Corte analizará prohibición de comida chatarra con sellos de advertencia en universidades

Alfredo Maza · 6 de octubre de 2026

Corte analizará prohibición de comida chatarra con sellos de advertencia en universidades
Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó analizar la constitucionalidad de la prohibición de comida y bebidas con sellos de advertencia en universidades.
Durante la sesión ordinaria, el Pleno revisó la solicitud de reasunción de competencia 138/2026, presentada por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito sobre el amparo en revisión 762/2025.
El expediente aborda la regulación y venta de alimentos procesados en instituciones de educación superior.
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El objetivo principal del máximo tribunal es determinar si la prohibición total de alimentos con sellos etiquetados en universidades es válida, sopesando el derecho a la salud frente a la libertad de comercio de los planteles y el libre desarrollo de la personalidad de los universitarios adultos.
La atracción del caso fue aprobada por seis votos a favor, respaldada por los ministros Hugo Aguilar Ortiz, Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Giovanni Azael Figueroa Mejía y Aristides Rodrigo Guerrero García.
Corte analizará prohibición de comida chatarra con sellos de advertencia en universidades
Foto: Cuartoscuro
En contra de la reasunción de competencia se pronunciaron tres ministros: María Estela Ríos González, Irving Espinosa Betanzo y Sara Irene Herrerías Guerra.

Debate sobre el interés legítimo de las universidades

El ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía argumentó la importancia de revisar si las universidades privadas poseen interés legítimo para impugnar los lineamientos sobre distribución de alimentos:
“Considero que en este asunto sí procede reasumir competencia, ya que ello nos permitiría analizar si las instituciones de educación superior privadas cuentan con interés legítimo para combatir los lineamientos generales que regulan la preparación, distribución y expendio de alimentos y bebidas dentro de las escuelas”.
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Asimismo, subrayó que la resolución definirá el alcance de los derechos fundamentales en alumnos mayores de edad:
“En caso de que dicho interés se acredite, este Tribunal Pleno tendrá la oportunidad de analizar si estas medidas se justifican a la luz del derecho a la salud y al libre desarrollo de la personalidad del alumnado, que se integra principalmente por personas mayores de edad”.
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Foto: Cuartoscuro
Por último, el ministro enfatizó la novedad del juicio promovido directamente por una institución educativa y no por proveedores comerciales:
“El presente asunto plantea, desde mi punto de vista, una cuestión novedosa, pues a diferencia de esos casos que incluso resolveremos en la sesión de mañana, en este en específico no acuden los proveedores de alimentos, sino una institución educativa que plantea que la concesión del amparo podría repercutir sobre los derechos de la comunidad estudiantil”.
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