Redacción Animal Político · 10 de julio de 2025
Asociaciones y organizaciones no gubernamentales acusaron al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de quedarse y “congelar” una demanda de impugnación en contra de la elección de ministros a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues “no puede ser juez y parte en la elección de sus mismos integrantes”.
Miguel Alfonso Meza, presidente de la asociación Defensorxs, indicó que el Tribunal “se robó” la demanda que presentaron contra la elección judicial, ya que otras organizaciones no solo impugnaron la elección de la Suprema Corte, sino también la de dos magistrados del Tribunal Electoral.
“Esa demanda tenía que mandarse a la Suprema Corte porque el Tribunal Electoral no puede ser juez y parte en la elección de sus mismos integrantes. No lo decimos nosotros: así lo prevé la Constitución. Sin embargo, el Tribunal se quedó con la demanda y la mantiene congelada en un cajón”, escribió el activista en sus redes sociales.

Aseguró que el asunto lo tiene el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera “quien le dio carpetazo a la Operación Acordeón”.
“Ahora, el magistrado está usurpando las funciones de 10 ministros de la Suprema Corte. No vamos a dejar de denunciar estas irregularidades”, declaró.
Las asociaciones señalaron que, a más de nueve días de haber recibido el expediente, la Sala Superior del TEPJF continúa reteniendo “sin razón válida, impidiendo su envío inmediato a la Corte”.
“Esta actuación constituye una violación grave al derecho de acceso a la justicia, al debido proceso, y a los principios de legalidad y seguridad jurídica consagrados en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución”, explicaron los activistas.
En un comunicado, dichas organizaciones detallaron que el pasado 19 de junio, presentaron un juicio de inconformidad para impugnar los acuerdos INE/CG567/2025 e INE/CG568/2025, mediante los cuales se confirmaron los resultados de la elección extraordinaria de Magistradas y Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
“El juicio fue promovido ante el Instituto Nacional Electoral (INE) en estricto apego a la ley. Conforme a la Constitución y a los artículos 50 y 53 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIME), el INE tenía la obligación de remitir el expediente directamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, única autoridad facultada para resolver este tipo de controversias”, explicaron las asociaciones.
No obstante, el INE turnó el expediente a la Sala Superior del TEPJF, la cual acordó su recepción y lo asignó “indebidamente” al magistrado Fuentes Barrera.
“Esto contraviene lo dispuesto por la Constitución y la LGSMIME, que son claros en señalar que los resultados de la elección de integrantes de la Sala Superior sólo pueden ser revisados por la SCJN”, comentaron.
Los activistas exigieron al Tribunal a que remita de “forma inmediata” el expediente a la Corte, pues es la “única autoridad competente para conocer del juicio de inconformidad”.
Acusaron que la dilación injustificada vulnera el marco normativo electoral y atenta contra la integridad del sistema democrático.

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“Este caso es una muestra más del patrón de regresión institucional que ha caracterizado a la actual integración de la Sala Superior del TEPJF: cierre progresivo del acceso a la justicia electoral, debilitamiento de las garantías jurisdiccionales mínimas y desprotección de los derechos colectivos que busca defender la ciudadanía”, coincidieron.
Por su parte, el Tribunal señaló que durante la sesión del pasado 9 de julio, pospuso la remisión de una serie de motivos de inconformidad relacionados con la elección de magistraturas de la Sala Superior y de salas regionales para analizar jurídicamente el estudio de las demandas.
“Las cinco magistraturas estuvieron de acuerdo en analizar con mayor profundidad la posibilidad jurídica de separar el estudio de las demandas por dos autoridades distintas, en este caso la SCJN y el TEPJF. De ninguna forma se trata de una retención de este asunto, sino de un análisis para establecer las vías para ser remitidos conforme lo establece la Constitución”, informó en un comunicado el Tribunal.