Redacción Animal Político · 26 de febrero de 2026
La Fiscalía General de la República (FGR) informó que ejerció la facultad de atracción del caso de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años que fue víctima de violación, tortura sexual y muerte a manos del Ejército en 2007, en Veracruz.
De acuerdo con la institución, esta medida se adopta en cumplimiento de lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la cual declaró al Estado mexicano responsable, y con apego a estándares internacionales en materia de derechos humanos y procuración de justicia.
La FGR detalló que el caso estará bajo la conducción del Ministerio Público Federal adscrito a la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, Grupos en Situación de Vulnerabilidad y Trata de Personas (FEVIMTRA), instancia que deberá llevar a cabo las diligencias necesarias conforme a lo establecido en la resolución.

De acuerdo con el comunicado oficial, Ernestina Ascencio Rosario, habitante de la comunidad de Tetlatzinga, en la Sierra de Zongolica, en el estado de Veracruz, fue agredida sexualmente en febrero de 2007 y falleció al día siguiente, antes de recibir atención médica.
En su sentencia de septiembre de 2025, la Corte IDH determinó la responsabilidad del Estado mexicano por la vulneración de los derechos a la integridad personal, a la vida y al acceso a la justicia, entre otros. Respecto a este último, el tribunal concluyó que la investigación realizada por la fiscalía local no se desarrolló conforme a los estándares internacionales aplicables.
El caso se remonta a febrero de 2007, en el contexto de la llamada guerra contra el narcotráfico durante el gobierno de Felipe Calderón, cuando Ernestina Ascencio Rosario, mujer nahua de 73 años, fue atacada en la Sierra de Zongolica por elementos del Ejército. De acuerdo con la resolución de la Corte IDH, se acreditó que fue víctima de violación sexual y que falleció posteriormente a causa de las agresiones sufridas.
La sentencia estableció que el Estado incurrió en diversas omisiones durante la investigación inicial, lo que derivó en la falta de esclarecimiento de los hechos y en la ausencia de sanción a los responsables. El tribunal también señaló deficiencias en la atención institucional brindada a la víctima y su familia.

Entre las medidas ordenadas por la Corte se encuentra la obligación de llevar a cabo una investigación exhaustiva, con debida diligencia reforzada y enfoque interseccional, considerando la condición de mujer indígena y persona mayor de la víctima, así como garantizar el acceso efectivo a la justicia.
Con la atracción del caso por parte de la FGR, se abre una nueva etapa procesal encaminada a cumplir con la sentencia internacional y a revisar integralmente las actuaciones institucionales previas.