Suprema Corte ordena al Congreso de Yucatán despenalizar el aborto

Redacción Animal Político · 21 de agosto de 2024

Suprema Corte ordena al Congreso de Yucatán despenalizar el aborto

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este miércoles al Congreso de Yucatán despenalizar el aborto en ese estado.

Al conceder un amparo a la organización civil Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva (SHSSR), la cual que promueve derechos sexuales y reproductivos, la Primera Sala determinó que la Legislatura de Yucatán derogue cuatro artículos -389, 390, 392 y 393- del Código Penal de la entidad que criminalizan la interrupción voluntaria del embarazo en el estado.

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Manifestación a favor del aborto.
Manifestación a favor del aborto. Foto: Cuartoscuro

Entre los artículos derogados se encuentra el 392, el cual establece sanciones de tres meses a un año de cárcel “para la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar”.

Durante la sesión, la ministra a cargo del proyecto, Margarita Ríos Farjat, dijo estar a favor pero señaló que se habían propuesto “efectos acotados”, es decir, que la inaplicación de las normas solo aplicaría para la organización civil. No obstante, tres ministros votaron a favor de conceder el amparo con efectos extensos.

“Yo estoy a favor del sentido del proyecto, pero cuanto a los efectos, se habían propuesto unos efectos acotados. La mayoría determinó que fueran extensos con relación con precedentes. Se están presentando entonces extensos y yo estoy en contra de eso, me parece que deben ser acotados”, mencionó.

“Yucatán está a dos pasos para la despenalización del aborto”

Tras decisión de la Suprema Corte, Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Salud Reproductiva adelantó que el proyecto “retoma argumentos de la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017 en la que se reconoció que el derecho a decidir sobre la vida reproductiva es un derecho humano vinculado al derecho a la salud”.

De tal manera, indicó que las legislaciones penales deben reformarse para permitir el acceso al aborto voluntario.

Por ello, una vez que la sentencia sea notificada dentro de varias semanas, el Congreso de Yucatán debe comenzar el proceso legislativo y votar a favor de la derogación de las normas que penalizan la interrupción del aborto voluntario.

La asociación añadió que la nueva sentencia de la Suprema Corte permitirá eliminar obstáculos “para que las personas puedan ejercer con libertad su autonomía reproductiva”, pues a pesar de que los Servicios de Salud estatales ya se encuentran obligados a otorgar servicios de aborto voluntario sin la necesidad de esperar la reforma al Código Penal, las autoridades se excusan en la falta de reforma para no brindarlos. 

“Conforme a los alcances del artículo 4 constitucional definidos por la SCJN en la Acción de inconstitucionalidad 148/2017, actualmente los Servicios de Salud estatales ya tienen la obligación de dar servicios de aborto voluntario sin necesidad de esperar la reforma al Código Penal; sin embargo las autoridades han invocado la falta de reforma como excusa para no brindarlos. En este contexto esta nueva sentencia de la SCJN permitirá eliminar este obstáculo para que las personas puedan ejercer con libertad su autonomía reproductiva”, señaló.

Asociación promovió amparo por normas que penalizan el aborto

De acuerdo con el proyecto avalado en sesión, la organización civil que se dedica a promover los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas con capacidad para gestar en Yucatán promovió un juicio de amparo indirecto en el señaló que la cláusula que protege la vida desde el momento de la fecundación y el sistema normativo que penaliza el aborto en la entidad vulneran el derecho humano a decidir.

La asociación añadió que las normas le impiden cumplir con libertad su objeto social, pues “la amenaza de criminalización influye en las condiciones en las que desarrolla su labor”.

Un juez consideró que la organización no demostró que se dedicara a practicar abortos, por lo que apuntó que las normas no la afectaban “ni siquiera indirectamente”. No obstante, la asociación civil combatió la decisión y señaló que durante más de veinte años ha centrado su labor en proteger a decidir por medio de la prestación del servicio médico de aborto.

Mujeres y personas con capacidad de gestar marcharon desde la glorieta de Mujeres que Luchan hasta el Zócalo como parte de las movilizaciones en el marco del Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal, Libre, Seguro y Gratuito 28#S. FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM
Foto: Andrea Murcia/Cuartoscuro

“A petición del Tribunal Colegiado, la Suprema Corte reasumió su competencia para conocer del asunto”, indicó el proyecto.

De esta manera, la propuesta de la ministra Ríos Farjat concluyó que la asociación civil podía “reclamar el sistema normativo que e prohíbe la práctica del aborto en Yucatán, ya que demostró que durante más de 24 años ha desempeñado numerosas actividades relacionadas con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, entre las que se destaca la prestación del servicio de interrupción legal del embarazo”.

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Asimismo, apuntó que los artículos reclamados sí vulneran el derecho humano a decidir, pues por un lado, el Congreso de Yucatán no tenía competencia para adoptar una cierta noción de persona y otorgar dicho estatus desde la fecundación y, por otro, “impiden que las mujeres y personas gestantes decidan sobre su procreación, aún en la primera etapa del embarazo”.