Animal Político · 7 de octubre de 2026
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió el expediente SUP-JDC-473/2026 y determinó ordenar al Instituto Nacional Electoral la modificación de los lineamientos sobre cómputos para el proceso electoral federal 2026-2027, con la instrucción de no contabilizar las boletas que carezcan de marcas de doblez, es decir, las llamadas “boletas planchadas”.
Ante las impugnaciones presentadas por diversos actores contra los acuerdos aprobados el pasado 3 de septiembre, el máximo tribunal electoral consideró incorrecto computar las llamadas boletas planchadas, al señalar que la emisión del sufragio comprende una secuencia legalmente prevista que incluye recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna.
El fallo establece que la ausencia de marcas de doblez impide vincular objetivamente la papeleta con un voto emitido conforme al procedimiento previsto en la ley.

Por esta razón, el Tribunal ordenó que cuando se acredite la existencia de boletas en esas condiciones, estas no deberán contarse como parte de la votación y tendrán que conservarse separadas de las que integren la votación computada.
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El órgano jurisdiccional fundamentó su decisión al señalar que la certeza en la contabilidad de las boletas electorales es la piedra angular del sistema electoral mexicano. Sobre este punto, la resolución enfatizó que “no puede haber la más mínima duda respecto de qué y cómo se cuentan”.
La resolución de la Sala Superior deriva de una impugnación relacionada con los lineamientos aprobados por el INE para la preparación y desarrollo de los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal del Proceso Electoral Federal 2026-2027.
El proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña dio la razón a los partidos PAN, PRI, MC, Somos y PAZ que impugnaron el acuerdo.
De acuerdo con el magistrado, “las boletas sin dobleces no pueden formar parte del cómputo porque una boleta sin doblez no entró en la urna lícitamente y por tanto no es voto”.

Esto es debido a las dimensiones de la boleta: la medida oficial es de 20 x 28 centímetros, casi igual que una hoja tamaño carta; mientras que la ranunra mide 12 centímetros de largo por 3 milímetros de ancho.
Con la sentencia, el INE deberá modificar sus lineamientos.
A partir de ahora, cuando durante el escrutinio y cómputo se detecte una boleta sin las marcas de doblez necesarias, esta no deberá contabilizarse ni incorporarse a la suma de resultados; además, deberá registrarse la irregularidad y conservarse la boleta separada de aquellas que sí fueron computadas.
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La decisión sustituye el esquema originalmente aprobado por el INE, bajo el cual cada Consejo Distrital podía deliberar y votar sobre la validez de este tipo de boletas, y establece en su lugar un criterio uniforme para todos los órganos electorales.
El proceso electoral federal comenzó formalmente el 10 de septiembre de 2026 y tendrá su jornada electoral el 6 de junio de 2027.