Alfredo Maza · 20 de septiembre de 2026
Las familias de las niñas Leidy y Alexa, fallecidas tras un ataque armado del Ejército en Sinaloa en 2025, y organizaciones como el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), exigieron al Poder Judicial de la Federación (PJF) fijar límites claros al fuero militar en casos de violaciones graves a derechos humanos.
Esta exigencia ocurre a pocos días de que el Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Sinaloa celebre la audiencia constitucional del juicio de amparo 914/2025. Con este recurso legal, las familias buscan prohibir que las autoridades castrenses realicen investigaciones paralelas a las de la justicia civil en casos de abusos graves.
La audiencia se llevará a cabo el próximo jueves 24 de septiembre. El juez Juan Antonio Gutiérrez Gaytán encabeza dicho órgano judicial federal, ubicado en Mazatlán, Sinaloa.

Los hechos ocurrieron el 6 de mayo de 2025 en Sinaloa, cuando elementos del Ejército Mexicano dispararon de manera indiscriminada contra la camioneta en la que viajaba la familia.
La agresión armada provocó la muerte de Leidy Rojas González, de 11 años, y de Alexa Medina Pérez, de 7 años. Además, dejó heridos a una adolescente de 14 años y a un niño de 11 años.
Tras la agresión, la Fiscalía General de Justicia Militar (FGJM) inició una investigación. Las autoridades militares realizaron las diligencias iniciales en la escena del crimen, recabaron información sobre el armamento y aseguraron indicios para la cadena de custodia.
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Sin embargo, aunque la fiscalía militar abrió la carpeta por homicidio y lesiones, posteriormente la judicializó bajo el delito de “desobediencia en actos de servicio”.
Por este motivo, las organizaciones Centro Prodh, Fundar, Tlachinollan y Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM) señalan que la intervención militar afectó la preservación inicial de la escena y la debida rendición de cuentas de los mandos presentes.
Por su parte, la Fiscalía General de la República (FGR) abrió un proceso paralelo en la jurisdicción civil ordinaria, en el cual las autoridades vincularon a proceso a 13 elementos del Ejército por homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa.
Las familias de las víctimas sostienen que el último párrafo del artículo 37 del Código de Justicia Militar contraviene lo dispuesto en el artículo 13 de la Constitución mexicana.
La demanda de amparo afirma que la norma militar extiende indebidamente la jurisdicción castrense sobre hechos que afectan a civiles.
El Juzgado Octavo de Distrito intentó remitir el recurso de amparo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el pasado 15 de julio. Sin embargo, el máximo tribunal desechó la solicitud de atracción al carecer de facultades para conocer juicios de amparo indirecto en primera instancia.

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En el pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha condenado al Estado mexicano en múltiples ocasiones por extender el fuero militar.
Sentencias internacionales emblemáticas —como las de Rosendo Radilla, Inés Fernández, Valentina Rosendo, Rodolfo Montiel, Teodoro Cabrera y la familia Alvarado Espinoza— establecieron que las autoridades civiles son las únicas competentes para investigar y juzgar las violaciones graves a derechos humanos.
A raíz de estos fallos internacionales, el Estado mexicano reformó el artículo 57 del Código de Justicia Militar en 2014.
Sin embargo, las organizaciones afirman que las autoridades militares continúan interviniendo en investigaciones con víctimas civiles a pesar de dicha reforma legal.
Las facultades de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública se han extendido significativamente en México durante los últimos años.
Recientes reformas adscribieron la Guardia Nacional (GN) —un organismo concebido originalmente con mando civil— a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), ampliando además el despliegue militar permanente en labores de seguridad pública hasta el año 2028.
Ante este panorama, las organizaciones de la sociedad civil advierten que las investigaciones militares generan opacidad y ocultan el uso desproporcionado de la fuerza. Por este motivo afirman que el Poder Judicial de la Federación debe actuar como un contrapeso civil indispensable ante la continua expansión del poder militar.