Animal Político · 7 de octubre de 2026
La presidenta Claudia Sheinbaum firmó el decreto sobre doble nacionalidad que establece que quienes aspiren a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México deberán contar únicamente con la nacionalidad mexicana al momento de registrar su candidatura.
Durante la conferencia matutina, Sheinbaum explicó que la reforma constitucional fue aprobada por mayoría calificada en el Senado y la Cámara de Diputados, además de contar con el aval de los congresos estatales. “Es decir (…) ningún presidente o presidenta, gobernador o gobernadora, pueden tener doble nacionalidad”, señaló.
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La consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, informó que la reforma cumplió con los requisitos constitucionales tras ser aprobada por dos terceras partes de ambas cámaras y por 22 legislaturas locales. Agregó que el día anterior se realizó la declaración de publicidad tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado.
Alcalde explicó que el decreto será publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y que sus disposiciones comenzarán a aplicarse a partir del proceso electoral de 2028. Por ello, las elecciones de 2027 quedan fuera del alcance de las nuevas restricciones para personas con doble nacionalidad.
“La reforma es una reforma que, como establecen los transitorios, aplica a partir del 2028 y establece como requisito necesario para toda persona que quiera registrarse como candidato o candidata para ser presidente o presidenta de la República, o gobernadora, jefe o jefa de gobierno”, explicó.
En caso de contar con una segunda nacionalidad, las personas aspirantes deberán renunciar formalmente a ella antes de solicitar su registro ante el Instituto Nacional Electoral (INE). La reforma también contempla restricciones al uso de pasaportes o documentos de identidad expedidos por otros Estados, al ejercicio de derechos políticos fuera de México y al recurso a la protección diplomática de otro gobierno.

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Alcalde señaló que posteriormente deberán emitirse disposiciones reglamentarias para precisar el trámite y las autoridades que intervendrán en la renuncia a una segunda nacionalidad. “Más adelante tendremos que emitir las disposiciones reglamentarias para que quede muy claro cuál es el trámite que debe realizarse y ante qué autoridades”, indicó.
La reforma modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución y establece que los congresos locales tendrán 90 días naturales, después de su publicación, para adecuar sus constituciones y leyes electorales. También deberán establecerse las reglas y procedimientos para la renuncia a una nacionalidad distinta de la mexicana.
Las elecciones de 2027 contemplan la renovación de los 500 integrantes de la Cámara de Diputados, además de 17 gubernaturas, más de mil diputaciones locales y más de 2 mil 200 ayuntamientos y alcaldías en distintas entidades. Estos comicios quedan fuera de la aplicación de la nueva exigencia, que comenzará con el proceso electoral de 2028.