Redacción Animal Político · 22 de octubre de 2025
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó revisar el procedimiento administrativo que existe en contra de consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), por lo que avalaron que continúe la denuncia por haber votado a favor de posponer la consulta de revocación del expresidente Andrés Manuel López Obrador.
Durante la sesión, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, comentó que el asunto en cuestión no es competencia legal de la Sala Superior, pero no significa que con dicho proyecto se confirme alguna sanción por la forma de pronunciarse por la consejera que acudió a impugnar.
“Eso atañe a la decisión que tendrá que emitir la autoridad debidamente competente y que será la que cuenta con facultades para resolver este asunto”, destacó.

Indicó que la autoridad calificó la medida como grave y sometió a consideración de las responsabilidades administrativas del Órgano Interno de Control del INE el informe de presunta responsabilidad.
“La autoridad que conoce del asunto de responsabilidades admitió a trámite el informe de presunta responsabilidad por la posible actualización de la conducta y en vía de la consecuencia dio inicio al procedimiento de investigación y ordenó el emplazamiento de las personas servidoras públicas y además los citó a una audiencia inicial”, recordó Fuentes Barrera.
En ese sentido, el magistrado advirtió que la sala es debidamente incompetente para conocer de este asunto porque la autoridad que emitió el acto impugnado no es de naturaleza electoral.
“Se debe identificar con claridad que en el presente asunto lo que motivó el inicio de procedimiento de responsabilidad administrativa implica investigar si la conducta de la actora, una vez realizada las funciones que tiene encomendadas por disposición de la ley, se encuentre o no en los supuestos legales de reproche al que se refiere el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, dijo.
En tanto, la magistrada Janine Otálora Malassis, contradijo a Fuentes Barrera y dijo que dicho asunto tiene que ver con la materia electoral, ya que atenta contra la “garantía de independencia” del INE.

“Podría llegarse al extremo de validar implícitamente que con cada decisión del INE que sea revocada por el TEPJF, se encontraría una causa para presumir responsabilidad administrativa grave de sus integrantes y con ello habilitar una herramienta que vulnere los principios de imparcialidad e independencia”, declaró.
El pasado 24 de septiembre, consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) señalaron que cuentan con independencia y autonomía para votar, tomar decisiones y llegar a acuerdos sin presiones ni condiciones de diferentes actores sociales o políticos.
Tras la reactivación del procedimiento de responsabilidades en contra de las consejeras Dania Ravel y Claudia Zavala, por votar en diciembre de 2021, posponer la consulta de Revocación de Mandato.
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“Esto significa que las decisiones se adoptan de manera conjunta, y que ninguna valoración individual puede ser objeto de persecución administrativa o sanción externa. Conforme lo establece el marco constitucional, la revisión de los actos y acuerdos del Consejo corresponde a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), lo que garantiza el control constitucional y legal de todos los actos y resoluciones en materia electoral”, señaló el organismo electoral.
Indicaron que dicha situación fortalece a la institución y garantiza que sus decisiones se adopten “de manera transparente, democrática y en estricto apego a la Constitución y a las leyes que la rigen”.
“La independencia de criterio es un valor indispensable en el ejercicio de la función electoral. Las posturas de un órgano colegiado son parte del espíritu democrático, en ejercicio de sus atribuciones conferidas por las normas jurídicas a sus integrantes”, señaló el organismo.

En ese contexto, el 17 de diciembre de 2021, por seis votos a favor contra cinco, el Consejo General del INE detuvo momentáneamente la consulta de Revocación de Mandato del exmandatario debido al recorte presupuestal; sin embargo, la decisión fue revocada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el 29 de diciembre y, un día después, se retomó la organización de la consulta, la cual se realizó en abril de 2022.
Ante este procedimiento, la consejera Dania Ravel señaló en sus redes sociales que los consejeros son perseguidos por sus votaciones y recordó que los acuerdos y resoluciones del INE no habían sido materia de persecución penal o administrativa contra quienes tuvieron una visión jurídica distinta, como ahora se pretende hacer.
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“Perseguir a los miembros de un órgano colegiado por sus valoraciones jurídicas y votaciones tiende a inhibir la independencia en las decisiones de sus integrantes. Los Acuerdos y Resoluciones del INE son revisados por el TEPJF, y la falta de coincidencia en la valoración jurídica entre la autoridad jurisdiccional y administrativa jamás ha sido ni debe ser materia de persecución penal o administrativa en contra de quienes tuvieron una visión jurídica distinta, como se pretende hacer ahora”, comentó.