Claudia Altamirano · 8 de noviembre de 2018

La Ley de Seguridad Interior, aprobada por el Congreso en 2017 para combatir al crimen organizado con fuerzas militares, ha sido impugnada y rechazada por numerosas organizaciones civiles, gobiernos locales e incluso organismos internacionales como la ONU, quienes argumentan que la legislación avala numerosas formas de violación a los derechos humanos en nombre de la seguridad. El próximo 12 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará la revisión de dichas impugnaciones para determinar si la ley es inconstitucional y, en ese caso, podría solicitar al Congreso su derogación.
Este miércoles, la Red por los Derechos de la Infancia (Redim) se sumó a los reclamos, presentando un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte –conocido como Amicus Curiae– para pedir a los ministros que contemplen en su revisión a los niños, niñas y adolescentes, cuyo derecho constitucional a una vida libre de violencia ha sido vulnerado por el Estado al aprobar dicha ley, además de que los criminaliza al combatirlos igual que a cualquier miembro de la delincuencia organizada, sin considerar su situación de víctimas.
Alicia Vargas, miembro del Consejo Directivo de Redim, explicó las razones por las que los menores de edad deben ser considerados como víctimas y recibir un tratamiento distinto, aun cuando formen parte de la delincuencia organizada: en primera instancia porque son hijos de adultos que están siendo víctimas de la lucha contra el narco, lo que los convierte en víctimas secundarias.
En segunda instancia, que las zonas donde se han establecido los cárteles del narcotráfico se refuerzan con adolescentes, a quienes hacen víctimas de desaparición, trata, venta de niños o reclutamiento forzado, destacando los estados de México y Puebla, focos rojos de la desaparición de niños. Y finalmente, también son víctimas directas porque quedan a expensas de la militarización de la seguridad, que los combate igual que en una guerra cuando tendría que darles un tratamiento distinto por ser menores y por ser víctimas de los grupos que los reclutaron.
“Ellos fueron secuestrados, no están ahí por voluntad, hay amenazas contra su vida, contra sus familias, el Estado tendría que tener mecanismos de protección de los derechos de esas infancias, pero al momento de reclutarlos los convierten en criminales aunque no haya una investigación que lleve a condenarlos”, puntualizó en entrevista Vargas Ayala.
Apuntó que para Redim es “sumamente preocupante” que se esté considerando el reclutamiento de 50 mil jóvenes al sistema de seguridad interior a través de esta Ley, en lugar de garantizar sus derechos. Recordó que una de las propuestas de campaña del presidente electo, Andrés Manuel López Obrador fue derogar esta ley, “y al parecer ahora todo marcha a que no va para atrás la ley, pareciera que hasta cierto punto les conviene tenerla, pareciera que están de acuerdo en mantenerla ahora que serán gobierno”, dijo Vargas.
Agregó que algunos artículos de la ley facilitan que los militares realicen acciones de seguridad desvinculados de las autoridades civiles, lo que permite violaciones a los derechos fundamentales; además de que rompe con el principio de subordinación del Ejército a la autoridad civil (establecido en la Constitución), lo que otorga atribuciones a las autoridades militares para actuar de manera libre.
El artículo sexto de la Ley, por ejemplo, dicta que las autoridades federales -incluyendo a las Fuerzas Armadas- implementarán “sin necesidad de Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior” políticas, programas y acciones para identificar y atender los riesgos contemplados en la Agenda Nacional de Riesgos.
El Amicus Curiae advierte que dichas políticas no deben contravenir lo señalado en el artículo 4 de la Carta Magna, así como en la Convención de los Derechos del Niño y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que obligan al Estado a velar y cumplir, en todas sus decisiones y actuaciones, con el principio del interés superior de la niñez.
“La aprobación y promulgación de la Ley de Seguridad Interior representa un desafío al orden constitucional ignorando los llamados que hicieron organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, así como la voz de la ciudadanía, de niñas, niños, adolescentes y las organizaciones de la sociedad civil en contra de esta ley que pone en peligro los derechos humanos, la seguridad y desarrollo sin violencia de niñas, niños y adolescentes”, puntualiza el recurso presentado por Redim.
El artículo tercero de la Ley de Seguridad Interior afirma que para dar atribuciones de seguridad a las Fuerzas Armadas se observarán los principios previstos en el artículo 4 de la Ley de Seguridad Nacional, “de racionalidad, oportunidad, proporcionalidad, temporalidad, subsidiariedad y gradualidad, así como las obligaciones relativas al uso legítimo de la fuerza”. Sin embargo, la Red por los Derechos de la Infancia advierte que para que estos principios se cumplan, la Ley de Seguridad Nacional (en la que se basa la de Seguridad Interior) debió ser reformada desde el principio pro-persona -es decir, poniendo a las personas en el centro-, lo que no ha ocurrido porque fue publicada previo a la reforma constitucional de 2011.
“La Comisión y la Corte coinciden en que para el uso de la fuerza se encuentre justificado, deben satisfacer los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad. Mismos que no se ven reflejados en la Ley de Seguridad Interior”, agrega el texto del recurso.
“Si se hiciera así, tendríamos otros instrumentos desde las autoridades civiles, administrativas para perseguir el narcotráfico, pero claro, la guerra es un negocio. Hay mucha gente a la que le conviene, y mantener al ejército en las calles es mantener la guerra. Los niños y adolescentes son víctimas porque ellos son las fuerzas de las que los grupos delincuenciales se siguen nutriendo”, dijo Alicia Vargas a Animal Político.