Diana García · 14 de septiembre de 2026
Comprar un terreno, una casa o un departamento en Quintana Roo, y en general en el país, representa para muchas familias años de ahorro o una deuda que deberán pagar durante largo tiempo, por lo que antes de entregar un apartado, anticipo o firmar un contrato es importante comprobar quién vende la propiedad, cuál es su situación legal y si el asesor inmobiliario que participa en la operación está debidamente acreditado.
Una de las primeras verificaciones debe realizarse ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Quintana Roo. No basta con que el vendedor muestre fotografías, contratos privados, recibos de servicios o asegure que el inmueble está “en regla”: el comprador debe revisar la información oficial de la propiedad y revisar que quien pretende venderla tenga facultades legales para hacerlo.
También puede solicitar documentación que permita conocer si existen gravámenes, anotaciones u otras circunstancias jurídicas relacionadas con el inmueble.

Si la operación se realiza mediante un asesor inmobiliario, también es posible verificar sus antecedentes profesionales.
La Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable (Sedetus) es responsable de regular la prestación de servicios inmobiliarios en Quintana Roo. Mantiene un padrón y un proceso de matriculación y acreditación para quienes desarrollan esta actividad. Para obtener una matrícula, una persona física debe acreditar, entre otros requisitos, experiencia, capacitación y conocimientos en servicios inmobiliarios, además de su registro ante las autoridades fiscales.
La revisión debe ser todavía más cuidadosa cuando se compra una vivienda en preventa, pues el inmueble puede encontrarse en construcción o incluso no existir físicamente todavía en las condiciones prometidas. Antes de depositar dinero, el comprador debe identificar a la empresa responsable, revisar la documentación relacionada con el desarrollo, las condiciones y fechas de entrega, características de la vivienda, penalizaciones y mecanismos establecidos en caso de incumplimiento.

La Norma Oficial Mexicana NOM-247-SE-2021 establece obligaciones para quienes comercializan vivienda y los contratos de adhesión utilizados en estas operaciones deben cumplir las disposiciones aplicables ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
También deben encenderse las alertas cuando una propiedad se ofrece muy por debajo de su precio habitual, existe presión para depositar inmediatamente, se pide transferir dinero a una persona distinta de quien aparece en la operación, se evita proporcionar documentación para revisarla, o el supuesto vendedor únicamente mantiene contacto mediante redes sociales o mensajería. Ninguna promoción o supuesto descuento justifica entregar dinero antes de comprobar la identidad de las personas involucradas y la situación jurídica del inmueble.
Quienes estén por adquirir una propiedad pueden apoyarse en un notario para revisar la documentación y formalizar la operación, además de consultar directamente al Registro Público de la Propiedad y del Comercio, verificar al profesional inmobiliario ante Sedetus y revisar ante Profeco los contratos de adhesión correspondientes.
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NNo te olvides de conservar anuncios, conversaciones, contratos, recibos y comprobantes de transferencias: resultan importantes ante cualquier posible irregularidad.
La principal medida preventiva es sencilla: antes de comprometer los ahorros de una vida y de familias completas, la información proporcionada por quien vende debe comprobarse directamente ante las autoridades y registros correspondientes.