Gabriela Soto · 8 de marzo de 2023
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Instituto Nacional Electoral (INE) se excedió en sus facultades para regular la participación de los servidores públicos y de los llamados servidores de la nación en los procesos electorales, por lo que instruyó a reformular dicha regulación.
Por unanimidad, la Sala Superior ordenó elaborar nuevamente los lineamientos para garantizar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en materia electoral por parte de los servidores públicos, incluyendo a los servidores de la nación.
Consideró que el INE intentó regular otras disposiciones que no fueron ordenadas y que incluso no son de su competencia, como el requisito de separación del cargo para poder contender en una elección.
De acuerdo con el proyecto de resolución aprobado, el INE se sobrepasó al establecer conceptos distintos a los legales sobre actos anticipados de precampaña y campaña, al solicitar la entrega de información a los poderes ejecutivos federales y estatales y sobre modalidades de entrega de programas sociales, al prohibir conductas específicas de operadores de esos programas y al fijar reglas para la propaganda.
“El INE se excedió en la materia de regulación que le fue ordenada, imponiendo obligaciones de hacer y no hacer relacionadas con campañas electorales; regulación de programas sociales; responsabilidades administrativas; propaganda gubernamental, comunicación social y ejercicio periodístico; actos proselitistas; informes de labores; elecciones consecutivas, y separación del cargo”, determinó el TEPJF.
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El INE se extralimitó debido a que solo debió establecer medidas preventivas para evitar la injerencia de las personas servidoras públicas, una resolución que ordenó la Sala Superior después de los comicios en Tamaulipas del año pasado, en los que ganó la gubernatura el morenista Américo Villarreal.
El 28 de septiembre, el TEPJF ordenó al INE elaborar reglas que garantizaran las medidas preventivas de no injerencia de los servidores públicos y de los servidores de la nación en los comicios. El 14 de diciembre, el Consejo General del INE aprobó dichos lineamientos. En diciembre y febrero, representantes de Morena y el presidente Andrés Manuel López Obrador presentaron una queja con la intención de revocar los lineamientos.
Los quejosos impugnaron la falta de competencia del INE; indebida modificación de la normativa electoral de 90 días previos al arranque de los procesos electorales; incumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior; violación a la división de poderes, y violación a los principios de certeza, legalidad, congruencia y seguridad jurídica.
En el proyecto de resolución elaborado por el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, se desecharon los dos primeros reclamos al considerarlos improcedentes. Sin embargo, sí se determinó que el INE se excedió en sus facultades con la elaboración de los lineamientos.
Con la ausencia de las magistradas Janine Otálora Malassis y Mónica Soto Fregoso y del magistrado Felipe Fuentes Barrera, los otros cuatro magistrados presentes en la sesión instruyeron al INE a rehacer los lineamientos considerando al menos tres criterios: atender las medidas preventivas, evitar la injerencia y participación de los servidores públicos en los comicios, y apegarse a los parámetros emitidos por la Sala Superior.