Cuatro alcaldes dieron “El Grito” con banda presidencial

Dulce Ramos · 19 de septiembre de 2014

Cuatro alcaldes dieron “El Grito” con banda presidencial
Tomada de www.facebook.com/pages/Izúcar-de-matamoros-pue
Tomada de www.facebook.com/pages/Izúcar-de-matamoros-pue

Para la ceremonia de “El Grito de Independencia”, cuatro alcaldes de tres estados decidieron que usar la banda presidencial podría no ser una mala idea.

[contextly_sidebar id=”4ORCcgSDdUPLecVO2XYkfFTtPHTh7tfk”]El primero de los casos que se ventiló fue el del presidente municipal de Izúcar de Matamoros, en Puebla, Manuel Madero González, quien decidió usar una banda presidencial, lo cual viola el artículo 34 de la “Ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacional”.

Este jueves 18 de septiembre, Madero González justificó los hechos arguyendo que desconocía la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales y ofreció disculpas.

En entrevista señaló que la banda le fue regalada por miembros de su comunidad y que decidió usarla porque “no sabía que era una falta, una violación a la Constitución”.

Asimismo refirió que, hasta el momento, no ha recibido ninguna notificación o alguna sanción por parte de la Secretaría de Gobernación.

Otro alcalde poblano que se sumó a “la moda de la banda presidencial” fue el del municipio de San Salvador el Seco, José Román Bartolo Pérez, quien difundió esta imagen en su cuenta de Facebook, la cual posteriormente fue removida:

san salvador el seco
Tomada de Facebook.

Mientras que en el estado vecino de Tlaxcala, la hazaña fue repetida por el petista Javier Hernández Mejía, alcalde de Tetla de la Solidaridad, uno de los 60 municipios del estado. Aquí una imagen del edil usando la banda presidencial, la cual también después fue removida de la cuenta de Facebook del ayuntamiento:

tetla foto
Tomada de Facebook.

El último caso que se dio a conocer en redes sociales fue el del edil de Benito Juárez, en Guerrero, Nicolás Torreblanca García.

nicolas_torreblanca

 

Según la ley, la banda presidencial constituye una forma de presentación de la Bandera Nacional y es emblema del Poder Ejecutivo Federal, por lo que sólo podrá ser portada por el Presidente de la República.

El artículo 35 de la misma ley refiere que el Presidente portará la Banda Presidencial en las ceremonias oficiales de mayor solemnidad, pero tendrá obligación de llevarla en la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; al rendir anualmente su informe ante el Congreso de la Unión; en la conmemoración del Grito de Dolores, la noche del 15 de septiembre, y al recibir las cartas credenciales de los embajadores y ministros acreditados ante el gobierno mexicano.

*Con información de Atando Cabos en Radio Fórmula,  E- consulta y Milenio.

**Nota publicada el 18 de septiembre de 2014.