Oceánica.
El artículo 63 de la Ley establece que constituyen infracciones a la misma, entre otras, “obstruir los actos de verificación de la autoridad”.
Sobre la sanción, el instituto publicó en su cuenta en Twitter @ifaimexico
Multó el IFAI a “Oceánica” con más de 2 millones de pesos por violar la Ley Federal de Protección de Datos Personales http://t.co/hW6i5aPTks
— IFAI (@ifaimexico) August 27, 2013