Corte rechaza recuperar presupuesto mínimo para víctimas eliminado por el Congreso en 2020

Alfredo Maza · 18 de noviembre de 2025

Corte rechaza recuperar presupuesto mínimo para víctimas eliminado por el Congreso en 2020

Por mayoría de cinco votos, el Pleno de la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó recuperar el presupuesto mínimo destinado para la ayuda, asistencia y reparación integral de las víctimas de violaciones a derechos humanos o delitos en el país, que fue eliminado por el Congreso de la Unión tras una reforma aprobada en el 2020.

En contra de recuperar este presupuesto mínimo del 0.014% del presupuesto votaron las ministras y ministros Lenia Batres Guadarrama, María Estela Ríos González, Irving Espinosa Betanzo y Sara Irene Herrerías Guerra, quienes coincidieron en señalar que la reforma del 2020 otorgó una “mayor protección a las víctimas”. 

Mientras que quienes votaron a favor de recuperar este piso mínimo de ayuda a las víctimas fueron los ministros Hugo Aguilar Ortiz -presidente de la Corte-, Arístides Rodrigo Guerrero García, Giovanni Azael Figueroa Mejía -ponente del asunto-, y las ministras Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa, quienes señalaron que la nueva reforma no garantiza un “presupuesto mínimo a las víctimas para su atención”. 

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De esta forma, tras un intenso debate, la Corte desestimó el proyecto de sentencia de la declaratoria general de inconstitucionalidad 6/2024, en la que el ministro Figueroa Mejía declarar como violatoria de la Constitución la reforma al artículo 132, fracción I, de la Ley General de Víctimas, que eliminó la garantía de un presupuesto mínimo para las medidas de “ayuda, atención y reparación” a víctimas del país. 

Ministro propone recuperar presupuesto mínimo para víctimas

Al iniciar el debate del asunto, el ministro Figueroa Mejía explicó que proponía recuperar el presupuesto mínimo para las víctimas debido a que ya había transcurrido el plazo de 90 días otorgado por la extinta Primera Sala, que en 2021 invalidó la reforma que eliminó el presupuesto mínimo para la atención a víctimas, para que el Congreso de la Unión “enmendará el vicio de inconstitucionalidad” que había cometido. 

“La garantía presupuestaria referida consistía en que siempre que los recursos del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de las Víctimas fueran inferiores al 0.014% del gasto programable en el Proyecto de Egresos de la Federación del año inmediato anterior correspondía al Congreso la concesión de recursos adicionales para que se satisfagan sus fines”. 

Corte rechaza recuperar presupuesto mínimo para víctimas eliminado por el Congreso en 2020
Foto: Cuartoscuro

Por este motivo, al coincidir en que la eliminación del presupuesto mínimo constituía una medida “regresiva e injustificada”, es que el ministro propuso a sus compañeras y compañeros recuperar el presupuesto mínimo para víctimas, eliminación que fue impugnada por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, mejor conocido como Centro Prodh, desde el 2021. 

La primera en posicionarse en favor de la propuesta fue la ministra Esquivel Mossa, quien aseguró que coincidía con el criterio de la extinta Primera Sala tomado al resolver el amparo en revisión 675/2022, en el sentido de que el Congreso no proporcionó una justificación suficientemente robusta para disminuir “sensiblemente y de manera definitiva” la garantía presupuestal para cumplir con el derecho fundamental relativo a la ayuda, asistencia y reparación integral a las víctimas. 

Incluso, argumentó que si bien es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación -previo examen, discusión o modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo Federal- estos nunca deben eliminarlos para dirigirlos a otros fines que no sean para las víctimas.  

Con esta postura coincidió la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien señaló que ella formaba parte de la Primera Sala cuando votaron este asunto, razón por la cual -como la vez pasada- adelantó que votaría a favor de recuperar este presupuesto mínimo, al coincidir en que su eliminación violó el principio de progresividad de los derechos al ser una medida “regresiva y carecer de una justificación robusta y acreditada fehacientemente”. 

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“Considero fundamental reiterar que los recursos destinados a las víctimas no pueden ser objeto de recorte, reasignación o eliminación, pues se trata de un grupo que por definición constitucional y convencional se encuentra en una condición grave de vulnerabilidad”, indicó. 

Ministras y ministros chocan por establecer presupuesto mínimo para víctimas

No obstante, todo cambió cuando la ministra Lenia Batres se posicionó en contra del proyecto al asegurar que cuando la Primera Sala resolvió el asunto partió de una “premisa falsa” al señalar que los recursos destinados a la atención de víctimas estaban limitados a lo que pudiera resultar de la enajenación de los bienes decomisados a cargo del Instituto Para Devolverle al Pueblo de Robado (INDEP), creada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.  

“Es decir, la eliminación del fondo únicamente implicó la reconfiguración del mecanismo administrativo de asignación y administración de recursos, pero no una regresión respecto de los recursos que se destinan a la atención de las víctimas. Contrario a lo sostenido por la Primera Sala, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) recibe los recursos provenientes de la enajenación de los bienes decomisados en procedimiento penales como un complemento y no como su única fuente de financiamiento”. 

Además, aseguró que “a partir del año 2022 el monto de los recursos asignados a la CEAV para este concepto ha sido superior en todos los casos al 0.014% del gasto programable del PEF, correspondiente al ejercicio inmediato anterior. En conclusión, los recursos destinados a la reparación integral continúan y han ido aumentando progresivamente”. 

Con esta postura estuvo de acuerdo la ministra Herrerías Guerra, quien aseguró que se ha dado una respuesta “positiva” a las víctimas en el presupuesto ejercido desde el 2023 y que hasta la fecha recibe una cantidad “aún mayor que lo que tiene ese porcentaje”. 

Estas ideas fueron respaldadas también por la ministra María Estela Ríos y el ministro Irving Espinosa Betanzo que aseguró que “el tema del fondo no genera ninguna inconstitucionalidad, porque hay que reconocer que el motivo por el cual se decidió extinguir los fondos y los fideicomisos fue para aplicar una política de autoridad republicana”.

“¡Por eso es regresiva! Porque más allá de la cantidad de recursos que se les da es que (a las víctimas) se les privó (de recursos). Es inconstitucional porque se debería de haber previsto desde el principio, y no nada más para estos casos sino en todos los casos en los que se designaron (recursos). Porque no hubiera un fideicomiso o fondo no significa que no se le van a entregar los recursos. Y si hubiera puesto así en la reforma, con eso bastaba para que no fuera inconstitucional”, respondió la ministra Loretta Ortiz. 

En este punto, el ministro Arístides Guerrero García se posicionó a favor, coincidiendo en que la reforma del 6 de noviembre de 2020 “atentó contra el principio de progresividad, pero no implica, insisto, que necesariamente tengamos que revivir ese modelo al que se ha estado haciendo referencia”. 

Proponen salida alterna en pro de las víctimas, pero los rechazan

En un último intento de salvar su proyecto de sentencia, el ministro Figueroa Mejía propuso a sus compañeros una salida alterna para garantizar un presupuesto mínimo para la atención a las víctimas: 

“Con la finalidad de evitar un vacío normativo, una propuesta que pongo a su consideración sería mantener la inconstitucionalidad de la fracción I del artículo 132 de la Ley General de Víctimas, pero no su invalidez. ¿Qué quiero decir con esto? Debería continuar aplicándose la norma a control hasta en tanto el congreso de la unión decida modificarla para mantener un porcentaje fijo exclusivamente para el rubro de ayuda, asistencia, y reparación integral como lo establecía la reforma anterior”, señaló. 

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La idea fue apoyada por la ministra Esquivel Mossa, quien incluso señaló que en los efectos de la sentencia podían proponer expresamente que “no haya fondos y fideicomisos, para que quitemos y eliminemos esa parte que tanto preocupa de ‘vuelven a revivir un fondo o fideicomiso’”. 

Corte rechaza recuperar presupuesto mínimo para víctimas eliminado por el Congreso en 2020
Foto: Cuartoscuro

“Yo me decantaría por esa segunda propuesta de dejar al Legislativo y al Ejecutivo para que reactiven, obviamente tomando en cuenta el mínimo necesario, que yo creo que ahí radica la inconstitucionalidad y falta de progresividad de la norma”, respondió el ministro Hugo Aguilar. 

Sin embargo, el ministro Irving Espinosa Betanzo volvió a arremeter contra la determinación de la extinta Primera Sala de la Corte al asegurar que las y los ministros de la antigua integración se “excedieron de sus facultades y de su interpretación determinando darle vida a ese fondo”. 

En respuesta, la ministra Loretta Ortiz Ahlf aseguró que la Primera Sala actuó correctamente, con base en la norma constitucional y las normas convencionales, instrumentos internacionales que los obligan a garantizar la reparación de las víctimas cuando sufran daño. 

“Y en razón de estas obligaciones es precisamente que razonamos (en la) Primera Sala -ojalá y así actuemos en un futuro, la verdad-, porque nuestro compromiso es constitucional y convencional en materia de reparación a las víctimas. Es decir, se resolvió y lo razonamos en razón del principio pro persona, aplicamos la norma y la argumentación jurídica más benéfica para las personas”. 

Pese a lo anterior, por mayoría de votos la Corte finalizó la discusión rechazando recuperar el presupuesto mínimo destinado para la ayuda, asistencia y reparación integral de las víctimas de violaciones a derechos humanos o delitos en el país.