Verónica Santamaría · 26 de febrero de 2025
Después de dos semanas sin que se discutiera el caso de la elefanta Ely en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ministros y ministras votaron el proyecto a cargo de la ministra Yazmín Esquivel Mossa, el cual tuvo un fallo histórico en favor del bienestar y trato digno dentro del zoológico de San Juan de Aragón en la CDMX.
La discusión del amparo en revisión 697/2024 ocurrió este 26 de febrero en la Segunda Sala de la Suprema Corte donde ministros y ministras votaron por el proyecto de la ministra Esquivel Mossa.
El proyecto de la ministra confirma el amparo que concedió el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México a Ely.
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De acuerdo con su representante legal, el abogado Marcos Mario Czacki Halkin, quien promovió el juicio de amparo en el que hace valer su interés legítimo para que se garantice el trato digno y bienestar de la ejemplar, esta resolución representa una oportunidad en la que se le pueda dar voz a un animal.
De esta manera con tres votos a favor de la propuesta y un voto en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama, la Corte aprobó de forma histórica el proyecto de la ministra Yazmín Esquivel Mossa.
La resolución al caso de la elefanta Ely en la Segunda Sala vincula a los zoológicos a ser espacios de protección animal, estableciendo la obligación de las autoridades de velar por su bienestar.

En ese sentido, según lo que señala el proyecto, las autoridades señaladas en el juicio de amparo como la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México están obligadas a garantizar el bienestar y trato digno de la ejemplar que habita en el zoológico de San Juan de Aragón.
Como te contamos en esta nota, la ministra Esquivel Mossa afirmó en su proyecto que en las autoridades señaladas sí existe una responsabilidad legal dentro de sus respectivas competencias para garantizar la protección de la elefanta Ely.
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Con este fallo, la Semarnat, la Profepa y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México deberán realizar un nuevo Plan Integral de Cuidados para garantizar el bienestar de la elefanta Ely, según lo dicta el proyecto de la ministra.
La sentencia otorgada en beneficio de la elefanta Ely explica que los zoológicos deberán dejar de ser espacios de exhibición y funcionar como santuarios que garanticen la seguridad y el bienestar de los animales que resguardan.
Lo anterior reconoce que la protección animal es una responsabilidad compartida.
Por lo anterior es que las autoridades señaladas como responsables, de acuerdo a respectivas competencias y atribuciones, están obligadas a proteger y garantizar un medio ambiente sano.

Esto explica por qué las autoridades se encuentran implicadas en los actos relacionados con la vigilancia, control y seguimiento de la salud, bienestar, desarrollo físico y conductual de cualquier ejemplar que habite en los zoológicos de la Ciudad de México, en caso concreto, el de la elefanta Ely.
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Cabe resaltar que este fallo en la Corte no solo protege a la elefanta Ely, sino que también es un precedente histórico en materia de protección para los animales en cautiverio en México.
Esta resolución se convierte en una resolución importante para la legislación y la regulación de los zoológicos en el país.