Corte ordena plan contra sobrepoblación en cárcel Neza-Bordo

Alfredo Maza · 23 de septiembre de 2026

Corte ordena plan contra sobrepoblación en cárcel Neza-Bordo

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a diversas autoridades del Estado de México implementar un plan integral contra la sobrepoblación carcelaria en el Centro Penitenciario Nezahualcóyotl-Bordo Xochiaca (Neza-Bordo). Asimismo, el máximo tribunal avaló que el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) promueva amparos colectivos en defensa de los derechos humanos de la población privada de la libertad ante las condiciones críticas de hacinamiento.

La resolución se dio al debatir el amparo en revisión 310/2025, concedido a la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos del IFDP. El recurso legal se promovió ante las omisiones gubernamentales para solucionar la crisis penitenciaria en el penal de Neza-Bordo.

Con esta decisión, la Suprema Corte estableció que la sobrepoblación carcelaria y el hacinamiento se equiparan a tratos crueles, inhumanos y degradantes, expresamente prohibidos por el artículo 22 constitucional. Además, reconoció la facultad legal del órgano de defensoría pública para tramitar juicios de amparo colectivos sin requerir trámites individuales por cada persona en reclusión.

Sobrepoblación en Neza-Bordo: cifras de ocupación y espacio

El proceso inició por una demanda presentada en junio de 2021 por la representación del IFDP, tras documentar que el penal de Neza-Bordo contaba con mil 834 espacios disponibles y albergaba a cinco mil 116 personas.

Informes posteriores integrados al expediente revelaron que la población reclusa aumentó a cinco mil 823 personas para el mismo número de espacios, alcanzando una sobrepoblación carcelaria superior al 200% de su capacidad real.

En diciembre de 2025, Animal Político dio a conocer que el Estado de México y Nayarit tienen las prisiones estatales con mayor hacinamiento del país, entidades que concentran sus prisiones estatales en alerta roja.

En la demanda de amparo, se expusieron evaluaciones que documentan celdas con dimensiones reducidas de 2.5 por 1.5 metros (3.75 metros cuadrados). Estos espacios contrastan drásticamente con los estándares internacionales de derechos humanos, que exigen un mínimo de 6 metros cuadrados para celdas individuales y 4 metros cuadrados por persona en espacios compartidos para evitar el hacinamiento.

Durante la sesión, una mayoría de siete integrantes del Pleno respaldó la legitimación del IFDP para interponer el juicio de amparo contra tratos crueles, con el único voto en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama. Respecto al fondo del asunto y la vulneración de los derechos humanos de los reclusos, la determinación de la Suprema Corte fue aprobada por unanimidad.

Postura de la Suprema Corte ante la crisis de hacinamiento

Durante la discusión del asunto, la ministra Yasmín Esquivel Mossa afirmó que el número de personas en prisión no es una mera estadística, pues detrás de cada número “hay una persona con nombre, con familia, con historia, con derechos que el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar”.

Respecto a las deficiencias de infraestructura y la vulneración a los derechos humanos, la ministra Esquivel Mossa enfatizó que “el hacinamiento no es un inconveniente, no es una deficiencia, es tormento”.

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A su vez, el ministro Irvin Espinosa Betanzo destacó que las personas privadas de la libertad conservan sus derechos fundamentales y que el Estado debe reforzarlos ante la sobrepoblación carcelaria.

“Así, una pena que se compurga en condiciones indignas, con malos tratos, con violaciones a derechos humanos, pierde justificación y legalidad. En otras palabras, se vuelve una pena ilícita”, dijo. 

Sin embargo, aunque se posicionó a favor del asunto, la ministra María Estela Ríos González criticó que el proyecto ordenara medidas específicas para revertir la situación de hacinamiento en la cárcel. 

“La función del juez constitucional consiste en fijar los parámetros de protección de los derechos humanos y exigir resultados compatibles con ellos, no en determinar las medidas específicas de carácter técnico, presupuestario o administrativo, mediante las cuales las autoridades deben alcanzar tales fines”. 

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Efectos de la sentencia de amparo: plan integral contra la sobrepoblación

En la resolución de este amparo, la Suprema Corte fijó medidas obligatorias para las autoridades penitenciarias del Estado de México, ordenando la suspensión inmediata de acciones que incrementen la sobrepoblación en el penal de Neza-Bordo y la elaboración de un plan de trabajo multidisciplinario en un plazo no mayor a seis meses para erradicar el hacinamiento.

Asimismo, el fallo ordena evaluar convenios para el traslado de reclusos, reasignaciones presupuestales y la aplicación de beneficios de libertad previstos en la Ley Nacional de Ejecución Penal, exigiendo informes trimestrales de avance para garantizar la protección de los derechos humanos de los internos.

Tras la resolución de la Suprema Corte, el Instituto Federal de Defensoría Pública celebró que se reconozca que la sobrepoblación carcelaria y el hacinamiento atentan directamente contra la dignidad humana y limitan el acceso a la salud, agua, servicios sanitarios y reinserción social digna.