Redacción Animal Político · 12 de junio de 2023
Durante la conferencia mañanera del pasado miércoles 7 de junio —y como respuesta al cuestionamiento de la periodista Tere Mora Guillén—, el presidente López Obrador anticipó que Zoé Robledo deberá comparecer para informar si el IMSS está prestando los servicios de aborto seguro en Veracruz y, en caso de que no, los motivos por los cuales se está negando el servicio a las usuarias derechohabientes que lo han solicitado, pese a que en la entidad el aborto voluntario se encuentra despenalizado desde hace casi dos años.
No sólo en Veracruz están atentas a la información que presentará Zoé Robledo. Mujeres, personas con capacidad de gestar y organizaciones defensoras de los derechos reproductivos en todo el país estamos en vilo por la comparecencia del director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la que esperamos haya un reconocimiento y un diagnóstico sincero sobre los obstáculos que han existido —y que persisten— para interrumpir de manera legal y segura un embarazo en la institución de salud que atiende a la mayor parte de la población en México.
Igual que otras organizaciones, colectivas y personas que brindan algún tipo de acompañamiento a quienes necesitan o desean abortar, en GIRE hemos documentado una serie de casos en los que se ha negado el servicio de aborto a sus derechohabientes, incluso cuando el embarazo suponía un riesgo para la salud de la mujer o persona gestante.
Las razones que esgrimen, desde los servicios de atención médica en diferentes clínicas y hospitales del Instituto, para negar el aborto a quienes acompañamos varían desde quienes argumentan trabajar en una institución “provida” (sic) hasta quienes apelan a un sospechosamente lento procedimiento de autorización por parte del Comité de Ética. Incluso cuando el aborto era plenamente justificado para salvaguardar la salud de la derechohabiente embarazada.
Hay un argumento recurrentemente utilizado por el IMSS para negar los servicios de aborto o interrupción legal del embarazo: al ser una institución federal, se rigen únicamente por la legislación que tiene tal carácter; y debido a que el aborto continúa tipificado en el Código Penal Federal, el personal médico y de enfermería adscrito al Instituto se encuentra impedido para practicar un aborto legal y seguro, excepto en los dos escenarios —causales de no punibilidad— contemplados: cuando el embarazo sea resultado de violencia sexual o cuando continuarlo suponga un peligro de muerte para la persona embarazada.
El argumento es añejo. Ya en 2007 la administración federal a cargo del presidente Calderón lo utilizaba para negar los servicios de ILE a la población derechohabiente del —entonces— Distrito Federal que exigía la atención médica para abortar de forma segura en clínicas y hospitales del IMSS y otras instituciones federales en la capital del país. Entonces no había muchas esperanzas en que el Instituto fuera a modificar su postura en lo que restaba de ese sexenio. Tampoco en el que seguiría.
Dieciséis años han transcurrido y ahora son once las entidades federativas en las que el aborto ha sido despenalizado, pero el IMSS sigue sin prestar los servicios de interrupción del embarazo escudándose en la misma excusa: son una institución regulada por la normatividad federal, que mayormente no permite el aborto.
Sólo que en este 2023, desde el propio IMSS nos han sido reveladas dos grandísimas inconsistencias, derivadas de la actualización en enero pasado —por parte de la Dirección de Prestaciones Médicas— del Procedimiento para detección, atención médica y orientación en Unidades Médicas del IMSS a mujeres víctimas de violencia física y/o sexual, en apego al marco de la NOM-046-SSA2-2005 “Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención”, identificado internamente con la clave 2650-B03-006.
La primera inconsistencia es que el Procedimiento establece que los servicios de aborto —Interrupción Voluntaria del Embarazo— para víctimas de violencia sexual únicamente podrán prestarse hasta antes de cumplir las primeras 12 semanas de gestación.
¿De cuál legislación o normatividad federal se extrajo que las víctimas de violencia sexual solamente podían abortar durante las primeras 12 semanas? Ni el Código Penal Federal, ni la Ley General de Salud, ni la Ley General de Víctimas y tampoco la NOM-046 establecen límite gestacional alguno. Sólo algunas legislaciones estatales establecían un plazo para interrumpir un embarazo resultado de violencia sexual, pero la Suprema Corte ya ha declarado que dichas disposiciones —los límites gestacionales en casos de violación— son inconstitucionales.
La segunda inconsistencia es que el referido Procedimiento —emitido en 2023— le confiere a la Jefatura de Servicios Jurídicos o Jefatura de División de Asuntos Jurídicos de cada clínica u hospital del IMSS, la facultad y la responsabilidad de emitir una “Opinión jurídica” antes de que se preste el servicio de Interrupción Voluntaria del Embarazo a una víctima de violencia sexual que haya resultado embarazada y que solicite el acceso a un aborto.
En dicha “Opinión jurídica”, deberá asentarse si el aborto es considerado en el código penal local como una causal de excepción o no punibilidad; si existe algún límite gestacional que deba ser observado o si la legislación estatal exige condicionantes previas que deban exigirse antes de prestar el servicio. En caso de que no se satisfagan las exigencias establecidas en la legislación estatal, el personal médico —¡del IMSS!— deberá comunicar a la solicitante los motivos por los cuales la ley —¡local!— les impide prestar el servicio.
El Procedimiento para la atención de víctimas de violencia sexual parece sugerir que, cuando la legislación local permite interrumpir un embarazo, el IMSS está obligado a cumplir con la legislación federal que no lo contempla, pero que cuando la legislación federal/nacional reconoce el derecho a abortar de manera legal y segura, el mismo IMSS está obligado a cumplir con la legislación estatal que antes negaba.
Esperamos que el director general, Zoé Robledo, pueda aclararlo en la mañanera.
* Francisco Cué (@PacoCue) es Oficial de Incidencia Política en @GIRE_mx.