Alfredo Maza · 14 de mayo de 2026
Un tribunal federal ordenó suspender de manera inmediata los recortes aplicados a las pensiones de un grupo de jubilados de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), tras determinar que la reducción abrupta de sus ingresos pone en riesgo su salud y subsistencia, equiparándolo a un acto de tortura psicológica.
El caso se originó cuando un grupo de extrabajadores de la CFE promovió un juicio de amparo tras sufrir reducciones que iban del 44% al 78.5% de sus ingresos pensionarios, producto de la reciente reforma al artículo 127 de la Constitución impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, la cual establece límites a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas.
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Los demandantes (en su mayoría adultos mayores con enfermedades crónicas, créditos hipotecarios o familiares dependientes) argumentaron que no ocuparon puestos de “confianza” durante su vida laboral y que sus ingresos estaban protegidos por el régimen transitorio de la reforma y por convenios laborales previos.
En su demanda también explicaron que la drástica disminución amenazaba su capacidad para costear tratamientos médicos oncológicos, seguros de gastos médicos, alimentación y vivienda.

En un primer momento, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León les negó la suspensión de plano (una medida urgente de protección), argumentando que los recortes no constituían una pena inusitada ni un acto de tortura física o mental extrema.
Por este motivo, los jubilados presentaron una queja por lo que al revisar el caso, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito revocó la decisión del juez y falló a favor de los extrabajadores.
Los magistrados señalaron que se omitió juzgar con perspectiva de vulnerabilidad hacia las personas adultas mayores.
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“La privación sustancial de una parte de la pensión que previamente habían obtenido se traduce en un acto generador de zozobra, incertidumbre e intranquilidad emocional permanente equiparable a la tortura o tormento psicológico respecto del cual es procedente la suspensión de plano”, señala el proyecto que fue votado por unanimidad.

Además, los magistrados enfatizaron que las pensiones no son una mera expectativa, sino un derecho adquirido que garantiza una vida digna en la etapa de retiro.
“Cualquier reducción abrupta de su monto implica una privación patrimonial que sólo puede realizarse mediante la vía legal adecuada y con estricto apego a los principios de legalidad, razonabilidad y proporcionalidad”, señalaron.
Por este motivo, el tribunal ordenó conceder la suspensión de plano para que las autoridades responsables cesen de inmediato los actos equiparables al tormento o tortura psicológica y detengan la reducción de los ingresos que los jubilados percibían previamente.
Esta medida cautelar obliga a la CFE a restituir los montos originales mientras se resuelve el juicio de amparo de manera definitiva.