Suprema Corte aprueba incluir fotografías de candidatos en boletas electorales

Alfredo Maza · 24 de noviembre de 2025

Suprema Corte aprueba incluir fotografías de candidatos en boletas electorales

Por mayoría de cinco votos, el pleno de la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la incorporación de fotografías de candidatas y candidatos en las boletas electorales, una acción que resulta inédita para el máximo tribunal y el país. 

Así lo hizo al resolver la acción de inconstitucionalidad 82/2025 y sus acumuladas, promovidas por los partidos políticos del PT, Morena y Movimiento Ciudadano contra las reformas al Código Electoral de Coahuila del 8 de julio pasado, que ajustaron las reglas de coaliciones, equidad, tiempos, representación proporcional. 

Durante el debate del asunto, la ministra María Estela Ríos González criticó la medida al considerar que este tipo de “propaganda” genera inequidad y trivializa la contienda, pues las imágenes desvían la atención de las propuestas políticas. 

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Suprema Corte boletas electorales
Foto: Suprema Corte

Sin embargo, contrario a la impugnación de los partidos, la nueva Corte validó en su sesión de este lunes el contenido del artículo 203, numeral 3, inciso N, que permite la inclusión de las fotografías de las candidaturas. 

“La asociación de una cara a la campaña electoral de una candidatura no es un efecto negativo ni propagandístico. Al contrario, si a una persona le convenció una campaña electoral por la razón que sea, ¿sí? Qué bueno que le proporcionemos más elementos para que emita su voto adecuadamente”, argumentó el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, ponente del asunto. 

Ministros chocan por propuesta; comparan elecciones con un reality show

La postura del ministro Figueroa Mejía generó el rechazo de una minoría de cuatro ministros, integrada por las ministras María Estela Ríos, con quién ya ha tenido algunos ‘enfrentamientos’ en el pleno, Sara Irene Herrerías Guerra y Lenia Batres Guadarrama, así como con el ministro Irving Espinosa Bentanzo. 

Incluso, durante el debate del asunto, la ministra Batres Guadarrama sostuvo que usar fotografías en las boletas viola la equidad en la contienda porque los rostros no representan ideas ni plataformas, favorecen prejuicios y desplazan la discusión política. 

Fue en ese momento que la ministra Ríos González afirmó que el voto debe centrarse en partidos y plataformas políticas, no en personas como en un reality show o programa de televisión.

“Es incorrecto y yo creo que sí tenemos que darle valor a las plataformas políticas, porque si no es un voto del … cuál es tu artista favorito, cuál es … El de La Casa de los Famosos. Y no se trata de eso”, enfatizó. 

De esta forma, el proyecto fue votado en distintos apartados, pues de manera parcial se dio la razón a los partidos, al considerar que el Congreso estatal de Coahuila invadió competencias del Congreso de la Unión en materia electoral. 

Suprema Corte de Justicia
Foto: Cuartoscuro

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Así, se declaró la invalidez del artículo 18, numeral 1, inciso F, al considerar que el legislador no debió establecer en el Código Electoral de Coahuila que use la “votación total emitida” para calcular la sobre y subrepresentación, pues no depura los votos y distorsiona la asignación proporcional, así como el artículo 76, numeral 1, sobre los plazos para registrar coaliciones, ya que solo el Congreso de la Unión puede regular ese esquema conforme a precedentes de la Corte.