Jueces sin rostro "contraviene estándares internacionales"; organización pide revisión a fondo

Redacción Animal Político · 9 de diciembre de 2025

Jueces sin rostro "contraviene estándares internacionales"; organización pide revisión a fondo

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez se pronunció en contra de la figura de “jueces sin rostro” que este martes sería discutida en el Senado e hizo un llamado a revisar a fondo su contenido debido a que contraviene los derechos humanos.

Mediante un comunicado, el Centro Prodh mencionó que si bien el dictamen argumenta que esta medida busca cumplir con los precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto a la seguridad de las personas juzgadoras, los estándares internacionales no admiten excepciones para los jueces sin rostro.

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Advirtió que la adopción de jueces anónimos contraviene los estándares internacionales porque resulta incompatible con principios fundamentales que deben regir toda función judicial, como la idoneidad, competencia, legalidad, independencia e imparcialidad.

Aunque estaba previsto que las Comisiones de Justicia y Estudios Legislativos del Senado de la República discutieran el tema, este fue suspendido hasta febrero. Por lo que será hasta 2026 cuando se revise la iniciativa de reforma que busca modificar el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Jueces sin rostro
Foto: Unsplash

Urgen analizar iniciativa a fondo

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez detalló que el dictamen incluye adiciones a los supuestos por los que se puede realizar una detención en flagrancia, “reduciendo parámetros objetivos para ello”, así como la extensión de excepciones al control judicial previo en actos de investigación relacionados con delitos que conllevan prisión preventiva oficiosa.

Agregó que las medidas que se establecen en la iniciativa pueden resultar “atractivas” ante el alcance de violencia en México, sin embargo, enfatizó que vulneran las garantías judiciales, la independencia judicial y el debido proceso.

“Hacemos un llamado al Senado a rechazar propuestas que, lejos de resolver problemas estructurales, contravienen las obligaciones del Estado mexicano”.

Al darse a conocer la suspensión del debate, el Centro Prodh urgió a la Cámara Alta a revisar a fondo la iniciativa respecto a las figuras inconvencionales que vulneran los derechos humanos y asegurar que la reforma respete el debido proceso.

📌 Las Comisiones del @senadomexicano suspenden hasta febrero la discusión del dictamen.

Ratificamos que los estándares internacionales no admiten excepciones para la figura de #JuecesSinRostro. Es fundamental que este tiempo se aproveche para revisar a fondo las figuras… https://t.co/ccB8yhy09l

— Centro Prodh (@CentroProdh) December 9, 2025

¿Qué son los jueces sin rostro?

La figura de los jueces sin rostro se refiere a la práctica de ocultar la identidad de los jueces en ciertos procedimientos legales, para que así puedan juzgar un caso de delitos como el crimen organizado sin “ponerse en riesgo”.

Sin embargo, especialistas y organizaciones de Derechos Humanos a nivel internacional –como la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas– señalan que los jueces sin rostro violan el derecho a un juicio justo y se han utilizado como arma para perjudicar a quienes están siendo juzgados.

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Incluir a los jueces sin rostro en la legislación mexicana no es una idea nueva, aunque el Presidente López Obrador y el Senador Ricardo Monreal la hayan apoyado, en realidad, la propuesta se hizo desde el 2010 durante el sexenio de Felipe Calderón, quien propuso utilizarla para juzgar a narcotraficantes.

El uso de jueces anónimos comenzó en Italia en 1960, con la intención de utilizarlos para juzgar a las mafias locales y proteger a los juzgadores de posibles represalias en su contra.

Posteriormente, este sistema se adoptó en países de América Latina como Perú, Colombia y El Salvador para supuestamente juzgar a narcotraficantes y miembros de pandillas una vez más “de manera segura”. Sin embargo, organizaciones como Amnistía Internacional comenzaron a documentar el abuso de estas figuras para violar el principio de la imparcialidad de los juicios y condenar injustamente a lo que llamaron “presos de conciencia”.

 

Centro Prodh rechaza figura de jueces sin rostro
Foto: Unsplash

De acuerdo con la ONU, esta práctica viola el artículo 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que establece que “toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”.

Ya que ocultar la identidad de los jueces solo para cierto tipo de casos viola el principio de la igualdad, y también el principio de la imparcialidad porque podrían poner un juez con conflictos de interés y se desconocería si el o la juez cumple con todos los requisitos —como por ejemplo una capacitación adecuada— para llevar a cabo un juicio independiente con un debido proceso.